Ilmos. Sres.: En la cláusula quinta de los Estatutos de la Fundación del Centro de Estudios Comerciales CECO, constituida. en Madrid, a iniciativa del Ministerio de Comercio y Turismo y la Cámara Oficial del Comercio e Industria de Madrid y su provincia, por escritura pública de fecha 10 de julio de 1980, se instituyen como Organos rectores de la misma un Patronato y una Junta Rectora parcialmente integradas por representantes de las dos Instituciones promotoras. La modificación orgánica generada por el Real Decreto 1996/1980, de 3 de octubre, motiva que deban entenderse referidas al Ministerio de Economía v Comercio las mencionadas que en acto fundacional se refieren al desaparecido Ministerio de Comercio y Turismo,
En su virtud, este Ministerio de Economía y Comercio ha tenido ha bien disponer:
Corresponde al Ministerio de Economía y Comercio ostentar la presidencia del Patronato de la Fundación del Centro de Estudios Comerciales, abreviadamente CECO.
Los ocho representantes del Ministerio de Economía y Comercio en el Patronato del CECO, serán los siguientes:
a) Subsecretario de Economía.
b) Secretario general Técnico.
c) Director general de Coordinación y Servicios.
d) Director general de Ordenación del Comercio.
e) Director general de Exportación.
f) Director general de Política Económica v Previsión.
g) Vicesecretario general Técnico.
h) Subdirector general de Estudios.
1. Los cuatro representantes del Ministerio de Economía y Comercio en la Junta rectora del CECO, serán los siguientes:
a) Subsecretario de Economía.
b) Secretario general Técnico.
c) Director general de Ordenación del Comercio.
d) Director general de Coordinación y Servicios.
2. La presidencia de la Junta Rectora la ostentarán por rotación cada dos años, el Subsecretario de Economía y el Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid
3. Serán Consejeros-Delegados del Patronato del Centro de Estudios Comerciales, el Secretario general Técnico del Ministerio de Economía y Comercio y el Secretario general de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 15 de diciembre de 1980.
GARCIA DIEZ
Ilmos. Sres. Subsecretarios, Directores generales y Secretario general Técnico del Departamento e Ilmo. Sr. Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid y su provincia.
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