El Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de mayo actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 2.521/2002, promovido por el Presidente del Gobierno contra el artículo 20.1, letras a) y f), de la Ley del Parlamento de Cataluña 10/2001, de 13 de julio, de Archivos y Documentos de Cataluña.
Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados, desde la fecha de interposición del recurso -24 de abril de 2002- para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el "Boletín Oficial del Estado" para los terceros.
Madrid, 21 de mayo de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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