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Documento BOE-A-1985-22831

Recurso de inconstitucionalidad número 890/1985, promovido por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley del Parlamento de Galicia, 6/1985, de 24 de junio, del Consejo de Cuentas.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 1985, páginas 34838 a 34838 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1985-22831

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 890/1985, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 2, b) y, por conexión con éste, contra los artículos 20.1, b), 25.2 y 28; contra el artículo 2, d), y contra el 5.1, así como con los demás preceptos que guarden relación con los anteriores, de la Ley del Parlamento de Galicia, 6/1985, de 4 de junio, del Consejo de Cuentas. Y se hace saber que en el mencionado recurso se ha invocado por el Presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los referidos preceptos impugnados desde el día 9 de octubre actual, fecha de la interposición del recurso.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 16 de octubre de 1985.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Manuel García-Pelayo y Alonso.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 16/10/1985
  • Fecha de publicación: 05/11/1985
  • Suspende, desde el 9 de octubre de 1985, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en el mismo y SE DECLARA la inconstitucionalidad y nulidad del inciso indicado del art. 5.1 y la desestimación de todo lo demás, por Sentencia 18/1991, de 31 de enero (Ref. BOE-T-1991-5258).
  • SE DECLARA el levantamiento de la suspensión de vigencia de los preceptos impugnados, por Auto de 13 de marzo de 1986 (Ref. BOE-A-1986-7735).
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con los arts. 2.b) y d), 5.1, 20.1.b), 25.2 y 28 de la Ley 6/1985, de 4 de junio (Ref. BOE-A-1985-18554).
Materias
  • Comunidades Autónomas
  • Galicia
  • Tribunal Constitucional

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