Advertidos errores en el texto del Real Decreto 2685/1980, de 17 de octubre, sobre liberalización y nueva regulación de industrias agrarias, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 300, de 15 de diciembre, páginas 27637 a 27639, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Articulo 4.°, c). Se añade al final del párrafo el adjetivo «inicial», para calificar la capacidad.
Artículo 5.°, útimo apartado, donde dice: «centro de higienización», debe decir: «centros de higienización».
Artículo 7.°, Uno. Sustituir la frase: «técnicos competentes e industrias agrarias», por la de: «técnicos competentes en industrias agrarias».
Artículo 7.º, Dos. Sustituir la frase: «presentación de proyecto», por la de: «presentación del proyecto».
Artículo 7.°, Cuatro, segundo párrafo. Sustituir el verbo» «contraer» por «contener».
Artículo 14, c). Sustituir: «artículo duodécimo» por «artículo undécimo».
Disposición final primera, donde dice: «centro de higienización», debe decir: «Centros de higienización».
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