EL REAL DECRETO 229/1981, DE 5 DE FEBRERO, INTRODUJO, DURANTE EL AÑO 1981, DETERMINADAS MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE ACCESO A LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA CON OBJETO DE ASEGURAR LA APTITUD DE LOS ASPIRANTES AL EJERCICIO PROFESIONAL EN PLAZAS SITUADAS DENTRO DEL AMBITO TERRITORIAL DE LAS COMUNIDADES AUTONOMAS QUE POR SUS CARACTERISTICAS LINGUISTICAS ASI LO REQUIRIESEN
PERSISTIENDO LAS CIRCUNSTANCIAS DE HECHO QUE, EN SU MOMENTO, DETERMINARON SU PROMULGACION Y, POSTERIORMENTE, SU PRORROGA DURANTE LOS AÑOS 1982 Y 1983, EN VIRTUD DE LOS REALES DECRETOS 3266/1981, DE 29 DE DICIEMBRE , Y 3913/1982, DE 29 DE DICIEMBRE, SE HACE CONVENIENTE VOLVER A PRORROGAR SU VIGENCIA DURANTE EL AÑO 1984
EN SU VIRTUD, PREVIO INFORME DE LA COMISION SUPERIOR DE PERSONAL, CON LA APROBACION DE LA PRESIDENCIA DEL GOBIERNO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE EDUCACION Y CIENCIA, Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 8 DE FEBRERO DE 1984, DISPONGO:
ARTICULO UNICO.- SE PRORROGA DURANTE EL AÑO 1984 LA VIGENCIA DEL REAL DECRETO 229/1981, DE 5 DE FEBRERO , POR EL QUE SE INTRODUJERON DETERMINADAS MODIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LOS CUERPOS DE FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y CIENCIA
DADO EN MADRID A 8 DE FEBRERO DE 1984.-JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE EDUCACION Y CIENCIA, JOSE MARIA MARAVALL HERRERO
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