Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.
En esta materia, las actuaciones de la Organización deben ajustarse a las prescripciones del ordenamiento vigente, representado por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, modificada por la disposición adicional cuarta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social; por las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE en materia de cooperación, solidaridad y competitividad para la estabilidad de futuro de la ONCE para el período 2012-2021, aprobado por el Consejo de Ministros con fecha 18 de noviembre de 2011 y modificado mediante las Revisiones parciales aprobadas por el Consejo de Ministros el 25 de octubre de 2013, el 1 de agosto de 2014, el 10 de julio de 2015 y el 18 de diciembre de 2015; por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la ONCE la explotación de una lotería instantánea o presorteada, modificado por el Real Decreto 1706/2011, de 18 de noviembre y por el Real Decreto 1152/2015, de 18 de diciembre; y por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como por sus vigentes Estatutos, publicados por Orden SSI/924/2016, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, del 8 de junio de 2016.
De acuerdo a lo establecido en la normativa anterior, el Pleno del Consejo de Protectorado aprobó en su reunión de 26 de abril de 2016 los «Procedimientos y Criterios de Control comunes a las tres modalidades de lotería de las que es titular la ONCE» y en su reunión de 24 de julio de 2017 los «Procedimientos y Criterios de control de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE».
Conforme al referido marco de ordenación, la ONCE debe comunicar con antelación suficiente las condiciones de todas sus modalidades de lotería autorizadas al Consejo de Protectorado, como órgano al que corresponde el Protectorado del Estado sobre la Organización, para su conocimiento y verificación de que se cumplen los términos de la concesión estatal y demás normativa de general aplicación, así como para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores. Igualmente, la ONCE debe comunicar al Consejo de Protectorado las modificaciones de los Reglamentos reguladores de sus diferentes modalidades y productos de lotería, para su conocimiento y verificación de su conformidad a las normas de ordenación, antes mencionadas, procediendo a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.
En cumplimiento de las anteriores previsiones, la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE, en reunión extraordinaria de 20 de noviembre de 2017, ha verificado que los Acuerdos de 18 de octubre de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP 14/2017-3.2 sobre «Implantación de siete nuevos grupos de productos de Lotería instantánea, y modificación del reglamento regulador de los productos de la modalidad denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE» mediante la inclusión de siete nuevos apéndices» y CEP14/2017-3.4 sobre «aprobación de un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE», modificado parcialmente por la Resolución del Director General de la ONCE número 107/2017, de 20 de noviembre, cumplen con la normativa antes mencionada.
Mediante el acuerdo CEP 14/2017-3.2 se aprueba la implantación de siete nuevos grupos de productos de la modalidad de lotería instantánea:
– «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 2 (apéndice E-2018-01).
– «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2 (apéndice E-2018-02).
– «con mecánica uno o varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 2 (apéndice F-2018-01).
– «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 4 (apéndice F-2018-02).
– «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1 (apéndice F-2018-03).
– «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1 (apéndice F-2018-04).
– «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 1 (apéndice F-2018-05).
cuyas normas entrarán en vigor el 17 de enero de 2018, y tendrán una duración indefinida. No obstante, la fecha de comienzo de comercialización efectiva de cada producto la determinará, en su momento, el Consejo General de la ONCE, y se publicará en la resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE o en una resolución específica de dicho Órgano.
Mediante el acuerdo CEP14/2017-3.4, se aprueba un nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de boletos de la ONCE» que entrará en vigor el día 1 de enero de 2018.
En consecuencia, procede dar publicidad a los mencionados Acuerdos del Consejo General de la ONCE y al texto del nuevo Reglamento regulador de los productos de la modalidad de lotería denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», que se acompaña como Anexo a esta Resolución.
También, procede dar publicidad, como garantía de los consumidores, al Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General de la ONCE CEP.14/2017-3.3, de 18 de octubre, sobre «Lanzamiento de cuatro productos de lotería instantánea» que se detallan a continuación:
a) En soporte físico:
Nombre |
Apéndice del Reglamento |
Nombre de la mecánica |
Fecha de Inicio de Comercialización |
---|---|---|---|
Millonario 2018. |
F-2018-03 |
«Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1. |
17/01/2018 |
Mega Millonario. |
F-2018-05 |
«Con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 1. |
17/01/2018 |
b) En soporte electrónico:
Nombre |
Apéndice del Reglamento |
Nombre de la mecánica |
Fecha de Inicio de Comercialización |
---|---|---|---|
Millonario 2018 electrónico. |
E-2018-01 |
«Con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 2. |
17/01/2018 |
Mega Millonario electrónico. |
E-2018-02 |
«Con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2. |
17/01/2018 |
Los cuatro productos tendrán las características de los grupos de productos regulados en los apéndices correspondientes reseñados anteriormente, aprobados por la Comisión Ejecutiva Permanente del Consejo General el 18 de octubre de 2017, mediante acuerdo CEP.14/2017-3.2., verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión extraordinaria de 20 de noviembre de 2017, cuyo contenido se encuentra en el Anexo que acompaña a esta Resolución.
Por último la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado celebrada el 20 de noviembre de 2017 ha acordado dar publicidad a la Resolución del Director General de la ONCE número 89/2017 de 11 de octubre de 2017, por la que se dispone la finalización de los siguientes productos de lotería instantánea:
1.º «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 8, denominado comercialmente «Millonario»
2.º «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 9, denominado comercialmente «Millonario electrónico»
3.º «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 2, denominado comercialmente «MotoGP 2017»
4.º «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 3, denominado comercialmente «MotoGP 2017 electrónico».
La fecha de finalización de la comercialización de los boletos de los productos de lotería instantánea señalados en los puntos 1.º, 3.º y 4.º anteriores será el 31 de enero de 2018 y la fecha límite para el abono de premios será el 2 de marzo de 2018. La fecha de finalización de la comercialización de los boletos del producto de lotería instantánea señalado en el punto 2.º anterior será el 16 de enero de 2018 y la fecha límite para el abono de premios será el 15 de febrero de 2018.
