La Orden de 2 de abril de 1992 por la que se delegan atribuciones en el Subsecretario y en otras autoridades del Departamento (<Boletín Oficial del Estado> del 28) contempla la delegación por el Director general del Instituto Nacional de Servicios Sociales, en los/as Directores/as de Centros de Acogida a Refugiados de las resoluciones de ingreso de beneficiarios.
Atendiendo a la experiencia adquirida en el tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la citada Orden, y con el fin de conseguir un máximo de uniformidad en los criterios de aplicación de los procedimientos sobre ingresos, prórrogas y traslados de los refugiados/as en los Centros de Acogida, se estima necesario modificar la delegación prevista en dicha materia por el Director general del INSERSO, atribuyéndose de forma centralizada y única al Subdirector general de gestión de dicho Instituto.
En su virtud, dispongo:
Primero.-Se modifica el punto 2 del apartado décimo de la Orden de 2 de abril de 1992, del Ministerio de Asuntos Sociales, por la que se delegan atribuciones en el Subsecretario y en otras autoridades del Departamento, suprimiendo el último inciso del mismo, por lo que queda redactado de la forma siguiente:
<En el/la Subdirector/a general de Gestión, las resoluciones de ingreso, traslados, permutas y prórrogas en Centros residenciales del Instituto Nacional de Servicios Sociales.>
Segundo.-Se suprime el punto 6 del apartado décimo.
DISPOSICION FINAL
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 21 de enero de 1993.
FERNANDEZ SANZ
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