El Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de abril actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 1916-2004, promovido por el Parlamento de Cataluña, en relación con la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial:
artículos 435.4 ; 437.5; 440; 458.2; 465.8; 470.2; 479.4, párrafos 2.º, 3.º y 4.ª ; 481.3, párrafo 2.º; 482.4 y 5 ; 483.3 y 4; 487.2, 2.º párrafo; 488.1; 489.2; 490.2, primer inciso ; 494; 500; 502, apartados 1 a 4 y 6; 504; 515 ; 516.B.2.ª 517; 518; 521.3 y 4; 522.2, segundo inciso ; 525; 529.1, párrafo 2.º; 530, segundo inciso; 531.2, 2.º párrafo ; 532.2; 527; 528 y 537, y disposición transitoria 5.a, apartados 1 y 2 ; disposición final 1.ª y 3.ª d.
Madrid, 27 de abril de 2004.-El Secretario de Justicia.
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