Con fecha 22 de septiembre de 1999, se dictó por esta Dirección General Resolución mediante la cual se delegaban en Órganos Centrales y Provinciales de este Instituto el ejercicio de diversas competencias en materia de personal y de contratación administrativa, figurando entre las primeras la autorización de las comisiones de servicios en territorio nacional con derecho a indemnización, no así los desplazamientos al extranjero, cuya competencia está residenciada, por delegación de esta Dirección General, en la Secretaría General de la Entidad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado a) 1 del número uno del artículo 36 de la Orden de 21 de mayo de 1996, sobre delegación del ejercicio de competencia en los órganos administrativos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. En el espacio de tiempo transcurrido desde entonces se ha producido un paulatino incremento de los viajes al extranjero motivado por la participación de diverso personal de la entidad, en representación de ésta, en reuniones de organismos internacionales y en congresos o cursos organizados por este Instituto o en cuya organización colabora, hecho éste que motiva la emisión de la presente Resolución y que tiene como objetivo agilizar la tramitación de este tipo de comisiones de servicio. En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, dispongo:
Primero.-Delegar en los Directores provinciales del Instituto Social de la Marina, respecto al personal destinado en las correspondientes Direcciones provinciales, la materialización formal de las órdenes de viaje al extranjero y la aprobación de la liquidaciónn de gastos de viaje y dietas, previa autorización de la comisión de servicio por el Secretario general del Instituto Social de la Marina.
Segundo.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 2005.-El Director General, Eduardo González López.
Sr. Secretario general y Directores provinciales del Instituto Social de la Marina.
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