DETERMINADA POR EL REAL DECRETO 576/1991, DE 12 DE MARZO, LA ESTRUCTURA ORGANICA BASICA DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, Y DESARROLLADA LA MISMA EN LO QUE RESPECTA A LA SECRETARIA DE ESTADO PARA LAS POLITICAS DEL AGUA Y EL MEDIO AMBIENTE Y LA SUBSECRETARIA DEL DEPARTAMENTO POR LOS REALES DECRETOS 1316/1991, DE 2 DE AGOSTO, Y 1125/1991, DE 22 DE JULIO, RESPECTIVAMENTE, PROCEDE, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL PREAMBULO DE LA PRIMERA DE LAS DISPOSICIONES CITADAS, INICIAR UN PROCESO DE ASIGNACION CONCRETA DE ATRIBUCIONES PARA ASEGURAR UNA GESTION MAS EFICAZ DE LOS MEDIOS MATERIALES, PERSONALES Y FINANCIEROS EN LAS DISTINTAS AREAS DEL NUEVO DEPARTAMENTO, TODO ELLO SIN PERJUICIO DE RESPETAR AQUELLAS DISPOSICIONES ACTUALMENTE VIGENTES QUE RESPONDEN YA A LA FINALIDAD INDICADA.
EN SU VIRTUD, AL AMPARO DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO,
ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER:
PRIMERO. LAS ATRIBUCIONES QUE LA NORMATIVA VIGENTE CONFIERE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO SE DELEGAN, EN LAS MATERIAS Y EN LOS TERMINOS ESTABLECIDOS EN LA PRESENTE ORDEN, EN LOS TITULARES DE LOS ORGANOS SUPERIORES Y CENTROS DIRECTIVOS DEL DEPARTAMENTO QUE SE INDICAN. SE EXCEPTUAN AQUELLAS DE CARACTER INDELEGABLE, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 22 DE LA LEY DE REGIMEN JURIDICO DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO.
SEGUNDO. CONTRATACION. 1. LAS ATRIBUCIONES QUE CORRESPONDEN AL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES, COMO ORGANO DE CONTRATACION DEL ESTADO, SE DELEGAN PARA LOS CONTRATOS DE IMPORTE SUPERIOR A LOS 500 MILLONES DE PESETAS, EN LAS SIGUIENTES AUTORIDADES DEL DEPARTAMENTO, EN EL AMBITO DE SUS COMPETENCIAS ESPECIFICAS:
SUBSECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES.
SECRETARIO GENERAL DE PLANIFICACION Y CONCERTACION TERRITORIAL.
SECRETARIA GENERAL DE COMUNICACIONES.
SECRETARIO GENERAL PARA LOS SERVICIOS DE TRANSPORTES.
SECRETARIO GENERAL PARA LAS INFRAESTRUCTURAS DEL TRANSPORTE TERRESTRE.
2. LAS REFERIDAS ATRIBUCIONES EN MATERIA DE CONTRATACION SE DELEGAN EN LOS DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO, EN EL AMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, PARA LOS CONTRATOS CUYO IMPORTE NO EXCEDA DE 500 MILLONES DE PESETAS.
TERCERO. EJECUCION DEL PRESUPUESTO. 1. SE DELEGAN EN LOS TITULARES DE LOS ORGANOS SUPERIORES DEL DEPARTAMENTO, HASTA LA CUANTIA DE 2.000 MILLONES DE PESETAS, Y EN LOS DE LOS CENTROS DIRECTIVOS DEL MISMO HASTA 500 MILLONES DE PESETAS, LAS FACULTADES QUE AL MINISTRO CONCEDE EL ARTICULO 74.1 DE LA LEY GENERAL PRESUPUESTARIA.
2. LAS FACULTADES DE APROBACION DE GASTOS Y DE ORDENACION DE PAGOS RELATIVOS AL CAPITULO I DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO, POR LO QUE RESPECTA AL PERSONAL DEL DEPARTAMENTO, QUEDAN DELEGADAS EN EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, CON EXCEPCION DE LAS CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DE LA SECRETARIA GENERAL DE COMUNICACIONES Y DE LOS ORGANISMOS DE ELLA DEPENDIENTES QUE SE DELEGAN EN EL TITULAR DE ESTA.
CUARTO. REGIMEN DE PERSONAL. LAS FUNCIONES QUE EN MATERIA DE PERSONAL CORRESPONDEN AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO QUEDAN DELEGADAS EN EL SUBSECRETARIO DEL MISMO.
POR LO QUE RESPECTA AL PERSONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, EL EJERCICIO DE DICHAS FUNCIONES SE DELEGA EN EL DIRECTOR GENERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS.
