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Documento BOE-A-1981-1404

Orden de 15 de diciembre de 1980 sobre los Organos del Centro de Estudios Comerciales CECO.

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 1981, páginas 1422 a 1423 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-1404
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/12/15/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilmos. Sres.: En la cláusula quinta de los Estatutos de la Fundación del Centro de Estudios Comerciales CECO, constituida. en Madrid, a iniciativa del Ministerio de Comercio y Turismo y la Cámara Oficial del Comercio e Industria de Madrid y su provincia, por escritura pública de fecha 10 de julio de 1980, se instituyen como Organos rectores de la misma un Patronato y una Junta Rectora parcialmente integradas por representantes de las dos Instituciones promotoras. La modificación orgánica generada por el Real Decreto 1996/1980, de 3 de octubre, motiva que deban entenderse referidas al Ministerio de Economía v Comercio las mencionadas que en acto fundacional se refieren al desaparecido Ministerio de Comercio y Turismo,

En su virtud, este Ministerio de Economía y Comercio ha tenido ha bien disponer:

Artículo 1.

Corresponde al Ministerio de Economía y Comercio ostentar la presidencia del Patronato de la Fundación del Centro de Estudios Comerciales, abreviadamente CECO.

Artículo 2.

Los ocho representantes del Ministerio de Economía y Comercio en el Patronato del CECO, serán los siguientes:

a) Subsecretario de Economía.

b) Secretario general Técnico.

c) Director general de Coordinación y Servicios.

d) Director general de Ordenación del Comercio.

e) Director general de Exportación.

f) Director general de Política Económica v Previsión.

g) Vicesecretario general Técnico.

h) Subdirector general de Estudios.

Artículo 3.

1. Los cuatro representantes del Ministerio de Economía y Comercio en la Junta rectora del CECO, serán los siguientes:

a) Subsecretario de Economía.

b) Secretario general Técnico.

c) Director general de Ordenación del Comercio.

d) Director general de Coordinación y Servicios.

2. La presidencia de la Junta Rectora la ostentarán por rotación cada dos años, el Subsecretario de Economía y el Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid

3. Serán Consejeros-Delegados del Patronato del Centro de Estudios Comerciales, el Secretario general Técnico del Ministerio de Economía y Comercio y el Secretario general de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 15 de diciembre de 1980.

GARCIA DIEZ

Ilmos. Sres. Subsecretarios, Directores generales y Secretario general Técnico del Departamento e Ilmo. Sr. Presidente de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid y su provincia.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 15/12/1980
  • Fecha de publicación: 21/01/1981
Referencias anteriores
Materias
  • Centro de Estudios Comerciales
  • Ministerio de Economía y Comercio

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