El Tribunal Constitucional. por auto de 16 de enero actual, ha acordado mantener la suspensión de los preceptos de la Ley del Parlamento Vasco 1/1989, de 131 de abril, en lo que hace referencia a los apartados del artículo primero, 1.1.1. en cuanto al inciso «por estar calificadas como amenazas por encontrarse en vías de extinción» y 1.1.17, en cuanto al inciso «especies protegidas por encontrarse en vías de extinción», en relación con la cuantía de las multas previstas en el apartado 1.1 del mencionado artículo primero de la misma Ley por la que se modifica la calificación de determinadas infracciones administrativas en materia de caza y pesca fluvial, cuya suspensión se dispuso por providencia de 29 de agosto de 1989, dictada en el presente recurso de inconstitucionalidad 1.739/1989, promovido por el Presidente de Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 16 de enero de l 990.-EI Presidente del Tribunal Constitucional.
TOMAS Y VALIENTE
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