Advertidos errores en la Resolución de esta Dirección General de 29 de junio de 1999, publicada en el "Boletín Oficial del Estado" número 163 ,de fecha 9 dejulio,por laque se delegan competencias en determinados órganos directivos de la Agencia Tributaria, procede su corrección de acuerdo con lo expuesto a continuación:
En la página 26099, en el epígrafe 1, el apartado 1.4 debe quedar redactado de la siguiente forma: "La designación de las comisiones de servicio con consideración de residencia eventual y su prórroga, previstas en el artículo 6 del Real Decreto 236/1988, así como establecer los criterios para fijar, en caso de residencia eventual, el porcentaje al que hace referencia el artículo 13 del citado Real Decreto".
En la página 26099, en el epígrafe 1, se suprime el apartado 1.13.
En la página 26099, en el epígrafe 4.2, añadir a continuación "y la imposición al personal funcionario de la sanción de apercibimiento".
En la página 26100, en el epígrafe 6.3, se suprime el motivo cuarto de los enumerados.
En la página 26100, en el epígrafe 9.10, añadir a continuación el siguiente texto: "Incapacidad temporal y maternidad de la mujer trabajadora".
Madrid, 30 de julio de 1999.-
El Director general,
Ignacio Ruiz-Jarabo Colomer.
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