El Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en su artículo 4, viene a atribuir la competencia para efectuar las designaciones de las comisiones de servicio a la autoridad superior de la Entidad correspondiente. Con fecha 6 de mayo de 2005, por la Dirección General del Instituto Social de la Marina se dictó resolución sobre delegación de competencias referida a las autorizaciones de comisiones de servicio al extranjero, y en particular sobre la materialización formal de las correspondientes órdenes de viaje, haciéndose referencia en ella a la Orden de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, norma expresamente derogada por la Orden TAS/2268/2006, de 11 de julio, hecho éste que obliga a revisar la mencionada Resolución de 6 de mayo de 2005. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la Disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:
Primero.-Delegar en el Secretario General del Instituto Social de la Marina, respecto al personal destinado en la Entidad, la autorización de las órdenes de viaje al extranjero con derecho a indemnización por razón del servicio. En el caso de personal destinado en la Intervención Delegada en los Servicios Centrales de la Entidad dicha autorización se realizará a propuesta de la Interventora Delegada.
Segundo.-Delegar en los Directores Provinciales del Instituto Social de la Marina, respecto al personal destinado en las respectivas Direcciones Provinciales, la materialización formal de las órdenes de viaje al extranjero y la aprobación de la liquidación de gastos de viaje y dietas, previa autorización de la comisión de servicio por el Secretario General del Instituto Social de la Marina.
Tercero.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de septiembre de 2006.-El Director General del Instituto Social de la Marina, Eduardo González López.
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