EL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, DISPONE QUE LA SECRETARIA GENERAL TECNICA DE CADA DEPARTAMENTO MINISTERIAL, BAJO LA DIRECCION DE SU TITULAR, CENTRALIZARA LA ACTIVIDAD EDITORIAL. SIN EMBARGO, EL PARRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 2. , CONTEMPLA LA POSIBILIDAD DE QUE EL MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, HOY MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARIA DEL GOBIERNO, A INSTANCIA DEL DEPARTAMENTO INTERESADO PUEDA ESTABLECER EXCEPCION A ESTA REGLA GENERAL.
EL REAL DECRETO 222/1987, DE 10 DE FEBRERO, POR EL QUE SE ESTRUCTURO EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA ESTABLECIO QUE EL <INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES TENDRA A SU CARGO LAS ACTIVIDADES DE INVESTIGACION, ESTUDIO, PUBLICACIONES Y ASESORAMIENTO EN LAS MATERIAS RELATIVAS A LA ACTIVIDAD PRESUPUESTARIA Y FISCAL DE LA HACIENDA PUBLICA Y LA INCIDENCIA DEL INGRESO Y EL GASTO PUBLICO SOBRE EL SISTEMA ECONOMICO Y SOCIAL>.
EL REAL DECRETO 903/1990, DE 13 DE JULIO, POR EL QUE SE REESTRUCTURARON PARCIALMENTE DETERMINADOS CENTROS DIRECTIVOS DEPENDIENTES DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE HACIENDA, ENTRE LOS QUE SE ENCUENTRA EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, JUSTIFICABA LA REFERIDA REESTRUCTURACION PARA ESE CENTRO CONSISTENTE EN LA CREACION DE UNA NUEVA SUBDIRECCION GENERAL CON LA DENOMINACION DE <PLANIFICACION Y GESTION EDITORIAL> , <EN LA NECESIDAD DE DOTAR DE MEDIOS SUFICIENTES AL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES PARA QUE PUEDA DESARROLLAR ADECUADAMENTE SU ACTIVIDAD EDITORIAL Y FORMATIVA>.
LA EXPERIENCIA ADQUIRIDA EN ESTA MATERIA POR ESTE DEPARTAMENTO Y LA CONSIDERACION DE LAS PECULIARIDADES QUE CONCURREN EN EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES, CENTRO DIRECTIVO DE RECONOCIDA TRADICION EDITORIAL DESDE SU CREACION POR EL DECRETO 2273/1961, DE 1 DE DICIEMBRE, ACONSEJAN SEPARAR DEL PROGRAMA <PUBLICACIONES> DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA LA ACTIVIDAD EDITORIAL Y DIFUSORA DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES.
EN SU VIRTUD, A INICIATIVA DEL MINISTRO DE ECONOMIA Y HACIENDA Y PREVIO INFORME DE LA JUNTA DE COORDINACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, HE TENIDO A BIEN DISPONER:
SE AUTORIZA, DE CONFORMIDAD CON LO QUE PREVE EL PARRAFO SEGUNDO DEL ARTICULO 2.
DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES, QUE LAS CORRESPONDIENTES AL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES SE EFECTUEN POR LA SUBDIRECCION GENERAL DE PLANIFICACION Y GESTION EDITORIAL DEL MENCINADO CENTRO, A CUYO FIN SE ESTABLECERA UN PROGRAMA DENOMINADO <PUBLICACIONES DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES> A EFECTOS PRESUPUESTARIOS, SIN PERJUICIO DE SU INTEGRACION EN EL PROGRAMA EDITORIAL DEL DEPARTAMENTO Y DEL CUMPLIMIENTO DE LAS DEMAS DISPOSICIONES DEL REAL DECRETO 1434/1985, DE 1 DE AGOSTO, DE ORDENACION DE PUBLICACIONES OFICIALES.
MADRID, 29 DE NOVIEMBRE DE 1990.
ZAPATERO GOMEZ
ILMOS. SRES.
SUBSECRETARIO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA, SECRETARIO GENERAL TECNICO DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid