De acuerdo con el Real Decreto 2184/1980, de 3 de octubre, se cambia totalmente la estructura de la partida arancelaria 29.11.
Según publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de 20 de septiembre de 1980, cambia el texto de alguna partida arancelaria.
Por otra parte, debido a la necesidad de ajustar el código de identificación de los países al de la CEE a partir de 1 de enero de 1981 entrarán en vigor los aquí señalados.
Por ello, esta Dirección General, en uso de sus atribuciones, acuerda:
Asignar los siguientes códigos numéricos y sus correspondientes textos a la partida 29.11:
NOTA. Se suprimen las posiciones estadísticas siguientes: 29.11.01. 29.11.02, 29.11.03. 29.11.04, 29.11.05, 29.11.09, 29.11.11, 29.11.19 y 29.11.21.
Cambio, del siguiente texto:
El resto de las partidas siguen como estaban.
El código de los territorios estadísticos quedará de la siguiente forma:
Los códigos de las zonas exentas extrapeninsulares se publicarán en próxima fecha.
Los puntos primero y segundo entrarán en vigor a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El punto tercero entrará en vigor a partir de 1 de enero de 1981.
Lo que comunico a V. S. para su conocimiento y el de los servicios de V. S. dependientes.
Madrid, 23 de octubre de 1980.–El Director general, Antonio Rúa Benito.
Sr. Administrador de la Aduana de...
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