Madrid, 20 de noviembre de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.
PREÁMBULO
Con base en lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2011, de 29 de marzo de Economía Social, que declara a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) como organización singular de economía social, la ONCE es una Corporación de Derecho Público de carácter social; que se rige por su normativa específica propia y cuyos fines sociales se dirigen a la consecución de la autonomía personal y plena integración de las personas ciegas y con deficiencia visual grave; mediante la prestación de servicios sociales, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar y de autoorganización; caracterizada en su actividad social, económica y empresarial, por los principios y valores de la solidaridad, la ausencia de ánimo de lucro y el interés general; que ejerce en todo el territorio español funciones delegadas de las Administraciones Públicas, bajo el Protectorado del Estado; y que, para la financiación de sus fines sociales, goza de un conjunto de autorizaciones públicas en materia de juego.
Asimismo, de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, las loterías de ámbito estatal han quedado reservadas a los operadores que se designan por la propia ley, lo que se ha materializado en su disposición adicional primera, que designa a la ONCE como uno de los dos operadores que pueden comercializar productos de loterías de ámbito estatal.
Además, la disposición adicional segunda de la Ley 13/2011, reconoce que por la singularidad de su naturaleza de Corporación de Derecho Público y de carácter social, y como operador de juego de reconocido prestigio sujeto a un estricto control público, la ONCE seguirá rigiéndose, respecto de los juegos y modalidades autorizados en cada momento y enmarcados en la reserva de las actividades de juego de lotería, por la disposición adicional vigésima de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, por el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la ONCE (actualmente Acuerdo General para el período 2012-2021 aprobado por el Consejo de Ministros el 18 de noviembre de 2011), así como por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE; por sus vigentes Estatutos, por la propia disposición adicional segunda de la Ley 13/2011, por el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, y demás normativa específica aplicable a la ONCE o que pudiera aprobarse al efecto.
De acuerdo con el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre (modificado parcialmente por los Reales Decretos 1706/2011, de 18 de noviembre y 1152/2015, de 18 de diciembre), por el que se autoriza a la ONCE a la explotación de una lotería instantánea o presorteada, por el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, de Reordenación de la ONCE, así como sus vigentes Estatutos, la ONCE está autorizada para comercializar una lotería de ámbito estatal denominada genéricamente como «lotería instantánea o presorteada», atribuyéndose a la ONCE la dirección, organización y explotación de dicha lotería en los términos establecidos en el mencionado Real Decreto 1336/2005.
El Consejo General de la ONCE está facultado por la normativa vigente para adoptar libremente cuantas medidas comerciales precise para la explotación de esta modalidad de lotería, siempre dentro de los límites establecidos por el citado Real Decreto 1336/2005 en cuanto al precio del boleto, al porcentaje de premios asignado por cada serie y al volumen máximo de venta y emisión.
En virtud de estas facultades, el Consejo General de la ONCE aprobó en enero de 2006 el comienzo de la comercialización de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE», cuya regulación aparece reflejada en el presente Reglamento.
La participación en los productos de esta modalidad de lotería está sujeta a las prohibiciones y a las verificaciones y controles que se establecen en la normativa aplicable, que quedan recogidos en el presente Reglamento.
Esta lotería se comercializa en dos soportes: físico y electrónico. En el soporte físico la principal característica es la utilización como soporte de boletos emitidos en papel en los que una o varias partes de cada boleto, denominada cada una de ellas área de juego, está cubierta con una capa de látex, que al rascarla descubre al jugador el posible premio, o permite al jugador actuar con sistemas adicionales en cualquier tipo de dispositivo para conocer el premio. En el soporte electrónico se mostrará mediante una animación informática el área o áreas de juego a desvelar por el jugador, utilizando para ello diferentes recursos, similares a la acción de revelado físico.
La comercialización de los productos de esta modalidad de lotería se podrá realizar asimismo mediante la utilización de cualquier otra forma de participación cuyo soporte sea material, informático, telemático, telefónico o interactivo que exista o que pueda existir en el mercado, que preste una garantía plena a los consumidores y a la protección de los menores de edad, de acuerdo con la legislación vigente. Para la introducción de estos nuevos soportes se aprobará, en su momento, una modificación en el presente Reglamento, que contendrá la regulación de los nuevos aspectos necesarios para su implantación plena.
La comercialización de los boletos físicos de la modalidad de lotería denominada «Lotería instantánea de boletos de la ONCE», se realizará por medio de los puntos de venta autorizados, entendiendo como tales a los agentes vendedores con relación laboral con la ONCE y a otras personas físicas o jurídicas de su red comercial externa que hayan suscrito con la ONCE un acuerdo para su comercialización y sin perjuicio de su distribución a través de otros canales, en los términos previstos en la normativa aplicable.
La ONCE aplicará sobre los premios obtenidos la retención que determine la normativa fiscal vigente en cada momento, según se indicará en el presente Reglamento.
El presente Reglamento consta de dos partes: una parte articulada, con estabilidad en el tiempo, que contiene las condiciones generales de comercialización de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE» y otra parte dinámica donde se recogen los Apéndices numerados, los cuales contienen las características específicas de cada grupo de productos, tales como soporte, precio del boleto, porcentaje y distribución de premios por serie, mecánica de funcionamiento del producto y todas aquellas cuestiones que se consideren necesarias. Las normas reguladas en los Apéndices tendrán vigencia desde la fecha indicada en cada uno de ellos y una duración indefinida, en tanto no se deroguen, si bien la fecha de comienzo de comercialización efectiva de cada producto, la determinará el Consejo General de la ONCE y se publicará en una Resolución de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado, sobre los productos de lotería de la ONCE.
