El Tribunal Constitucional, por Auto de 13 de julio actual, ha acordado levantar la suspensión del artículo 44.1.b), c) y f) y mantener la de la disposición adicional primera, números 2 y 3, de la Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorro de Andalucía, cuya suspensión se produjo por proveído de 15 de febrero de 2000 y que fue publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 25 del mismo mes, dictado en el recurso de inconstitucionalidad número 453/2000, promovido por el Presidente del Gobierno, contra la mencionada Ley del Parlamento de Andalucía 15/1999.
Madrid, 13 de julio de 2000.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
CRUZ VILLALÓN
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