CON LOS OBJETIVOS DE ALCANZAR EL ADECUADO NIVEL DE CALIDAD EN LA EDIFICACION, DE FOMENTAR LA UTILIZACION DE PRODUCTOS CON MARCAS O SELLOS DE CALIDAD O DE CONFORMIDAD QUE OFREZCAN LA NECESARIA GARANTIA Y DE ASEGURAR LA CALIDAD DE SUS OBRAS, EL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y URBANISMO ESTABLECIO, POR ORDEN DE 12 DE DICIEMBRE DE 1977, UN PROCEDIMIENTO PARA HOMOLOGACION DE MARCAS O SELLOS DE CALIDAD O DE CONFORMIDAD A NORMAS PARA MATERIALES, ELEMENTOS O EQUIPOS UTILIZADOS EN LA EDIFICACION.
LA INTEGRACION DE ESPAÑA EN LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA HACE NECESARIA LA ADECUACION DEL CONTENIDO DE LA CITADA ORDEN A LAS EXIGENCIAS DE LA NUEVA SITUACION, EN CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE ESPAÑA ASUME POR SU INCORPORACION.
EN SU VIRTUD, ESTE MINISTERIO DISPONE:
ARTICULO UNICO. SE MODIFICA EL CONTENIDO DEL ARTICULO 10 DE LA ORDEN DE 12 DE DICIEMBRE DE 1977, AÑADIENDOSE UN NUEVO PARRAFO, QUE DICE ASI:
<LOS MATERIALES, PRODUCTOS, EQUIPOS Y SISTEMAS QUE ESTEN LEGALMENTE FABRICADOS Y COMERCIALIZADOS EN UN ESTADO MIEMBRO DE LA COMUNIDAD ECONOMICA EUROPEA, QUE TENGAN CONCEDIDAS MARCAS DE CONFORMIDAD A NORMAS, EMITIDAS POR ENTIDADES DE CERTIFICACION RECONOCIDAS EN OTRO ESTADO MIEMBRO DE LA CEE, TENDRAN LAS MISMAS PREFERENCIAS DE APLICACION, SIEMPRE QUE OFREZCAN GARANTIAS TECNICAS Y DE INDEPENDENCIA EQUIVALENTES A LAS EXIGIDAS A LAS MARCAS Y SELLOS HOMOLOGADOS.>
LO QUE COMUNICO A V. I.
PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS.
MADRID, 28 DE MARZO DE 1988. P. D. (ORDEN DE 6 DE JUNIO DE 1979), EL SUBSECRETARIO, JAVIER MAULEON ALVAREZ DE LINERA.
ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL PARA LA VIVIENDA Y ARQUITECTURA.
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