A propuesta del Consejo de Universidades y de acuerdo con la autorización concedida por la disposición final primera del Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales creado por Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, dispongo:
Se incluye en el anexo al Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, el título de Licenciado en Filología Hispánica (especialidad Gallego-Portugués) como homologado o equivalente a los títulos de licenciado en Filología Gallega y de Licenciado en Filología Portuguesa, que figuran en el apartado IV. Humanidades, del Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.
Se incluyen en el mismo apartado IV. Humanidades a que se refiere la disposición anterior, los títulos de Licenciado en Geografía e Historia (Especialidad Musicología), de Licenciado en Geografía e Historia (Sección Historia del Arte: Especialidad Musicología) y de Licenciado en Filosofía y Letras (Especialidad Historia del Arte: Musicología), como homologados o equivalentes al título de Licenciado en Historia y Ciencias de la Música, establecido en virtud del Real Decreto 616/1995, de 21 de abril, y que de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 4.º del Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, se considera incluido en el catálogo de Títulos Universitarios Oficiales anexo al mismo.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de agosto de 1998.
AGUIRRE Y GIL DE BIEDMA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo.
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