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Documento BOE-A-1980-2156

Orden de 25 de enero de 1980 por la que se amplía la composición de la Junta de Coordinación Meteorológica.

Publicado en:
«BOE» núm. 26, de 30 de enero de 1980, páginas 2282 a 2282 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1980-2156
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/01/25/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 23 de diciembre de 1978 determina las funciones y composición de la Junta de Coordinación Meteorológica, creada por Real Decreto 2229/1978, de 25 de agosto, con la función principal de fijar las líneas de colaboración entre el Instituto Nacional de Meteorología y los Organismos de la Administración que tengan o puedan tener relación directa con temas de meteorología.

La oportunidad de ampliar estos Vocales en razón a un mejor cumplimiento de las funciones asignadas a esta Junta por el artículo 1.º de la citada Orden, unido a la conveniencia de dotar a la misma de una Secretaría y dejar constancia de la aplicación del derecho a indemnización por asistencia de sus Vocales a las reuniones previstas en el Decreto 176/1975, de 30 de enero, hacen aconsejable la modificación de la Orden de 23 de diciembre de 1978 en los siguientes términos:

Artículo 1.

Pasarán a integrarse en la Junta Vocales representantes de los Ministerios de Presidencia del Gobierno, Comercio y Turismo, Sanidad y Seguridad Social, Administración Territorial y Cultura, ampliándose un Vocal representante del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza (ICONA) del Ministerio de Agricultura.

Artículo. 2.

En la Junta habrá un Secretario, que será designado por su Presidente entre funcionarios del Cuerpo Especial Facultativo de Meteorólogos del Instituto Nacional de Meteorología.

Artículo. 3.

A los efectos de lo dispuesto en el capítulo III, artículo 27-2 del Decreto 176/1975, de 30 de enero, sobre indemnizaciones por razón de servicio, y en la actualización de las mismas contenida en el Real Decreto 1374/1979, de 4 de abril (artículo 2.º), los componentes de la Junta de Coordinación Meteorológica tendrán derecho a la indemnización reglamentaria de «asistencia» por su concurrencia a las sesiones de dicha Junta.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I.

Madrid, 25 de enero de 1980.–P. D., el Subsecretario de Transportes y Comunicaciones, Alejandro Rebollo Alvarez-Amandi.

Ilmo. Sr. Director general del Instituto Nacional de Meteorología.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/01/1980
  • Fecha de publicación: 30/01/1980
Referencias anteriores
Materias
  • Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología
  • Instituto Nacional de Meteorología
  • Ministerio de Transportes y Comunicaciones

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