El Tribunal Constitucional, por providencia de 15 de febrero actual, ha admitido a trámite el Recurso de inconstitucionalidad número 453/2000, promovido por el Presidente del Gobierno contra las letras b), c) y f) del apartado primero del artículo 44 y los apartados 2.o y 3.o de la disposición adicional primera de la Ley del Parlamento de Andalucía 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorro de Andalucía. Y se hace saber que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso -26 de enero de 2000- para las partes y desde que aparezca la publicación de esta suspensión en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 15 de febrero de 2000.-El Presidente,
CRUZ VILLALÓN
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