Las inversiones extranjeras en España y las inversiones españolas en el exterior están reguladas por el Real Decreto 664/1999, de 23 de abril, sobre inversiones exteriores, el Real Decreto 330/2003, de 14 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre, por el que se aprueba la Clasificación de Actividades Económicas (CNAE-93), la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización y la Resolución de la Dirección General de Comercio e Inversiones de 21 de febrero de 2002, por la que se aprueban los modelos impresos de declaración de inversiones exteriores cuando el obligado a declarar es el inversor o la empresa con participación extranjera y que sustituye a la Resolución de 30 de mayo de 2001, de esta Dirección General. Estas normas establecen las disposiciones aplicables a la tramitación y declaración de dichas inversiones disponiendo la utilización a estos efectos de determinados modelos impresos cuya aprobación se remite a una norma de rango inferior. La Orden, en su disposición final segunda, faculta a la Dirección General de Comercio e Inversiones para aprobar los modelos de impresos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior. Por Resolución de 21 de febrero de 2002 se aprobaron los modelos impresos para la declaración de las inversiones extranjeras en España y españolas en el exterior, así como para la presentación de las Memorias anuales, referidas ambas a inversiones, a que no se realicen en valores negociables a través de intermediarios financieros, ya que estas últimas fueron aprobadas por una Resolución independiente. La aprobación de la presente Resolución se justifica, en primer lugar, por la necesidad de ampliar y racionalizar la información sobre inversiones exteriores contenida en los modelos impresos: D-4 y D-8, correspondientes a las Memorias relativas al desarrollo de la inversión en sociedades españolas, y al desarrollo de la inversión en el exterior. Se trata, de una parte, de ajustar y seleccionar los datos solicitados a la explotación útil de los mismos, adaptándose al mismo tiempo a las recomendaciones de los organismos internacionales (FMI y OCDE) sobre las estadísticas de inversiones directas y de otra parte de facilitar en el futuro la presentación telemática de las declaraciones. En segundo lugar, la experiencia adquirida desde la entrada en vigor de la Resolución de 21 de febrero de 2002 en materia de explotación y análisis de los datos de las declaraciones ha puesto de manifiesto la necesidad corregir algunas expresiones e introducir algunas modificaciones no sustanciales en el enunciado de determinados casilleros de los impresos y en las instrucciones para su cumplimentación. Además se incorporan en esta Resolución las modificaciones en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas introducidas por el Real Decreto 330/2003, de 14 de marzo (BOE 2 abril 2003) así como la actual Tabla de países y monedas. En su virtud, haciendo uso de las autorizaciones conferidas en la Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001, dispongo:
Primero.-Se aprueban los impresos normalizados D-4 y D-8 para memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas y memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior, junto con las correspondientes instrucciones para su cumplimentación, cuyos modelos se publican como: Anexo I: Inversiones extranjeras en España: D-4: «Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales».
Anexo II: Inversiones españolas en el exterior:
D-8: «Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en el exterior».
Segundo.-Para cumplimentar los impresos anteriores deberán seguirse las instrucciones anexas a cada impreso y utilizarse los códigos de las tablas que acompañan a esta Resolución.
Tercero.-Los códigos de país, de Comunidades Autónomas, las claves de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) y los códigos de moneda, necesarios para cumplimentar los impresos, figuran como Anexo III de la presente Resolución. Cuarto.-Para efectuar las declaraciones, solamente podrán emplearse los formularios preimpresos, disponibles en el Registro General del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y en las Direcciones Territoriales y Provinciales de Comercio o los programas informáticos de ayuda que la Subdirección General de Inversiones Exteriores pone a disposición de los usuarios, a través del sitio web de la Secretaría de Estado de Turismo y Comercio (http://www.comercio.es). Quinto.-Queda derogada la Resolución de 21 de febrero de 2002 en lo relativo a los anexos I y II, en la parte concerniente a los modelos D-4 y D-8, y dichos modelos quedan sustituidos por los nuevos impresos que aprueba esta Resolución. Asimismo queda derogado el anexo IV de la Resolución de 21 de febrero de 2002, que queda sustituido por el anexo III que se incorpora a esta Resolución.
Sexto.-La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de julio de 2008.
Madrid, 3 de abril de 2008.-El Director General de Comercio e Inversiones, Óscar Vía Ozalla.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid