El Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de junio actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 3210-2005, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma de Mallorca en relación con el artículo 18.1 y 2 de la Ley Balear 11/2001, de 15 de junio, de ordenación de la actividad comercial, y a lo dispuesto en el artículo 43 del Real Decreto Ley 6/2000, de 23 de junio, por posible vulneración del artículo 149.1.3.ª de la Constitución.
Madrid, a 7 de junio de 2005.-El Secretario de Justicia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid