JUAN CARLOS I,
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo un sancionar la siguiente Ley:
Queda modificada la Ley 20/1981, de fecha 6 de julio, incorporando a la misma una Disposición transitoria séptima del siguiente tenor literal:
«Los Capitanes y Tenientes de la Guardia Civil en situación de retirados, que contaran el primero de enero de 1981 con una edad inferior a los sesenta y cincuenta y ocho años, respectivamente, podrán acogerse a la situación de reserva activa que se crea en la presente Ley, en igualdad de derechos a los de iguales empleos y edades de las demás Armas y Cuerpos.»
La presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en la presente Ley.
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio de la Zarzuela, Madrid, a 26 de diciembre de 1984.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
FELIPE GONZÁLEZ MÁRQUEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid