Advertido error en el texto de la citada Resolución, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 183, de 1 de agosto de 1990, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 22478, columna izquierda, en el apartado G.5. Línea de enlace y sistema de interconexión telefónica, donde dice:
«Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Alta de conexión (nueva línea): 16.960 pesetas.
Por una sola vez,
Canon mensual utilización Hnea: 1.130 pesetas», débe decir:
«Las tarifas a aplicar serán las siguientes:
Alta de conexión (nueva línea): 16.900 pesetas.
Por una sola vez
Canon mensual utilización línea: 1.130 pesetas.».
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