La Orden 220/1997, de 12 de noviembre, por la que se desarrolla la estructura del Cuartel General, la Fuerza, el Apoyo a la Fuerza y la organización territorial en el Ejército de Tierra, y la Instrucción del Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra 268/1997, de 31 de diciembre, de adaptaciones orgánicas para el año 1998, contemplan la creación de determinados organismos que, debiendo recibir competencias en materia de contratación, no están recogidos en la Orden 11/1996, de 17 de enero, de delegación de facultades de autoridades del Ejército de Tierra, en materia de convenios y contratos administrativos.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-A propuesta de las autoridades que a continuación se expresan, se ratifica la delegación de las mismas en las que, en cada caso, se indican, en cuanto a las facultades recibidas del Ministro por desconcentración en los artículos 1. o y2. o del Real Decreto 1904/1995, de 24 de noviembre, de desconcentración de facultades en materia de convenios y contratos administrativos en el ámbito del Ministerio de Defensa, y como ampliación a lo dispuesto en la Orden 11/1996, de 17 de enero, de delegación de facultades de autoridades del Ejército de Tierra, en materia de convenios y contratos administrativos.
1. El Jefe del Estado Mayor del Ejército de Tierra 1.1 En el Jefe de la Fuerza de Maniobra, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
1.2 En el Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
1.3 En el Inspector General de Movilización, convenios y contratos sin límite de cuantía.
1.4 En el Director del Instituto de Historia y Cultura, convenios y contratos sin límite de cuantía.
1.5 En el Director de Investigación y Análisis para el Combate, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.6 En el Director de Doctrina, Orgánica y Materiales, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.7 En el Jefe de la División de Infantería Mecanizada "Brunete" 1, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.8 En el Jefe de Administración Económica de la Fuerza de Maniobra, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 100 millones de pesetas.
1.9 En el Jefe de la Brigada de Cazadores de Montaña "Aragón" I, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.10 En el Jefe de la Brigada de la Legión "Rey Alfonso XIII" II, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.11 En el Jefe de la Brigada de Infantería Acorazada "Guadarrama" XII, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.12 En el Jefe de la Brigada de Infantería Mecanizada "Extremadura" XI, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
1.13 En el Jefe de la Brigada de Infantería Mecanizada "Guzmán el Bueno" X, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
2. El Jefe del Mando de Personal 2.1 En el Jefe del Parque Central de Recursos de Asistencia Sanitaria, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3. El Jefe del Mando del Apoyo Logístico 3.1 En el Jefe del Parque y Centro de Abastecimiento de Material de Intendencia, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.2 En el Jefe del Laboratorio Central del Ejército, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.3 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Armamento y Material de Artillería, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.4 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Sistemas Acorazados número 1, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.5 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Sistemas Acorazados número 2, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.6 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Vehículos de Ruedas número 1, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.7 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Vehículos de Ruedas número 2, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
3.8 En el Jefe del Parque y Centro de Mantenimiento de Sistemas Antiaéreos, Costas y Misiles, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
4. General Jefe de la Región Militar Centro 4.1 En el Jefe del Mando de Apoyo Logístico Regional, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
4.2 En el Jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico 11, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
4.3 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico XXXI, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
5. General Jefe de la Región Militar Sur 5.1 En el Jefe del Mando de Apoyo Logístico Regional, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
5.2 En el Jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico 21, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
5.3 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico XXII, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
6. General Jefe de la Región Militar Noroeste 6.1 En el Jefe del Mando de Apoyo Logístico Regional, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
6.2 En el Jefe de la Brigada de Infantería Ligera "San Marcial" V, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 50 millones de pesetas.
6.3 En el Jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico 61, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
6.4 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico LI, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
7. General Jefe de la Región Militar Pirenaica 7.1 En el Jefe del Mando de Apoyo Logístico Regional, para convenios y contratos sin límite de cuantía.
7.2 En el Jefe de la Agrupación de Apoyo Logístico 41, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
7.3 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico XLII, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
8. General Jefe de la Zona Militar de Canarias 8.1 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico LXXXI, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
8.2 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico LXXXII, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
9. General Jefe de la Zona Militar de Baleares 9.1 En el Jefe de la Unidad de Apoyo Logístico LXXI, para convenios y contratos de cuantía igual o inferior a 25 millones de pesetas.
Segundo. Entrada envigor. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 30 de junio de 1998.
SERRA REXACH
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid