El Tribunal Constitucional por auto de 21 de mano actual, ha acordado tener por desistido al Presidente del Gobierno del recurso de inconstitucionalidad número 1.105/1988, que promovió el mismo contra los artículos 2.1, b); S. h). y por conexión los artículos 6.1, b), y '12.2 de la Ley del Parlamento de Andalucía 1/1988, de 17 de marzo de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Madrid. 21 de marzo de 1991.-El Presidente del Tribunal Constitucional, TOMAS Y VALIENTE
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