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Documento BOE-A-1988-28031

Corrección de errores de la Orden de 26 de septiembre de 1988 por la que se modifica el punto II, paralización definitiva, de la Orden de 7 de abril de 1987, que establece normas sobre el procedimiento de tramitación de las ayudas económicas por paralización definitiva de la actividad de buques de pesca.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 1988, páginas 34611 a 34611 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1988-28031
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1988/09/26/(1)/corrigendum/19881207

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 233, de fecha 28 de septiembre de 1988, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 29309, exposición de motivos, párrafo primero, línea primera; párrafo segundo, linea segunda; y punto quinto del apículo único, donde dice: «Orden», debe decir: «Orden ministerial».

En el artículo único, línea primera, donde dice: «Orden de 13 de abril de 1987», debe decir: «Orden ministerial de 7 de abril de 1987».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/12/1988
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 31 de julio de 1991 (Ref. BOE-A-1991-20453).
  • Fecha de derogación: 13/08/1991
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 26 de septiembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-22512).
Materias
  • Buques
  • Marinas Mercante y de Pesca
  • Pesca marítima
  • Subvenciones

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