Debido a la evolución constante del mercado y, por consiguiente, de la cartera de productos, la parte del Reglamento que contiene los Apéndices está sujeta a constantes variaciones en el tiempo, por lo que el Consejo General de la ONCE aprobará con periodicidad anual una versión actualizada de los Apéndices vigentes, la cual será verificada por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores.
TEXTO ARTICULADO
1.1 El presente Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones por las que se rige la compra de boletos de la modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE» y sus productos.
1.2 La modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE» consiste en la posibilidad de obtención de un premio previamente determinado, conforme al programa de premios establecido al efecto, el cual está definido o representado gráficamente en el boleto adquirido por el jugador y es invisible para dicho jugador hasta que éste proceda a su revelado, ya sea mediante el raspado de la capa de látex que cubre el área o áreas de juego del boleto físico, o en la forma análoga que se determine en cada uno de los productos en soporte electrónico.
1.3 Existen dos tipos de soporte para los productos de la modalidad de lotería instantánea: boletos impresos físicamente y boletos electrónicos representados de forma gráfica en Internet, a través de la página Web oficial de juego de la ONCE (www.juegosonce.es).
1.4 La implantación de nuevos soportes para la comercialización de lotería instantánea o presorteada, sean electrónicos, telemáticos o interactivos, se regulará mediante una modificación del presente Reglamento.
1.5 La unidad de producto de la modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE» representada mediante soporte físico se denomina «boleto físico». La unidad de producto en soporte electrónico, se denomina «boleto electrónico». El término boleto se utiliza indistintamente para denominar a la unidad de producto de ambos soportes.
1.6 La compra de los boletos de los productos de la modalidad de lotería instantánea, implica el conocimiento del presente reglamento por parte de los compradores y su adhesión a las normas incluidas en el mismo, quedando sometidas todas las acciones de juego a dichas normas.
1.7 En el caso de los boletos electrónicos adquiridos a través de la página Web oficial de juego de la ONCE, la compra supone, asimismo, el conocimiento y adhesión a las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE».
2.1 Con base en lo dispuesto en la normativa vigente, el Consejo General de la ONCE podrá aprobar la comercialización de diferentes grupos de productos de la modalidad de lotería denominada «lotería instantánea de boletos de la ONCE» que se diferenciarán entre sí en función de alguna de las siguientes características: el precio del boleto, la estructura de premios, la mecánica de funcionamiento del producto o el soporte de comercialización.
2.2 El acuerdo del Consejo General de la ONCE, por el que se determinen las condiciones particulares de cada grupo de productos de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE», una vez verificado por el Consejo de Protectorado, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» como garantía de los consumidores y se integrará en la segunda parte del presente Reglamento como Apéndice diferenciado. El acuerdo del Consejo General de la ONCE expresará para cada grupo de productos, al menos, el número de boletos de cada serie, el precio, la estructura y el porcentaje destinado a premios por serie, la mecánica de funcionamiento del producto, el soporte y la fecha de vigencia del Apéndice.
2.3 En acuerdo o acuerdos independientes del mencionado en el punto anterior, la ONCE fijará las fechas de inicio efectivo de comercialización y, en su caso de finalización y el nombre de cada producto concreto de «lotería instantánea de boletos de la ONCE».
2.4 La emisión de cada producto de «lotería instantánea de boletos de la ONCE» estará fraccionada en series de boletos. El número de boletos que contiene cada serie se fijará en el Apéndice de cada producto. El número de series que componen la emisión global de un producto será variable.
2.5 El volumen de emisión de los distintos productos de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE» respetará el límite de emisión anual establecido en el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre.
2.6 En la Resolución trimestral de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado sobre los productos de lotería de la ONCE publicada en el «Boletín Oficial del Estado», se citará la normativa por la que se rige la «lotería instantánea de boletos de la ONCE», y la relación de productos que se van a comercializar en ese trimestre.
2.7 Si una vez publicada la fecha de lanzamiento de un producto o el calendario de productos contemplados en los apartados 2.3 y 2.6 anteriores, no fuera posible, por razones de fuerza mayor, el inicio de la comercialización de alguno de los productos de lotería instantánea, se comunicará este extremo en la página Web oficial de juego de la ONCE, mediante Resolución del Director General de la ONCE, indicando la fecha prevista en la que comenzará la comercialización del producto. Mediante Resolución de la Presidencia de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado (específica o de modificación de la Resolución Trimestral mencionada en el apartado 2.6 anterior), se dará publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de la imposibilidad de lanzamiento de dicho producto en la fecha inicialmente aprobada y la nueva fecha prevista de inicio de la comercialización.
3.1 La comercialización de los boletos físicos de la lotería instantánea se realizará por medio de puntos de venta autorizados, sin perjuicio de su distribución a través de otros canales, en los términos previstos en la normativa aplicable.
3.2 Se consideran puntos de venta autorizados, los agentes vendedores con relación laboral con la ONCE y las personas físicas o jurídicas contempladas en el artículo 5 de este Reglamento.
3.3 La comercialización de los boletos electrónicos de lotería instantánea se realizará por medio de la página Web oficial de juego de la ONCE.
4.1 El terminal punto de venta es cualquier terminal o solución informática, debidamente homologado por la ONCE, que asegure la conexión en línea entre los puntos de venta autorizados y el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE. En caso de que sea necesario, los terminales punto de venta estarán adaptados para su operación por personas con discapacidad visual o con otro tipo de discapacidades.
4.2 Junto con otras tareas administrativas, el terminal punto de venta se utilizará por los puntos de venta para la validación de boletos físicos premiados y para el registro de su pago.
5.1 La ONCE podrá suscribir acuerdos con personas físicas o jurídicas distintas de sus agentes vendedores, para la comercialización de boletos físicos de los productos de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE». Cada una de estas personas podrá contar con uno o varios puntos de venta.
5.2 Mediante dichos acuerdos, la ONCE facultará a los puntos de venta de estas personas físicas o jurídicas a vender boletos físicos de los productos de lotería instantánea regulados en este Reglamento y a pagar premios de los productos de lotería instantánea en los términos contemplados en el artículo 15.5 de este Reglamento.
5.3 Cada uno de los puntos de venta de estas personas físicas o jurídicas contará con un terminal punto de venta conectado al Sistema Central de Control de Juego de la ONCE, para la validación de los boletos físicos premiados, para el registro de su pago y para efectuar otras tareas administrativas.
5.4 En los acuerdos mencionados en los párrafos 1 y 2 anteriores, los puntos de venta se comprometerán expresamente a respetar toda la normativa de juego de la ONCE, y en especial la referida a la seguridad de los procesos y a la política de juego responsable.
5.5 La ONCE mantendrá la titularidad de la modalidad de lotería instantánea en todos sus aspectos: aprobación y modificación de productos, precios, estructura de premios, mecánicas de juego, Reglamento, soportes, sistemas de control, etc.
5.6 Los boletos físicos de lotería instantánea en poder de los puntos de venta, serán propiedad de la ONCE hasta el momento en que se grabe en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE el inicio de la venta del libro de boletos al que pertenecen.
6.1 Queda prohibida la compra de los productos de lotería Instantánea de la ONCE y el cobro de premios, cualquiera que sea su soporte de comercialización, a las siguientes personas:
a) Los menores de 18 años de edad.
b) Las personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que se establezca en la normativa civil.
c) Las personas físicas vinculadas a la ONCE en materia de juego.
d) Cualesquiera otras personas que establezca la normativa vigente en cada momento.
Asimismo, también queda prohibida la compra de los productos de lotería instantánea de la ONCE, cualquiera que sea su soporte de comercialización, a las personas que voluntariamente hubiesen solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme, lo que llevará asociado la imposibilidad del cobro de premios en los términos contemplados en el artículo 15.
Tanto las personas incapacitadas legalmente o por resolución judicial, de acuerdo con lo que se establezca en la normativa civil, como aquéllas que voluntariamente hubiesen solicitado que les sea prohibido el acceso al juego o que lo tengan prohibido por resolución judicial firme, deberán estar inscritas en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego que se contempla en el artículo 6 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de regulación del juego.
Las personas incluidas en el apartado c) anterior deberán estar inscritas en el Registro de personas físicas vinculadas a la ONCE en materia de juego.
El contenido y criterios de gestión y funcionamiento del Registro de personas físicas vinculadas a la ONCE en materia de juego será aprobado por el Consejo General de la ONCE, publicándose en la página Web oficial de juego de la ONCE.
6.2 Queda igualmente prohibida la venta al público de los boletos físicos de lotería instantánea en el interior y entradas de los centros escolares.
6.3 Los puntos de venta autorizados informarán sobre las prohibiciones contempladas en los apartados 6.1 y 6.2 anteriores así como sobre los efectos perjudiciales de las prácticas no adecuadas de juego.
La aplicación de dichas prohibiciones se ajustará a los procedimientos que fije la ONCE mediante normativa interna.
7.1 El boleto físico de «lotería instantánea de boletos de la ONCE» constituye el documento o título con el que el jugador participa en el juego. En su confección, la ONCE garantiza su inviolabilidad y su carácter infalsificable, la distribución aleatoria pero cierta de los premios del juego y el desconocimiento de los boletos premiados, hasta el momento de su revelado.
7.2 El boleto físico estará identificado por el «código del boleto», formado por la combinación de los siguientes:
– Código de identificación: Combinación de 26 números que aparecerá en el reverso del boleto.
– Código Pin: Combinación de 4 números que aparecerá en el anverso del boleto, y que junto con el código de identificación determinará si un boleto está premiado y el posible importe del premio.
Adicionalmente aparecerá un código bidimensional que, conteniendo el código del boleto en caracteres gráficos, permitirá la lectura automática del premio. El código bidimensional se presentará cubierto por una capa de látex en el anverso del boleto.
7.3 Se denomina «área de juego» a aquella parte del boleto físico en la que permanece oculto el grafismo del posible premio determinado según la mecánica de funcionamiento de cada producto. En el boleto físico esta área presentada en el anverso, está cubierta por una capa de látex, ocultando el posible premio y el código pin. En cada boleto puede haber una o más áreas de juego, y cada área puede contar con una o varias «zonas de juego» y con una o varias «jugadas».
7.4 El «código del boleto», formado por la combinación del código de identificación y el código pin, será único y biunívoco para cada boleto físico, y será asignado por la empresa proveedora de los boletos. El carácter biunívoco se predica respecto de la correspondencia única y absoluta entre los datos grabados para cada boleto físico en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE y los reflejados en cada boleto físico.
7.5 La falta o manipulación del «código del boleto» físico y del código bidimensional supone la pérdida de validez del boleto, sin derecho a ningún premio ni al reintegro del importe del boleto.
7.6 En el anverso del boleto físico estarán impresos, al menos, los siguientes elementos comunes:
a) Logotipo identificativo del producto.
b) Un mensaje breve con la mecánica de funcionamiento del producto que identificará claramente el área o áreas de juego.
c) El precio unitario de cada boleto.
d) Una o varias áreas de juego, cubiertas por una capa de látex, con las zonas expresamente delimitadas que pudieran corresponder, y diferenciando la localización por la existencia de indicativos, por su ubicación y por su color.
e) Código de fabricación, sin validez para el jugador.
f) El código bidimensional que permite conocer el premio cubierto por la capa de látex.
8.1 El boleto electrónico como soporte electrónico de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE» constituye el documento o título electrónico con el que el jugador participa en el juego. En su confección, la ONCE garantiza su inviolabilidad y su carácter infalsificable, la distribución aleatoria pero cierta de los premios del juego y el desconocimiento de los boletos premiados, hasta el momento de su revelado.
8.2 El boleto electrónico estará identificado por el «código de boleto electrónico», identificador único que le será asignado por el Sistema Central de juego de la ONCE, de forma aleatoria, en el momento de la compra.
8.3 El «código del boleto electrónico» es único y biunívoco para cada boleto, y es asignado por el «generador aleatorio de numeración». El carácter biunívoco se predica respecto de la correspondencia única y absoluta entre los datos grabados para cada boleto electrónico en la página Web oficial de juego de la ONCE como parte del Sistema Central de Control de Juego de la ONCE y los reflejados en cada boleto electrónico.
8.4 Se denomina «área de juego» a aquella parte del boleto electrónico, en la que permanece oculto el posible premio determinado mediante una mecánica de funcionamiento. En cada boleto electrónico puede haber una o más áreas de juego, y cada área puede contar con una o varias «zonas de juego» y con una o varias «jugadas».
8.5 La manipulación de la imagen del boleto electrónico o del código visualizado supone la pérdida de validez del boleto, sin derecho a ningún premio ni al reintegro del importe del mismo.
8.6 Los boletos en soporte electrónico están formados, al menos, por los siguientes elementos:
a) Logotipo identificativo del producto de lotería instantánea.
b) Los mensajes necesarios que aseguren la comprensión de la mecánica del juego.
c) El precio unitario de cada boleto.
d) Una o varias áreas de juego con las zonas o jugadas delimitadas que pudieran corresponder.
e) «Código de boleto electrónico» formado por 20 dígitos.
8.7 Los boletos en soporte electrónico se generan en el momento de la compra por el «generador aleatorio de numeración», pasando en dicho momento a formar parte de un fichero electrónico certificado a los efectos de auditoría posterior.
8.8 El «generador aleatorio de numeración», cuyo algoritmo y confidencialidad están debidamente certificados por una empresa externa, diferente de la desarrolladora del mismo, garantizará la distribución correcta del programa de premios para cada serie de cada uno de los productos.
8.9 Existirá un fichero electrónico certificado para cada una de las fechas de comercialización para el soporte electrónico, que contendrá, al menos, el «código del boleto electrónico», el producto, la fecha y hora de compra, la fecha y hora en la que se desvela el juego, el resultado del boleto, la categoría de premios, en su caso, y el código del cliente de compra.
8.10 El fichero certificado de compra de boletos, se tratará por la ONCE con los máximos criterios de seguridad y confidencialidad. Además, la ONCE entregará mensualmente, una copia de cada fichero certificado diario a un fedatario público o a un tercero independiente, que se encargará de su custodia, al menos durante el año siguiente a la fecha de compra, así como, en su caso, en aquellos supuestos a que hubiere lugar, de conformidad con el presente Reglamento y la legislación aplicable.
9.1 Junto con los boletos físicos de «lotería instantánea de boletos de la ONCE», la empresa proveedora de boletos de lotería instantánea suministrará a la ONCE, por cada pedido de series, un fichero informático que contendrá la codificación de los boletos premiados, consistente en una parte del código de identificación y los cuatro dígitos del código pin.
9.2 El acceso a dicho fichero se realizará mediante un algoritmo propiedad de la empresa proveedora, impidiendo así cruzar la información con carácter previo al revelado del boleto por el jugador.
9.3 El fichero de códigos de identificación, se tratará por la ONCE siguiendo criterios de seguridad y confidencialidad. Esta misma norma se exigirá a la empresa proveedora de los boletos, la cual custodiará una copia de cada fichero entregado. Además, la ONCE entregará otra copia de cada fichero a un fedatario público o a un tercero independiente, que se encargará de su custodia, al menos, hasta la fecha de finalización del producto, así como, en su caso, en aquellos supuestos a que hubiere lugar de conformidad con el presente Reglamento y la legislación aplicable.
9.4 Una vez cargado el fichero en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE, la Dirección General de la ONCE aplicará estrictas medidas de seguridad, de acuerdo con los estándares existentes en cada momento en el mercado.
10.1 La mecánica de funcionamiento de cada producto comercializado en boletos físicos, se describirá en el Apéndice correspondiente, y figurará brevemente en el anverso del boleto físico.
10.2 Una vez adquirido el boleto físico, y con el fin de descubrir si está premiado y, en su caso, el importe del premio, el sistema para descubrir los premios consistirá en que el jugador proceda al rascado de la capa de látex que cubre el área o áreas de juego del boleto, según la mecánica de funcionamiento del producto. Además, se podrá hacer uso de sistemas adicionales en cualquier tipo de dispositivo que faciliten medios para descubrir los premios del boleto físico. En todo caso, con independencia del sistema que se utilice para descubrir el posible premio, para el pago de premios se aplicará lo dispuesto en el artículo 15.2 de este Reglamento.
11.1 La mecánica de funcionamiento de cada producto comercializado en soporte electrónico, se describirá en el Apéndice correspondiente, y al menos en las pantallas de acceso al producto correspondiente, debiendo estar disponible en el proceso de revelado del juego.
11.2 Una vez adquirido el boleto, detraído el importe del boleto de la cuenta virtual del jugador, y confirmada dicha adquisición por el Sistema Central de Control de Juego, el «generador aleatorio de numeración» determina si el boleto está o no premiado y, en su caso, el importe del premio; siendo dicha circunstancia no conocida por el jugador hasta que proceda a desvelar o revelar el área o áreas de juego del boleto, según la mecánica de funcionamiento del producto.
11.3 El sistema para descubrir los premios consiste en aplicar la mecánica de funcionamiento del producto mediante procesos de desvelado o revelado. Algunos productos podrán contar con un botón «jugar por mi» o «juego automático» de modo que el desvelado o relevado sea automático.
