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Documento BOE-A-1989-2450

Orden de 26 de enero de 1989 por la que se crea la Comisión de Informática del Departamento.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 1989, páginas 3187 a 3189 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1989-2450
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1989/01/26/(2)

TEXTO ORIGINAL

A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 7 DEL REAL DECRETO 2291/1983, DE 28 DE JULIO, SOBRE ORGANOS DE ELABORACION Y DESARROLLO DE LA POLITICA INFORMATICA DEL GOBIERNO, PROCEDE DICTAR LAS NORMAS PERTINENTES PARA LA CONSTITUCION DE LA COMISION DE INFORMATICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES, ESTABLECIENDO LAS CORRESPONDIENTES NORMAS DE FUNCIONAMIENTO.

EN SU VIRTUD, PREVIA APROBACION DEL MINISTRO PARA LAS ADMINISTRACIONES PUBLICAS, DISPONGO:

PRIMERO. NATURALEZA Y CARACTER. LA COMISION DE INFORMATICA DEL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES, CUYA COMPOSICION Y FUNCIONES SE REGULAN EN LA PRESENTE ORDEN, ES EL ORGANO RESPONSABLE DE LA PROMOCION Y APROBACION DE LOS PLANES INFORMATICOS DE LOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO, DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INSERSO) Y DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA, DE LA EVALUACION Y CUMPLIMIENTO DE LOS MISMOS Y DEL ENLACE CON EL CONSEJO SUPERIOR DE INFORMATICA Y SUS COMISIONES ESPECIALIZADAS A QUE SE REFIERE EL REAL DECRETO 2291/1983, DE 28 DE JULIO.

SEGUNDO. COMPETENCIAS. ES COMPETENCIA DE LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA:

1. EL ESTUDIO Y APROBACION DEL PLAN INFORMATICO GENERAL DEL DEPARTAMENTO, ASI COMO DE SUS SUCESIVAS REVISIONES.

2. EL ESTUDIO Y APROBACION DE LOS PLANES INFORMATICOS PARCIALES DE LOS DISTINTOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO, DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO Y DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA, ASEGURANDO LA DEBIDA COORDINACION ENTRE ESTOS Y EL PLAN INFORMATICO GENERAL CON VISTAS AL ESTABLECIMIENTO Y PUESTA AL DIA DEL SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION DEL DEPARTAMENTO.

3. EL INFORME PRECEPTIVO SOBRE LAS PREVISIONES DE INVERSION Y DE GASTOS EN MATERIA INFORMATICA QUE SE INCLUYAN EN LA PROPUESTA PARA SU CONSIGNACION EN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO O DE LA SEGURIDAD SOCIAL, FORMULADAS POR LOS DISTINTOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO, SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, EL INSERSO Y EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

4. EL ESTUDIO Y APROBACION DE LOS PROYECTOS INFORMATICOS QUE SIRVAN DE BASE PARA LA CONTRATACION DE EQUIPOS, PROGRAMAS O SERVICIOS INFORMATICOS, CONSIDERANDO ASIMISMO COMO TALES LOS TELEMATICOS, U OFIMATICOS, POR PARTE DE LOS DISTINTOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO, SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, EL INSERSO Y EL SERCRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

LA APROBACION SE EFECTUARA CON CARACTER PREVIO O PREPARATORIO DEL INFORME TECNICO, PRECEPTIVO Y VINCULANTE DE LOS PROYECTOS DE CARACTER INFORMATICO, QUE CORRESPONDE A LA COMISION INTERMINISTERIAL DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS A TENOR DEL ARTICULO 6. 1, PRIMER PARRAFO, DEL REAL DECRETO 2291/1983, DE 28 DE JULIO, SOBRE ORGANOS DE ELABORACION Y DESARROLLO DE LA POLITICA INFORMATICA DEL GOBIERNO.

