Padecido error en la inserción de la citada Ley, publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 163, de 7 de noviembre de 1983, a continuación se formula la oportuna rectificación:
En la página 3.727, en la segunda línea del primer párrafo de la exposición de motivos de la Ley, donde dice: «provado»; debe decir: «provocado».
[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 30, de 11 de febrero de 1984. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]
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