EL ARTICULO 22.4, DEL REAL DECRETO 505/1985, DE 6 DE MARZO, SOBRE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL FONDO DE GARANTIA SALARIAL, DISPONE QUE CUANDO EL PROCEDIMIENTO SE INICIE A ISNTANCIA DE LOS INTERESADOS, LA SOLICITUD DE PRESTACIONES DEBERA FORMALIZARSE EN EL MODELO QUE APRUEBE LA SECRETARIA GENERAL DEL ORGANISMO Y QUE SERA PUBLICADO EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
POR RESOLUCION DE ESTA SECRETARIA GENERAL DE 30 DE ABRIL DE 1985 ("BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO" DE 4 DE JUNIO), SE APROBARON LOS MODELOS CITADOS. NO OBSTANTE SE HA PROCEDIDO A UN NUEVO DISEÑO DE LOS MISMOS CON EL OBJETO DE QUE PUEDAN SER UTILIZADOS COMO SOPORTE DEL TRATAMIENTO INFORMATICO DE LA GESTION DELORGANISMO.
POR ELLO, ESTA SECRETARIA GENERAL, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, DE ACUERDO CON EL ARTICULO 22.4 CITADO, HA DISPUESTO:
PRIMERO.- APROBAR LOS MODELOS DE IMPRESOS EN PAPEL AUTOCOPIATIVO CUYAS CARACTERISTICAS SE ESPECIFICAN EN EL ANEXO A LA PRESENTE RESOLUCION.
SEGUNDO.- DEROGAR LA RESOLUCION DE ESTA SECRETARIA GENERAL, DE 30 DE ABRIL DE 1985.
TERCERO.- LA PRESENTE RESOLUCION ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL "BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO".
MADRID, 23 DE JULIO DE 1985.- EL SECRETARIO GENERAL, ALFREDO MATEOS BEATO.
(ANEXO SUPRIMIDO)
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