11.4 En el supuesto de que por incidentes técnicos o que por decisión propia del usuario, se produjera la desconexión de la página Web, antes de proceder al revelado del boleto, éste quedará pendiente de revelado hasta que el cliente se conecte de nuevo a la Web de juego. Si transcurrida la fecha de compra, el cliente no revelase el boleto, la ONCE podrá hacerlo automáticamente ingresando en la cuenta virtual del jugador la cantidad premiada, en su caso.
11.5 El boleto electrónico podrá adquirirse, a través de la página Web oficial de juego de la ONCE, conforme a las normas específicas que se regulan en el presente Reglamento y de acuerdo a las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE».
12.1 Para poder adquirir por Internet productos de lotería instantánea de la ONCE, el cliente deberá registrarse de forma previa a la compra en la página Web oficial de juego de la ONCE.
12.2 En el proceso de registro se verificará su identidad y edad, y se comprobará que no se encuentra incurso en ninguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 6 del presente Reglamento. Además, el cliente deberá aceptar expresamente las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE».
12.3 A efecto de dar cumplimiento a lo que se establece en el apartado anterior, la ONCE verificará la identidad de los solicitantes a través del «Sistema de Verificación de Identidad de los Participantes» de la Dirección General de Ordenación del Juego (Ministerio de Hacienda y Función Pública), así como su no inscripción en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego y en el Registro de personas físicas vinculadas a la ONCE en materia de juego.
12.4 En caso de que no sea posible verificar la identidad del solicitante o éste se encuentre inscrito en cualquiera de los Registros anteriormente indicados, se denegará el registro de mismo como usuario de la página Web de oficial de juego de la ONCE.
12.5 La ONCE verificará periódicamente que los usuarios de la página Web oficial de juego de la ONCE no se encuentran inscritos en los Registros a que se refiere el artículo 12.3. anterior. En caso de que se compruebe su inclusión en cualquiera de los citados registros, la ONCE suspenderá el registro del usuario y prohibirá su participación en los productos regulados en el presente Reglamento.
12.6 La relación del usuario de Internet con la ONCE se regirá por las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE» y, en concreto, por lo siguiente:
a) El usuario de Internet dispondrá de una cuenta virtual de carácter confidencial y accesible solamente por el usuario y por la ONCE.
b) En la cuenta virtual de cada usuario quedarán reflejados los ingresos efectuados por el usuario para la compra de productos de lotería de la ONCE, las compras de boletos electrónicos, así como los premios obtenidos. Para formular sus compras por Internet, el usuario deberá utilizar la funcionalidad destinada al efecto en la página Web oficial de juego de la ONCE.
c) El usuario tendrá un registro en su cuenta virtual con la confirmación de que su orden de compra se encuentra realizada.
d) El usuario podrá visualizar su compra en las áreas de registro habilitadas para ello dentro del perfil de usuario, así como en los extractos de compra los cuales podrá imprimir y tendrán plena validez como comprobantes de su participación, siempre que los datos registrados coincidan exactamente con el extracto impreso.
e) Todas las transacciones de compra quedarán registradas en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE. En dicho registro constarán los boletos electrónicos efectivamente comprados, el importe, la fecha, la hora, la sesión de compra y el código de control.
f) El usuario tendrá en todo momento acceso a través de la página Web oficial de juego de la ONCE a la información sobre los boletos comprados, bien ya desvelados bien por desvelar.
g) El usuario podrá acceder a la página Web oficial de juego de la ONCE, a través de otras páginas Web autorizadas por la ONCE, actuando dichas páginas como mecanismo de información o pasarela de entrada. En este caso, queda garantizado que todas las transacciones del usuario, relativas a la cuenta virtual, compra, revelado de los boletos electrónicos y cobro de premios, y cualesquiera otra operación de análoga naturaleza, se ejecutarán exclusivamente en la página Web oficial de juego de la ONCE.
13.1 Los boletos en soporte físico que, siendo propiedad de la ONCE, hayan sido robados, sustraídos, perdidos, deteriorados, o cualquier otra circunstancia similar, procederán a anularse, no participando en el juego. Dichos boletos serán publicados en la página Web oficial de juego de la ONCE, como garantía de los consumidores, estando prohibida la venta de los mismos.
13.2 No podrán venderse los boletos de un producto después de la fecha de finalización del producto regulada en el artículo 19 de este Reglamento.
13.3 Los jugadores podrán rechazar aquellos boletos físicos rascados parcialmente en los que se aprecie total o parcialmente el premio, el código pin, o el código bidimensional.
13.4 Adquirido el boleto por el jugador, la comprobación de la existencia o no del premio se realizará de acuerdo con la mecánica de funcionamiento regulada en el Apéndice del producto.
13.5 En el caso de los boletos electrónicos adquiridos por Internet, la operación se considerará formalizada siempre y cuando se finalice la compra, utilizando para ello el saldo de la cuenta virtual.
13.6 Una vez que el receptor haya hecho entrega del boleto físico al jugador o éste haya validado la compra del boleto electrónico formulada por Internet, a través de la página Web oficial de juego de la ONCE, conforme a los procedimientos establecidos en las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE», ésta no podrá ser anulada.
14.1 El precio unitario por boleto y el porcentaje y estructura de premios por serie de cada producto será fijado por el Consejo General de la ONCE, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos.
14.2 El porcentaje de premios se calculará para cada serie. Los premios de los boletos en soporte físico premiados, serán determinados en el momento de la fabricación e impresión de los mismos, mientras que los premios de los boletos en soporte electrónico serán determinados en el momento de proceder a su comercialización. En ambos casos serán asignados de forma aleatoria entre los boletos que conforman cada serie. El porcentaje de premios será el mismo para todas las series del mismo producto.
14.3 Cada serie de boletos de un producto tendrá varias categorías de premios. Los premios se ordenan por categorías de mayor a menor, correspondiendo la primera categoría al premio de mayor cuantía. Las categorías de premios podrán variar según el producto de que se trate.
