El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1.267/1999, interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, contra la disposición adicional séptima de la Ley 10/1998, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de la Ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso 24 de marzo de 1999, para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.
Madrid, 13 de abril de 1999.-El Presidente del Tribunal Constitucional, CRUZ VILLALÓN
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