El Tribunal Constitucional, por providencia de 20 de septiembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2589/94, planteada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en relación con el artículo 38.2 de la Ley 5/1990, de 29 de junio, de medidas urgentes en materia presupuestaria, financiera y tributaria, que creó un gravamen complementario de la Tasa Fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar para el año 1990, y del apartado A) del número 2 del artículo 3.4 del Real Decreto-Ley 16/1977, de 25 de febrero, según la nueva redacción ofrecida por la Ley 5/1990, por poder vulnerar los artículos 9.3, 14 y 31.1 de la Constitución.
Madrid, 20 de septiembre de 1994.-El Secretario de Justicia.
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