QUINTO. RECURSOS ADMINISTRATIVOS. 1. SE DELEGA EN EL SUBSECRETARIO, SIN PERJUICIO DE LO PREVENIDO EN EL NUMERO SIGUIENTE, LA RESOLUCION DE LOS RECURSOS Y RECLAMACIONES ADMINISTRATIVAS QUE CORRESPONDA AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO.
2. LOS ORGANOS SUPERIORES DEL MINISTERIO CON COMPETENCIA EN LA RESOLUCION DE RECURSOS CONTINUARAN EN EL EJERCICIO DE LA MISMA, SIN PERJUICIO DE LA FUNCION DE ESTUDIO, TRAMITACION Y PROPUESTA DE RESOLUCION QUE CORRESPONDE A LA SECRETARIA GENERAL TECNICA A TRAVES DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS.
SEXTO. EXPROPIACION FORZOSA Y ADMINISTRACION DEL DOMINIO PUBLICO. 1. QUEDA DELEGADA EN EL SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS POLITICAS DEL AGUA Y EL MEDIO AMBIENTE Y EN LOS TITULARES DE LOS ORGANOS SUPERIORES DEL DEPARTAMENTO, CON COMPETENCIAS EN LA MATERIA, LA RESOLUCION DE LAS AUTORIZACIONES Y CONCESIONES DE OCUPACION Y EXPLOTACION DEL DOMINIO PUBLICO QUE CORRESPONDAN AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO.
2. SE DELEGAN ASIMISMO, EN LOS DIRECTORES GENERALES DEL DEPARTAMENTO CON COMPETENCIAS ESPECIFICAS EN LA MATERIA, LAS FACULTADES PARA DESLINDAR LOS BIENES PERTENECIENTES AL DOMINIO PUBLICO, LAS FACULTADES QUE LA LEGISLACION SOBRE EXPROPIACION FORZOSA ATRIBUYE AL TITULAR DEL DEPARTAMENTO Y LAS QUE LE CORRESPONDEN EN RELACION CON LA DEFENSA DE DICHO DOMINIO PUBLICO.
3. EL EJERCICIO DE LA POTESTAD SANCIONADORA QUE CORRESPONDE AL MINISTRO QUEDA DELEGADO EN LOS ORGANOS SUPERIORES DEL DEPARTAMENTO EN FUNCION DE SU AMBITO DE COMPETENCIAS.
SEPTIMO. FACULTADES DE DIRECCION, CONTROL Y RESOLUCION. 1. EL REGIMEN DE DELEGACIONES QUE SE ESTABLECE EN LA PRESENTE ORDEN SE ENTIENDE SIN PERJUICIO DE LAS FACULTADES DE DIRECCION Y CONTROL QUE, EN TODO CASO, CORRESPONDEN AL MINISTRO Y A LOS ORGANOS SUPERIORES SOBRE LAS UNIDADES DE ELLOS DEPENDIENTES.
2. EL MINISTRO PODRA RECABAR EL CONOCIMIENTO Y RESOLUCION DE CUALESQUIERA ASUNTOS OBJETO DE DELEGACION CUANDO LO CONSIDERE NECESARIO PARA EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES COMO TITULAR DEL DEPARTAMENTO.
OCTAVO. QUEDA APROBADA LA DELEGACION DE TODAS LAS FACULTADES QUE EN MATERIA DE PERSONAL ESTAN ATRIBUIDAS AL SUBSECRETARIO POR EL ORDENAMIENTO VIGENTE EN LAS AUTORIDADES SIGUIENTES:
CON CARACTER GENERAL, EN EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS HUMANOS.
RESPECTO DEL PERSONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS, EN EL DIRECTOR GENERAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS.
NOVENO. QUEDAN DEROGADAS LAS DISPOSICIONES Y RESOLUCIONES SOBRE DELEGACION DE ATRIBUCIONES QUE SE OPONGAN A LO DISPUESTO EN LA PRESENTE ORDEN.
SEGUIRAN, NO OBSTANTE, SIENDO DE APLICACION LAS DELEGACIONES DE ATRIBUCIONES ADOPTADAS POR LOS DISTINTOS ORGANOS DEL DEPARTAMENTO EN RELACION CON LAS QUE TENGAN CONFERIDAS POR DISPOSICION LEGAL O REGLAMENTARIA O EN VIRTUD DE LOS REALES DECRETO DE DESCONCENTRACION ACTUALMENTE VIGENTES.
DECIMO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO>.
MADRID, 12 DE SEPTIEMBRE DE 1991.
BORRELL FONTELLES
EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO PARA LAS POLITICAS DEL AGUA Y EL MEDIO AMBIENTE E ILMOS. SRES. SUBSECRETARIO Y SECRETARIOS GENERALES.
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