14.4 El precio del boleto, el porcentaje de premios por serie y la estructura de premios, con indicación de cada una de las categorías de premios de cada producto, aparecerán regulados en el Apéndice a este Reglamento correspondiente a dicho producto.
15.1 Únicamente podrán ser pagados aquellos boletos premiados que participen en el juego según lo que se establece en el artículo 13 del presente Reglamento.
15.2 El boleto físico premiado es pagadero al portador contra su presentación y entrega, no pudiendo sustituirse por ningún otro documento o testimonio. Este criterio también es aplicable cuando el boleto físico contenga sistemas adicionales para descubrir los premios del boleto físico según lo establecido en el artículo 10.2.
A estos efectos, se entenderá que el perceptor del premio es quien solicita su abono, salvo que, en el momento de la solicitud de abono de premios, se presente documentación suficiente que acredite que actúa en representación de un tercero o de terceros. En el caso de cotitularidad del boleto premiado, se considerará perceptores a todos los cotitulares, aplicándose lo regulado en el apartado 13 de este artículo.
15.3 Los boletos premiados adquiridos en Internet, son pagaderos al usuario registrado como titular de dicho boleto conforme a las normas y procedimientos establecidos en las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE» y al presente Reglamento.
15.4 El pago de los premios de los boletos físicos de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE» podrá gestionarse en los Centros de la ONCE, que actualmente son las Delegaciones Territoriales, Direcciones de Zona, Direcciones de Apoyo y Agencias; así como en aquellas Entidades de Crédito con las que la ONCE haya concertado este servicio, durante el horario que cada una tenga habilitado a tal efecto, previa presentación y entrega del boleto premiado, único documento válido para acreditar el premio.
15.5 Los puntos de venta podrán abonar boletos físicos premiados por cuantías que no superen los doscientos euros (200 €) o canjear el importe del premio hasta dicho límite por otros productos de lotería autorizados que la ONCE les hubiera entregado para su comercialización.
15.6 El pago de los boletos premiados adquiridos por Internet, se gestionará exclusivamente a través de la página Web oficial de juego de la ONCE, abonándose en la cuenta virtual del usuario.
15.7 En los boletos adquiridos en soporte físico, la ONCE abonará el importe de los boletos premiados mediante transferencia bancaria, excepto en los boletos con premio inferior a seiscientos euros (600 €) en los que podrá efectuar el pago en efectivo.
15.8 En todos aquellos premios iguales o superiores a dos mil quinientos euros (2.500 €), cuyo soporte sea un boleto impreso físicamente, la ONCE exigirá la identificación completa del perceptor y verificará que es mayor de edad mediante consulta al Sistema de Verificación de Identidad de la Dirección General de Ordenación del Juego, y en caso de personas físicas no residentes en España cuya identidad y edad no se pueda acreditar mediante consulta al citado Sistema, mediante el pasaporte o documento de identificación de su país, tarjeta de residencia, o cualquier otro documento admitido en Derecho.
Asimismo, la ONCE comprobará que el perceptor no está inscrito en ninguno de los Registros a que se refiere el apartado 6.1. del presente Reglamento. En lo relativo a la verificación de su inclusión en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego, se considerará tanto el estado en el momento de la verificación como el que tenía en el momento de la adquisición del boleto, salvo prueba en contrario admitida en derecho aportada por el perceptor.
Además, en virtud de lo previsto en la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, para los premios que superen la cuantía prevista en dicha normativa, la ONCE comprobará que el perceptor no figura entre las personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas reconocidas como tales en una disposición o resolución adoptada por el Órgano competente de la Unión Europea, suspendiendo el abono del premio en caso contrario.
15.9 Asimismo, en ningún caso se abonarán premios inferiores a dos mil quinientos euros (2.500 €) a menores de edad.
15.10 En los supuestos en que exista un procedimiento judicial sobre la titularidad de un boleto premiado y por el órgano jurisdiccional pertinente fuese ordenada la paralización del pago del premio antes de que se hubiese satisfecho el premio al perceptor la ONCE suspenderá el pago del premio, hasta que recaiga resolución firme en el procedimiento judicial, sin que la ONCE tenga la obligación de abono de intereses o indemnización de ningún tipo con motivo de la suspensión del pago acordado por dicho procedimiento judicial.
Asimismo, la ONCE podrá paralizar el pago del premio en aquellos supuestos en los que se tenga constancia, por cualquier medio, de que la titularidad del boleto está siendo investigada por un órgano competente o por la propia ONCE, o haya sido cuestionada o discutida por cualquier tercero, existiendo indicios razonables que sustentan su pretensión. La suspensión se mantendrá hasta que se determine a quién corresponde la titularidad del boleto, sin que la ONCE tenga la obligación de abono de intereses o indemnización de ningún tipo con motivo de la suspensión del pago.
En todos los demás casos, el pago efectuado al portador del boleto premiado eximirá de cualquier otra responsabilidad a la ONCE.
15.11 La ONCE no asumirá obligaciones por convenios concertados por terceros con la persona que presente al cobro el boleto en soporte físico o por el titular de los boletos electrónicos adquiridos en Internet.
15.12 No corresponderá premio alguno a los boletos a los que se refiere el apartado 13.1. de este Reglamento.
15.13 Sin perjuicio de la aplicación de las normas previstas en el presente artículo 15 y en el artículo 16, el pago de premios en los que han resultado agraciadas más de una persona, se realizará conforme a las siguientes reglas:
a) La ONCE reconocerá el pago de un premio con varios perceptores siempre que en el momento de presentar el boleto premiado al cobro, se acredite en la documentación que se facilite a los perceptores esta circunstancia, debiendo constar en la citada documentación la firma de cada uno de los cotitulares del boleto premiado, así como el importe del premio que corresponde a cada uno de ellos.
b) Una vez acreditada la cotitularidad del boleto premiado, la ONCE hará efectivo el importe del premio a cada cotitular en función del importe del premio que figure en el documento señalado en el punto anterior.
c) No se hará efectivo el pago a aquellos cotitulares que se encuentren incursos en alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 6.1 del presente Reglamento, siendo de aplicación además a cada cotitular, de forma individual, las normas previstas en los artículos 15.8 y 16.5 del presente Reglamento. La cancelación del pago a uno de los cotitulares como consecuencia de dichas normas, no supone que el resto de los cotitulares tenga derecho a un premio mayor al que figura en la letra a) de este apartado.
