El Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 3604-1999, promovido en relación con la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 704-1999, de 30 de abril, por el que se regulan los procedimientos de selección para el ingreso en los centros universitarios de los estudiantes que reúnan los requisitos legales necesarios para el acceso a la Universidad, declarándose extinguido el proceso.
Madrid, 3 de noviembre de 2004.-La Presidenta del Tribunal Constitucional,
CASAS BAAMONDE
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