5. EL INFORME TECNICO PRECEPTIVO DE LOS PROYECTOS Y PLIEGOS DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TECNICAS QUE SE REFIERAN A CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS, A SU MANTENIMIENTO Y A LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TECNICA Y CONSULTORIA DE CARACTER INFORMATICOS, Y SU REMISION, CUANDO PROCEDA, A LA COMISION INTERMINISTERIAL DE ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS. DICHOS PROYECTOS Y PLIEGOS DEBERAN RESPONDER A NECESIDADES E INICIATIVAS CONTEMPLADAS EN LOS CORRESPONDIENTES PLANES INFORMATICOS.

6. EL INFORME PRECEPTIVO DE LAS PROPUESTAS DE ADQUISICION DE EQUIPOS Y PROGRAMAS INCLUIDOS EN EL CATALOGO DE BIENES DE ADQUISICION CENTRALIZADAS EN EL SERVICIO CENTRAL DE SUMINISTROS DE LA DIRECCION GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO, EFECTUADAS POR LOS CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO, SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, EL INSERSO Y EL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL IMPORTE TOTAL DEL SUMINISTRO SEA INFERIOR A 250.000 PESETAS Y SE TRATE DE ELEMENTOS COMPLEMENTARIOS DE UNIDADES CENTRALES DE PROCESO PREVIAMENTE ADQUIRIDAS, SE EXCLUYE LA NECESIDAD DEL MENCIONADO INFORME, SIENDO NECESARIA UNICAMENTE LA NOTIFICACION A LA COMISION A EFECTOS DE MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO DE RECURSOS INFORMATICOS.

7. LA ELABORACION Y PROPUESTA DE CUANTAS MEDIDAS SE CONSIDEREN ADECUADAS EN ORDEN A LA IMPLANTACION DE INSTRUMENTOS INFORMATICOS, OFIMATICOS O DE COMUNICACIONES Y A LA OBTENCION DE LA MAYOR EFICACIA DE LOS SISTEMAS DE TRATAMIENTO Y TRANSMISION ELECTRONICA DE LA INFORMATICA.

8. EL INFORME PRECEPTIVO SOBRE LOS PROYECTOS DE DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL, INSTRUCCIONES Y CIRCULARES, QUE INCIDAN SOBRE PROCEDIMIENTOS EN RELACION CON EL SISTEMA INFORMATICO DEL DEPARTAMENTO.

9. LA COORDINACION DE LOS SERVICIOS DE INFORMATICA DEL DEPARTAMENTO Y DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO, ASI COMO DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA, SIN PERJUICIO DE SU AUTONOMIA FUNCIONAL EN RAZON DE LA ESPECIFICA NATURALEZA DE SU GESTION.

10. EL ESTUDIO DE LA NORMALIZACIN TECNOLOGICA Y DE SU IMPLANTACION EN ORDEN A ASEGURAR LA COMPATIBILIDAD Y CONGRUENCIA DE SISTEMAS Y DATOS, SIGUIENDO LAS DIRECTRICES MARCADAS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE INFORMATICA EN EL CAMPO DE LA <NORMALIZACION APLICADA A AL INFORMATICA>.

11. EL MANTENIMIENTO DEL INVENTARIO DE RECURSOS INFORMATICOS DEL DEPARTAMENTO, DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO Y DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA, DE ACUERDO CON LAS DIRECTRICES DEL CONSEJO SUPERIOR DE INFORMATICA.

12. LA PROMOCION DE PLANES DE FORMACION DE PERSONAL EN MATERIA INFORMATICA Y LA DIFUSION DE NUEVOS PRODUCTOS Y TECNICAS.

13. EL ENLACE Y LA COLABORACION TECNICA CON EL CONSEJO SUPERIOR DE INFORMATICA Y SUS COMISIONES ESPECIALIZADAS, ASI COMO CON LAS JUNTAS DE COMPRAS DEL DEPARTAMENTO Y, EN SU CASO, CON LA COMISION INTERMINISTERIAL DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS INFORMATICOS.

14. LA APROBACION DE LA MEMORIA ANUAL DE ACTUACIONES DEL DEPARTAMENTO EN MATERIA DE INFORMATICA.

TERCERO. COMPOSICION. 1. LA COMISION MINISTERIAL DE INFORMATICA ESTARA INTEGRADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:

PRESIDENTE/A: EL/LA SUBSECRETARIO/A DEL DEPARTAMENTO Y POR SU DELEGACION EL/LA DIRECTOR/A GENERAL TECNICO/A Y DE SERVICIOS.

