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Documento BOE-A-1981-1908

Orden de 23 de enero de 1981 sobre modificación del artículo 7.º de la Orden de 15 de octubre de 1979, sobre inversiones españolas en el exterior.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 1981, páginas 1870 a 1871 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Comercio
Referencia:
BOE-A-1981-1908
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1981/01/23/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 15 de octubre de 1979, dictada en desarrollo del Real Decreto 2236/1979, de 14 de septiembre, sobre inversiones españolas en el exterior, regula en su articulo 7.º el procedimiento de comunicación a la Dirección General de Transacciones Exteriores de las adquisiciones y enajenaciones de valores realizados por inversores españoles al amparo del artículo 12 del Real Decreto 2238/1979. La experiencia habida desde la entrada en vigor de la citada Orden aconseja la adopción de un procedimiento más ágil que el entonces establecido, viniendo a sustituirse la comunicación previa de la inversión que aquélla dispone por una mera comunicación a posteriori de la operación realizada.

En virtud de ello, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Artículo 1.

El artículo 7.º de la Orden de 15 de, octubre de 1979, por la que se desarrolla el Real Decreto 2236/1979, de 14 de septiembre, sobre inversiones españolas en el exterior, queda derogado y sustituido per el siguiente texto:

«Artículo 7.°

Las adquisiciones y enajenaciones de valores, no comprendidas en el artículo anterior, realizadas por inversores españoles al amparo de lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 2236/1979, deberán ser comunicadas a la Dirección General de Transacciones Exteriores por las Entidades Delegadas a través de las que dichas operaciones hayan sido realizadas, cumplimentando el impreso modelo TE20, que figura anejo a esta Orden, por cada operación de compra o venta.

Mensualmente, las Entidades Delegadas remitirán a la Dirección General de Transacciones Exteriores los impresos modelo TE-20 correspondientes a las operaciones realizadas en dicho período.»

Artículo 2.

El impreso modelo TE-20 que figura anejo a la Orden de 15 de octubre de 1979 se sustituye por el impreso modelo TE-20 que aparece anejo a la presente Orden.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 23 de enero de 1981.

GARCIA DIEZ

Ilmo. Sr. Director general de Transacciones Exteriores.

MODELO QUE SE CITA
Declaración de inversiones de cartera en el extranjero (artículo 7.º de la Orden ministerial de 15 de octubre de 1979, modificado por la Orden ministerial de 23 de enero de 1981)

Imagen: /datos/imagenes/disp/1981/23/01908_15429736_image1.png

DECLARACION DE INVERSIONES DE CARTERA EN EL EXTRANJERO (T. E. 20)
INSTRUCCIONES

1. Titular y domicilio. Se indicará el nombre y domicilio de la persona que lleve a cabo la inversión, así como su NIF o DNI en el recuadro superior derecho.

2. Número de la declaración. Es el número que aparece impreso.

3. Entidad Delegada domiciliataria. Se indicará el nombre y domicilio de la Entidad Delegada donde se domicilia la operación.

4. Operaciones de compra. En el caso de que la declaración se refiera a una compra de títulos se indicará la fecha de adquisición de dichos títulos y su fecha de amortización, según las condiciones de emisión.

5. Operaciones de venta. En el caso de que la declaración se refiera a una venta de títulos se indicará la fecha en que dichos títulos fueron adquiridos, la fecha en que se ha realizado la venta y el número del impreso TE-20 por el que se declaró dicha adquisición.

6. Datos de la operación. Se indicarán los datos referentes a la Entidad emisora de los títulos, la fecha de emisión de los mismos (mes y año), así como el valor nominal y el valor efectivo en miles de pesetas de la operación que se declara.

7. Firma del titular. El declarante estampará su firma en este casillero.

8. Firma y sello de la Entidad delegada. La Entidad delegada a través de la cual se realizó esta operación firmará y sellará este casillero.

9. A rellenar por la Administración.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 23/01/1981
  • Fecha de publicación: 27/01/1981
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 7 de la Orden de 15 de octubre de 1979 (Ref. BOE-A-1979-26229).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 12 del Real Decreto 2236/1979, de 14 de septiembre (Ref. BOE-A-1979-23151).
Materias
  • Inversiones
  • Títulos valores

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