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Documento BOE-A-2004-5482

Recurso de inconstitucionalidad número 5851-2003, interpuesto por el Presidente del Gobierno, contra la Ley del Parlamento de Cataluña 10/2003, de 13 de junio, de Mutualidades de Previsión Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 2004, páginas 13078 a 13078 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2004-5482

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional por Auto de 17 de marzo actual ha acordado, en el recurso de inconstitucionalidad número 5851-2003, interpuesto por el Abogado del Estado en representación del Presidente del Gobierno, levantar la suspensión de los artículos 1 ; 4 b), en cuanto al inciso "sin perjuicio de las operaciones de reaseguro o coaseguro que llevan a cabo en cualquier forma", 23.1 ; 25 y Disposición final 2.a de la Ley del Parlamento de Cataluña 10/2003, de 13 de junio, de Mutualidades de Previsión Social, cuya suspensión se produjo con la admisión del mencionado recurso y publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 262, de 1 de noviembre de 2003.

Madrid, a 17 de marzo de 2004.-El Presidente del Tribunal Constitucional,

JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 17/03/2004
  • Fecha de publicación: 26/03/2004
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el levantamiento de la suspensión de la vigencia en el Recurso 5851/2003, en relación con la Ley 10/2003, de 13 de junio (Ref. BOE-A-2003-20148) y (Ref. BOE-A-2003-14412).
Materias
  • Cataluña
  • Mutualidades de Previsión Social
  • Recursos de inconstitucionalidad
  • Seguros

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