VICEPRESIDENTE/A PRIMERO/A: EL/LA DIRECTOR/A GENERAL TECNICO/A Y DE SERVICIOS.

VICEPRESIDENTE/A SEGUNDO/A: EL/LA SUBDIRECTOR/A GENERAL, SECRETARIO/A TECNICO/A.

VOCALES:

EL/LA JEFE/A DEL GABINETE TECNICO DE LA SUBSECRETARIA.

EL/LA SUBDIRECTOR/A GENERAL DE ESTUDIOS Y ESTADISTICA.

UN/A SUBDIRECTOR/A GENERAL EN REPRESENTACION DE CADA UNO DE LOS ORGANOS SUPERIORES, CENTROS DIRECTIVOS Y ORGANISMOS AUTONOMOS DEL DEPARTAMENTO, DESIGNADOS/AS POR EL/LA SUBSECRETARIO/A, A PROPUESTA DE SUS RESPECTIVOS/AS DIRECTORES/AS GENERALES.

UN/A SUBDIRECTOR/A GENERAL EN REPRESENTACION DEL INSERSO, DESIGNADO/A POR EL/LA SUBSECRETARIO/A, A PROPUESTA DEL/LA DIRECTOR/A GENERAL DEL INSERSO.

EL/LA SECRETARIO/A EJECUTIVO/A DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

2. ACTUARA COMO SECRETARIO/A, CON VOZ Y VOTO, UN/A FUNCIONARIO/A DEL GRUPO A, DE LA SECRETARIA TECNICA, DESIGNADO/A POR EL/LA SUBSECRETARIO/A, A PROPUESTA DEL/LA SUBDIRECTOR/A GENERAL, SECRETARIO/A TECNICO/A.

3. EN AUSENCIA DEL/LA PRESIDENTE/A O VICEPRESIDENTE/A PRIMERO/A PRESIDIRA LA COMISION EL/LA VICEPRESIDENTE/A SEGUNDO/A, O UN VOCAL POR EL ORDEN EN QUE FIGURAN ENUMERADOS EN LA PRESENTE ORDEN.

4. EN CASOS DE AUSENCIA, EL/LA SECRETARIO/A PODRA SER SUSTITUIDO/A POR EL/LA VOCAL MAS MODERNO/A.

CUARTO. PONENCIA TECNICA. 1. EN EL SENO DE LA COMISION EXISTIRA UNA PONENCIA TECNICA A LA QUE COMPETIRA EL ESTUDIO TECNICO DE LOS ASUNTOS QUE HAN DE SER TRATADOS EN LA COMISION.

2. LA PONENCIA TECNICA ESTARA INTEGRADA POR LOS SIGUIENTES MIEMBROS:

PRESIDENTE/A: EL/LA VICEPRESIDENTE/A SEGUNDO/A DE LA COMISION.

VOCALES: CINCO VOCALES DE LA COMISION DESIGNADOS POR EL PLENO, A PROPUESTA DEL/LA PRESIDENTE/A.

SECRETARIO/A: EL/LA SECRETARIO/A DE LA COMISION.

A LAS REUNIONES DE LA PONENCIA TECNICA PODRAN SER CONVOCADOS EXPERTOS EN LA MATERIA OBJETO DE ESTUDIO.

3. LA PONENCIA TECNICA PERMANENTE SERA CONVOCADA POR SU PRESIDENTE, CON INDICACION DEL ORDEN DEL DIA DE LOS ASUNTOS A TRATAR Y DE LA FECHA DE SU CELEBRACION. AL ESCRITO DE CONVOCATORIA SE ACOMPAÑARAN, ADEMAS, LOS DOCUMENTOS ESENCIALES DE LOS TEMAS A TRATAR EN LA MISMA.

