LA ORDEN MINISTERIAL DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1978 CREA Y REGULA LAS JORNADAS DE ESTUDIO SOBRE TEATRO CLASICO ESPAÑOL DE ALMAGRO, CONSTITUYENDOSE UN PATRONATO PARA SU PREPARACION Y GESTION. LAS SUCESIVAS EDICIONES DE DICHO ACONTECIMIENTO TEATRAL HAN SUPUESTO EL ENRAIZAMIENTO DE LAS ACTIVIDADES DE TEATRO CLASICO EN AQUELLA LOCALIDAD CON DIMENSION NO SOLO NACIONAL SINO INTERNACIONAL, LO QUE LE HA CONCEDIDO UNA MAGNITUD Y RESONANCIA QUE HAN SOBREPASADO LAS PREVISIONES INICIALES. POR ELLO , ESTE MINISTERIO HA CONSIDERADO CONVENIENTE LA REESTRUCTURACION DEL PATRONATO, QUE LA MENCIONADA ORDEN ESTABLECE, DANDO CABIDA EN EL MISMO A LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CASTILLA-LA MANCHA. DE ESTA FORMA , TANTO EL ESTADO COMO LA COMUNIDAD AUTONOMA Y LA MUNICIPAL DE ALMAGRO QUEDAN INTEGRADOS, DENTRO DEL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCCIAS , EN LA LABOR COMUN DE ORGANIZAR Y GESTIONAR EL FESTIVAL INTERNACIONAL DE TEATRO CLASICO DE ALMAGRO EN LAS DOS VERTIENTES NECESARIAS DE LA TEORIA Y LA PRACTICA TEATRAL, A SABER: LAS JORNADAS DE TEATRO CLASICO Y LAS REPRESENTACIONES DEL FESTIVAL
EN SU VIRTUD HE TENIDO A BIEN DISPONER:
ARTICULO 1. CON PERIODICIDAD ANUAL TENDRA LUGAR EN ALMAGRO UN FESTIVAL INTERNACIONAL DE TEATRO CLASICO, QUE COMPRENDERA REPRESENTACIONES TEATRALES Y UNAS JORNADAS DE TEATRO CLASICO DEDICADAS AL ESTUDIO E INVESTIGACIONES DE CUANTOS ASPECTOS SE RELACIONEN CON EL TEATRO CLASICO ESPAÑOL Y UNIVERSAL. LAS REPRESENTACIONES SE CELEBRARAN EN EL CORRAL DE COMEDIAS Y EN OTROS ESPACIOS TEATRALES APROPIADOS DE DICHA LOCALIDAD. ASIMISMO SE CELEBRARAN ACTIVIDADES CULTURALES PARALELAS RELACIONADAS CON EL FESTIVAL
ART. 2. PARA LA PREPARACION , ORGANIZACION Y GESTION DEL FESTIVAL SE CREA UN PATRONATO QUE FUNCIONARA COMO ORGANO PERMANENTE Y QUE ESTARA CONSTITUIDO DE LA SIGUIENTE FORMA :
PRESIDENTE: EL MINISTRO DE CULTURA
VOCALES:
EL CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
EL PRESIDENTE DE LA EXCELENTISIMA DIPUTACION PROVINCIAL DE CIUDAD REALEL DIRECTOR GENERAL DE MUSICA Y TEATRO DEL MINISTERIO DE CULTURA
EL ALCALDE DE ALMAGRO
CUATRO REPRESENTANTES DEL MINISTERIO DE CULTURA, DESIGNADOS POR EL MISMO
UN REPRESENTANTE DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA -LA MANCHA, DESIGNADO POR LA MISMA
EL CONCEJAL-DELEGADO DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE ALMAGRO
EL SECRETARIO DEL PATRONATO, CON VOZ Y SIN VOTO, SERA EL FUNCIONARIO RESPONSABLE DE LA SECRETARIA PERMANENTE DEL FESTIVAL, ADSCRITA A LA UNIDAD ADMINISTRATIVA CORRESPONDIENTE DE LA DIRECCION GENERAL DE MUSICA Y TEATRO
ART. 3. EL PLENO DEL PATRONATO DESIGNARA AL DIRECTOR DEL FESTIVAL PARA CADA EDICION ANUAL DEL MISMO A QUIEN SE PODRA ENCOMENDAR CUANTAS FACULTADES ORGANIZATIVAS Y DE GESTION ACUERDE EL PLENO, SIENDO RESPONSABLE DIRECTAMENTE ANTE EL MISMO
ART. 4. EN EL SENO DEL PATRONATO SE CONSTITUIRA UNA COMISION EJECUTIVA PERMANENTE A LA QUE QUEDARAN ATRIBUIDAS LAS FUNCIONES QUE EN ELLA DELEGUE EL PLENO EN ORDEN A LA PREPARACION, ADMINISTRACION , GESTION Y ORGANIZACION DEL FESTIVAL Y LA VIGILANCIA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS DEL PLENO
LA COMISION EJECUTIVA ESTA PRESIDIDA POR EL DIRECTOR GENERAL DE MUSICA Y TEATRO DEL MINISTERIO DE CULTURA Y SE COMPONDRA DE LOS SIGUIENTES VOCALES:
EL CONSEJERO DE EDUCACION Y CULTURA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
EL ALCALDE DE ALMAGRO
DOS REPRESENTANTES DEL MINISTERIO DE CULTURA, DESIGNADOS POR EL MISMO DE ENTRE LOS PERTENECIENTES AL PLENO DEL PATRONATO
EL SECRETARIO DE LA COMISION EJECUTIVA SERA QUIEN LO FUERA DEL PLENO DEL PATRONATO
ART. 5. PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FINES EL PATRONATO PODRA CONTAR CON LOS SIGUIENTES RECURSOS ECONOMICOS:
A) LAS CANTIDADES QUE A TAL FIN SE HAGAN FIGURAR EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO DEL MINISTERIO DE CULTURA EN LOS DE LOS ORGANISMOS AUTONOMOS DE LA DIRECCION GENERAL DE MUSICA Y TEATRO, EN LOS DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, Y ENTIDADES LOCALES INTERESADAS
B) LAS SUBVENCIONES QUE PUEDAN CONCEDERSE CON CARGO A CONSIGNACIONES PRESUPUESTARIAS Y LAS DONACIONES O APORTACIONES VOLUNTARIAS DE ENTIDADES PUBLICAS Y PRIVADAS O PERSONAS FISICAS
C) LOS INGRESOS QUE PRODUZCAN LAS REPRESENTACIONES TEATRALES Y ACTOS CULTURALES CON MOTIVO DEL FESTIVAL
D) CUALQUIER OTRO RECURSO QUE PUDIERA SERLE ATRIBUIDO
ART. 6. POR EL MINISTERIO DE CULTURA SE ADOPTARAN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LO QUE EN ESTA ORDEN SE ESTABLECE, EN CONSULTA CON LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA Y EL AYUNTAMIENTO DE ALMAGRO
ART. 7. QUEDA DEROGADA LA ORDEN MINISTERIAL DE 17 DE NOVIEMBRE DE 1978 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 11 DE DICIEMBRE), POR LA QUE SE CREABAN Y REGULABAN LAS JORNADAS DE ESTUDIO SOBRE TEATRO CLASICO ESPAÑOL Y SE CONSTITUIA UN PATRONATO PARA SU PREPARACION Y GESTION
ART. 8. LA PRESENTE DISPOSICION ENTRARA EN VIGOR EL MISMO DIA DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>
MADRID, 17 DE ENERO DE 1984.-SOLANA MADARIAGA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid