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Documento BOE-A-1981-5064

Corrección de errores de la Orden de 15 de diciembre de 1980 de aprobación de la adaptación del Plan General de Contabilidad a las Entidades de financiación.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 1981, páginas 4754 a 4755 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1981-5064
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/12/15/(2)/corrigendum/19810303

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de fecha 29 de diciembre de 1980, páginas 28670 a 28684, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones.

INTRODUCCION

Apartado 4, párrafo cinco, línea 5, donde dice: «... de los elementos que...», debe decir: «... de los momentos que...».

Párrafo diez, línea 4, donde dice: «de 78 alícuotas», debe decir»: «en 78 alícuotas».

Párrafo once, línea 2, donde dice: «... asume la hipótesis de todas las cuotas...». debe decir: «... asume la hipótesis de igualdad de todas las cuotas...».

SEGUNDA PARTE

Definiciones y relaciones contables

Subgrupo 43. Deudores por préstamos y créditos.

Cuenta 430. Deudores.

En la definición, donde dice: «Se excluyen aquellas operaciones concertadas con Empresas del grupo, las cuales se contabilizarán en el subgrupo 24», debe decir: «Se incluyen también dichas operaciones, cuando, se concierten con Empresas del grupo».

Subgrupo 48. Ajustes por Periodificación.

Cuenta 482. Ajustes por gastos de formalización.

La definición debe sustituirse por:

«Gastos que se producen en la formalización de préstamos o créditos activos y que corresponden a ejercicios futuros, de acuerdo con el método que aplique cada Entidad, conforme a lo previsto en el apartado 4 de la introducción.»

El motivo de cargo debe sustituirse por:

«a) Se cargará al final del ejercicio por el importe de los citados gastos, con abono a las cuentas del grupo 6, en que se hubieren contabilizado los mismos.»

El motivo de abono debe sustituirse por:

«b) Se abonará en el ejercicio al que deben aplicarse los gastos, con cargo a las cuentas del grupo 6, que correspondan.»

Cuenta 483. Ajustes por gastos financieros.

La definición debe sustituirse por:

«Gastos que se producen en operaciones de captación de recursos y que corresponden a ejercicios futuros, de acuerdo con el método que aplique cada Entidad, conforme a lo previsto en el apartado 4 de la introducción.»

El motivo de cargo debe sustituirse por:

«a) Se cargará al final del ejercicio por el importe de los citados gastos, con abono a las cuentas del grupo 8, en que se hubieren contabilizado los mismos.»

TERCERA PARTE

Cuentas anuales

INSTRUCCIONES PARA REDACTAR EL BALANCE

En la primera línea de la página 28681, donde dice: «246, 234. Préstamos a plazo corto», debe decir: «246, 534. Préstamos a plazo corto».

CUADRO DE FINANCIAMIENTO ANUAL

Donde dice: «Cuadro de financiación anual», debe decir: «Cuadro de financiamiento anual».

PRIMERA PARTE

Donde dice: «Total de las aplicaciones permanentes de los recursos», debe decir: «Total de las aplicaciones y de las inversiones permanentes de los recursos».

TERCERA PARTE

Donde dice: «Variantes del circulante», debe decir: «Variaciones del circulante».

CUARTA PARTE

Criterios de valoración

2. MONEDA EXTRANJERA

En la segunda línea del apartado 1), donde dice: «...cambio vigente en el mercado en que se perfeccione...», debe decir: «... cambio vigente en el mercado en el momento en que se perfeccione...».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/03/1981
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 31 de marzo de 1989 (Ref. BOE-A-1989-9056).
  • Fecha de derogación: 12/05/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 15 de diciembre de 1980 (Ref. BOE-A-1980-27961).
Materias
  • Contabilidad
  • Créditos
  • Entidades de financiación
  • Letra de cambio
  • Préstamos
  • Sociedades Anónimas
  • Ventas a plazos

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