4. POR DELEGACION DEL PLENO, LA PONENCIA TECNICA EJERCERA LAS SIGUIENTES FUNCIONES:

A) ESTUDIAR, ELABORAR Y REALIZAR EL SEGUIMIENTO DE LOS PLANES GENERALES DE INFORMATIZACION DEL DEPARTAMENTO, SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO Y DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

B) PROMOVER, SIGUIENDO LAS DIRECTRICES DEL PLENO, EL DESARROLLO DE LOS CENTROS DE PROCESO DE DATOS Y UNIDADES INFORMATICAS DEL DEPARTAMENTO, DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO Y DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA.

C) COORDINAR, SIGUIENDO LAS DIRECTRICES DEL PLENO, LAS INICIATIVAS DE LAS DIFERENTES UNIDADES PARA LA MEJOR UTILIZACION DE LOS EQUIPOS DE PROCESO DE DATOS, DE LOS RECURSOS PROPIOS Y DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS.

D) INFORMAR Y APROBAR LOS PROYECTOS DE MECANIZACION DE SERVICIOS Y LOS PROGRAMAS DE GASTOS E INVERSIONES, TANTO SI IMPLICAN ADQUISICION O ARRENDAMIENTO, COMO SI SU REALIZACION HA DE EFECTUARSE POR OTRAS FORMAS ESPECIFICAS DE CONTRATACION.

E) INFORMAR Y ELEVAR LAS PROPUESTAS RELATIVAS A ADQUISICION DE MATERIAL INFORMATICO INCLUIDO EN EL CATALOGO DE BIENES DE ADQUISICION CENTRALIZADA, Y AQUELLAS OTRAS CUYA CUANTIA NO EXCEDA DE 10.000.000 DE PESETAS.

F) PROPONER LAS MEDIDAS DE INSPECCION Y AUDITORIA NECESARIAS PARA EL SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS INFORMATICOS.

G) CUALQUIERA OTRA FUNCION EXPRESAMENTE DELEGADA POR EL PLENO.

QUINTO.

INCIDENCIAS PRESUPUESTARIAS. LAS DECISIONES QUE SE ADOPTEN EN EL AREA DE INFORMATICA Y QUE TENGAN INCIDENCIA EN MATERIA PRESUPUESTARIA REQUERIRAN LA PREVIA CONFORMIDAD DE LA COMISION MINISTERIAL. A ESTE EFECTO, LOS ORGANOS GESTORES DEL DEPARTAMENTO, DE SUS ORGANISMOS AUTONOMOS, DEL INSERSO, Y DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL REAL PATRONATO DE PREVENCION Y DE ATENCION A PERSONAS CON MINUSVALIA NO FORMALIZARAN PROPUESTA ALGUNA DE GASTO QUE DEBA SER FISCALIZADA, REFERENTE A EQUIPOS O SERVICIOS PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION SIN EL PREVIO INFORME DE LA COMISION DE INFORMATICA.

SEXTO. FUNCIONAMIENTO. EN LO NO PREVISTO EN LA PRESENTE ORDEN, RESPECTO A LA ACTUACION DE LA COMISION DE INFORMATICA, COMO ORGANO COLEGIADO, SERA DE APLICACION LO DISPUESTO EN EL CAPITULO II DEL TITULO PRIMERO DE LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO.

DISPOSICION FINAL

SE FACULTA A LA SUBSERETARIA DEL DEPARTAMENTO PARA LA APLICACION Y DESARROLLO DE LA PRESENTE ORDEN, QUE ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.

MADRID, 26 DE ENERO DE 1989.

FERNANDEZ SANZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 26/01/1989
  • Fecha de publicación: 02/02/1989
  • Fecha de derogación: 21/09/1996
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 16 de septiembre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-21023).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 39, de 15 de febrero de 1989 (Ref. BOE-A-1989-3649).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 7 del Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio (Ref. BOE-A-1983-22882).
  • CITA Ley sobre procedimiento administrativo, de 17 de julio de 1958 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1958-11341).
Materias
  • Comisiones de Informática
  • Ministerio de Asuntos Sociales
  • Organización de la Administración del Estado
  • Subsecretaría del Ministerio de Asuntos Sociales

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