El Real Decreto 929/1998, de 14 de mayo, de aplicación de régimen de autorización administrativa previa a «Endesa, Sociedad Anónima», y a determinadas sociedades de su grupo, dispuso la aplicación de la Ley 5/1995, de 23 de marzo, de Régimen Jurídico de Enajenación de Participaciones Públicas en determinadas empresas, por ser la participación pública superior al 25 por 100 de su capital en el momento de entrada en vigor de la citada Ley, estar controladas por el Estado y desarrollar, en el caso de «Endesa, Sociedad Anónima», a través de sus filiales, actividades comprendidas en su artículo 1.
Por resolución de la Subsecretaría de Industria y Energía de 24 de junio de 1998, se otorgó la autorización para la fusión por absorción de la «Compañía Hidroeléctrica de Cataluña, Sociedad Anónima» (HECSA), por la «Empresa Nacional Hidroeléctrica del Ribagorzana, Sociedad Anónima» (ENHER), modificación que, asimismo, es preciso reflejar en el anexo del Real Decreto 929/1998, de 14 de mayo.
La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, establece en su disposición transitoria quinta la exigencia de separación de actividades reguladas y no reguladas mediante su ejercicio por personas jurídicas diferentes establecidas en el artículo 14 de la citada Ley. A la vista de lo dispuesto en estos dos artículos, se hace necesario recoger en el presente Real Decreto una previsión que permita adecuar, a las circunstancias del momento, lo prevenido por esta Ley.
Por todo ello, y como quiera que se ha solicitado a la Subsecretaría del Ministerio de Industria y Energía por el grupo Endesa, con fecha 9 de marzo de 1999, la autorización administrativa previa prevenida en el Real Decreto 929/1998, de 14 de mayo, para los acuerdos sociales a adoptar por las Juntas generales de Endesa y las sociedades participadas ante el proyecto de reorganización societaria que se llevará a cabo en un futuro próximo, es necesario modificar el citado Real Decreto 929/1998, de 14 de mayo.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Industria y Energía, con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de junio de 1999,
DISPONGO:
El anexo del Real Decreto 929/1998, de 14 de mayo, de aplicación de régimen de autorización administrativa previa a «Endesa, Sociedad Anónima», y a determinadas sociedades de su grupo, queda modificado en los siguientes términos:
«ANEXO
«Endesa, Sociedad Anónima».
«Fecsa-Enher I, Sociedad Anónima».
«Eléctricas Reunidas de Zaragoza I, Sociedad Anónima».
«Electra del Viesgo I, Sociedad Anónima».
«Compañía Sevillana de Electricidad I, Sociedad Anónima».
«Unión Eléctrica de Canarias I, Sociedad Anónima».
«Gas y Electricidad I, Sociedad Anónima».
«Endesa Desarrollo, Sociedad Anónima» (ENDESAR).
«Endesa Diversificación, Sociedad Anónima».
«Endesa Internacional, Sociedad Anónima».
«Empresa Eléctrica de Córdoba, Sociedad Anónima» (ENECO).
«Empresa Carbonífera del Sur, Sociedad Anónima» (ENCASUR).
«Endesa Energía, Sociedad Anónima».
«Grupo Eléctrico de Telecomunicaciones, Sociedad Anónima» (GET).
«Carboex, Sociedad Anónima».»
El Ministro de Industria y Energía dictará las disposiciones necesarias para adaptar el anexo del presente Real Decreto a las modificaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del artículo 14 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 25 de junio de 1999.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Industria y Energía,
JOSEP PIQUÉ I CAMPS
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