El Decreto mil quinientos sesenta y uno/mil novecientos setenta y cuatro, de treinta y uno de mayo («Boletín Oficial del Estado» de once de junio), aprobó la Resolución-tipo para la fabricación mixta de retroexcavadoras con pala frontal cargadora de cincuenta CV. hasta ciento cincuenta CV. de potencia útil, con una vigencia de dos años. Esta Resolución-tipo ha sido modificada por Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero («Boletín Oficial del Estado» de cinco de febrero); prorrogada y modificada por Real Decreto doscientos sesenta/mil novecientos setenta y ocho, de veintisiete de enero («Boletín Oficial del Estado» de tres de marzo), y prorrogada por Real Decreto trescientos treinta y seis/mil novenovecientos setenta y nueve, de veintisés de enero («Boletín Oficial del Estado» de veintiséis de febrero).
Persisitiendo en la actualidad las circunstancias que motivaron la aprobación de la citada Resolución-tipo y estando prevista la aprobación de algunas nuevas autorizaciones-particulres al amparo de la misma, procede prorrogar nuevamente el plazo de vigencia de dicha Resolución-tipo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintinueve de agosto de mil novecientos ochenta,
DISPONGO:
Se prorroga, por un plazo de dos años, a partir de la fecha de su caducidad, la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta de retroexcavadoras con pala frontal cargadora de cincuenta CV. hasta ciento cincuenta CV. de potencia útil, establecida por Decreto mil quinientos sesenta y uno/mil novecientos setenta y cuatro, de treinta y uno de mayo, y modificada por Decreto ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero, y Real Decreto doscientos sesenta/mil novecientos setenta y ocho, de veintisiete de enero.
Dado en Palma de Mallorca a veintinueve de agosto de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Comercio y Turismo,
LUIS GAMIR CASARES
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