El Real Decreto 1173/1993, de 13 de julio, de reestructuración de Departamentos ministeriales, transfiere al Ministerio de Asuntos Sociales las funciones atribuidas al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Dirección General de Migraciones, así como las atribuidas al Ministerio de Sanidad y Consumo a través de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Hasta tanto no se lleve a cabo el desarrollo previsto en la disposición final segunda del mencionado Real Decreto, es preciso adoptar medidas sobre delegación de las competencias necesarias para la operatividad de los órganos transferidos.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Sanidad y Consumo, dispongo:
Primero.-Se delega en el Director general de Migraciones:
a) Las resoluciones correspondientes a las ayudas individuales y colectivas destinadas a migrantes, las ayudas individuales para emigrantes retornados y sus familiares, y las ayudas a trabajadores emigrantes y sus familiares que tengan por finalidad sufragar gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración.
b) Las facultades de aprobación de gasto, reconocimiento de obligaciones y propuesta de pago que se deriven del ejercicio de las actuaciones a que se refiere el apartado anterior, cuando no se hayan delegado por la presente Orden a otros órganos del Departamento.
Segundo.-Se aprueba la delegación del Subsecretario del Departamento en el Director general de Migraciones de la autorización de las órdenes de viaje en el interior, con derecho a la percepción de indemnización por razón de servicio en el ámbito de su competencia.
Tercero.-Se aprueba la delegación del Director general de Migraciones en el Subdirector general de Inmigración para la resolución de solicitudes de permiso de trabajo para extranjeros, así como el reconocimiento de la situación de excepción a la obligación de obtener permiso de trabajo.
Cuarto.-Se delega por la Ministra y se aprueba la delegación del Subsecretario del Departamento en el Director general de Personal, Director general de Servicios, Subdirector general de gestión de Personal y Subdirector general de Administración Financiera, todos ellos del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, las funciones que venían desempeñando en relación con la Dirección General de Migraciones, en virtud de lo dispuesto en la Orden de delegación de atribuciones de 16 de noviembre de 1992 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuando no hayan sido delegadas por la presente Orden en el Director general de Migraciones.
Quinto.-Se delega por la Ministra y se aprueba la delegación del Subsecretario del Departamento en el Director general de Servicios e Informática y Subdirector general de Personal del Ministerio de Sanidad y Consumo, las funciones que venían desempeñando en relación con la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, en virtud de lo dispuesto en la Orden de delegación de atribuciones de 28 de octubre de 1992, del Ministerio de Sanidad y Consumo, así como en la resolución de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo de 21 de enero de 1993.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 26 de julio de 1993.
ALBERDI ALONSO
Ilmos. Sres. Subsecretarios de Trabajo y Seguridad Social, de Sanidad y Consumo y de Asuntos Sociales, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y Director general de Migraciones.
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