Ilustrísimo señor:
El Real Decreto 1977/1980, de 3 de octubre, transfiere al Ministerio de Agricultura las competencias en materia de pesca marítima que venían siendo ejercidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, al tiempo que la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante, con la denominación de Subsecretaría de Pesca, pasa a depender del Ministerio de Agricultura.
Debido a ello y para facilitar la continuación del normal funcionamiento de dicha Subsecretaría en cuanto a disponibilidades de los créditos presupuestarios que tiene afectados y subsiguiente capacidad de contratación, es necesaria una delegación de facultades que permita la normalidad funcional de dicho Centro directivo.
En consecuencia, haciendo uso de la autorización concedida en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, texto refundido aprobado por Decreto de 28, de julio de 1937, y de lo previsto en el artículo 74 de la Ley General Presupuestaria, he acordado establecer la siguiente delegación de atribuciones:
Se delegan en el Subsecretario de Pesca, en relación con los servicios de su Subsecretaría, las siguientes atribuciones:
a) La autorización y disposición de los gastos ordinarios del Departamento y la correspondiente facultad de contratación, siempre que la resolución sea de la exclusiva competencia del Ministro.
b) La autorización y disposición de todos los gastos incluidas en el programa de inversiones públicas y la correspondiente facultad de contratación, con la misma limitación del apartado anterior.
c) Todas las facultades que el texto articulado de la Ley de Bases de Contratos del Estado y su Reglamento General confieren al titular del Departamento, sin limitación alguna.
No obstante lo dispuesto en los apartados anteriores, el Ministro podrá reclamar, para su conocimiento o resolución en todo momento, cualquier expediente o asunto de los que por delegación corresponda conocer al Subsecretario de Pesca.
Lo digo a V. I.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 30 de octubre de 1980.
LAMO DE ESPINOSA
Ilmo. Sr. Subsecretario de Pesca.
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