16.1 La ONCE realizará las validaciones y controles que considere oportunos para asegurar la veracidad del boleto premiado
16.2 Para el abono de los boletos premiados, cualquiera que sea su soporte, será preciso que el código del boleto coincida con el registrado en el Sistema Central de Control de Juego de la ONCE.
16.3 Por razones de seguridad y control, la ONCE podrá demorar el pago de los boletos premiados recogiendo el boleto físico premiado contra la entrega del oportuno justificante a su portador, debiendo devolverse dicho justificante en el momento de percibir el importe que corresponda.
16.4 Asimismo, por las mismas razones, la ONCE podrá demorar el pago de boletos adquiridos por Internet.
16.5 La ONCE suspenderá el abono de aquellos premios superiores o iguales a dos mil quinientos euros (2.500 €) correspondientes a perceptores que en el momento del pago sean menores de edad o se encuentren inscritos en cualquiera de los Registros del artículo 6.1. del presente Reglamento. En lo relativo a la verificación de su inclusión en el Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego se considerará tanto su estado en el momento de la verificación como el que tenía en el momento de la adquisición del boleto, salvo prueba en contrario admitida en derecho aportada por el perceptor.
Asimismo, se suspenderá el abono de aquellos premios correspondientes a perceptores que en el momento del pago y en virtud de lo previsto en la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, superen el importe previsto en dicha normativa y figuren entre las personas o entidades vinculadas a grupos u organizaciones terroristas reconocidas como tales en una disposición o resolución adoptada por el Órgano competente de la Unión Europea.
Si tras realizar las comprobaciones oportunas, se constata que concurre en el perceptor cualquiera de las anteriores circunstancias, no se abonará el correspondiente premio, cuyo importe se destinará a los fines sociales propios de la ONCE. En el caso de premios con varios perceptores contemplado en el artículo 15 apartado 13, se aplicarán los criterios contemplados en este apartado de forma individual a cada uno de los perceptores.
17.1 De acuerdo con la normativa fiscal aplicable al pago de los premios de la ONCE a personas físicas, en el momento del abono de los premios superiores a 2.500 euros la ONCE aplicará una retención sobre la parte que exceda de dicho importe, abonando al cliente el importe del premio menos su retención.
17.2 En el caso de premios compartidos a los que se hace referencia en el artículo 15 apartado 13, la ONCE aplicará, con anterioridad al reparto del premio entre los cotitulares del mismo, la retención que corresponda a cada uno de ellos, que será proporcional al importe del mismo que corresponda conforme a lo previsto en la letra a) del citado artículo y apartado.
No se abonarán los boletos físicos premiados presentados al cobro cuando en los mismos se aprecien roturas, tachaduras, enmiendas, deterioros o raspaduras, tanto en el código pin como en el código bidimensional que aparecen en el anverso, como en el código de identificación del reverso, o cualesquiera otras alteraciones o manipulaciones que impidan o dificulten su total y perfecta identificación y autentificación como boletos premiados, así como el premio que le hubiere correspondido.
19.1 En general, cuando el Consejo General o la Dirección General de la ONCE lo estimen oportuno, en consideración a las circunstancias del mercado, aprobarán, mediante Acuerdo o Resolución, la finalización de un producto, estableciendo las fechas de finalización de comercialización de boletos, y límite para el abono de los premios, lo que se pondrá en conocimiento del Consejo de Protectorado de la ONCE.
19.2 Entre la fecha de finalización de comercialización de boletos físicos y la fecha límite para el abono de los boletos premiados transcurrirá un periodo de treinta días naturales.
19.3 Para los productos comercializados en soporte físico, cuya finalización no se haya publicado en el «Boletín Oficial del Estado», la ONCE publicará en la página Web oficial de juego de la ONCE y en tres diarios de tirada nacional el Acuerdo del Consejo General o la Resolución del Director General de finalización del producto con un mínimo de 30 días naturales de antelación a la fecha de finalización de comercialización. El Acuerdo o la Resolución contendrán la fecha límite para el abono de los boletos premiados.
19.4 Para los productos comercializados en soporte electrónico, la ONCE publicará el Acuerdo del Consejo General o la Resolución del Director General sobre finalización del producto en la página Web oficial de juego de la ONCE con un mínimo de 30 días naturales de antelación a la fecha de finalización de comercialización del producto.
19.5 El Consejo General de la ONCE podrá fijar la fecha de finalización de comercialización de boletos y la fecha límite para el abono de premios, en el acuerdo de lanzamiento de dicho producto, respetando el límite temporal fijado en los puntos 2, 3 y 4 anteriores. En este caso las fechas de finalización y límite de abono de premios figurarán en la Resolución que publique dicho producto en el «Boletín Oficial del Estado», no siendo necesaria su publicación en tres diarios de tirada nacional. Asimismo, las fechas de fin de comercialización y abono de premios figurarán en el reverso de los boletos de lotería instantánea en soporte físico.
19.6 Para los productos comercializados en soporte electrónico, la página Web oficial de juego de la ONCE informará en la pantalla de acceso a dicho producto, al menos con una semana de antelación a la finalización del producto, sobre las fechas de finalización de comercialización.
19.7 Si el último día de plazo para el cobro de los premios fuera sábado, domingo o festivo, el mismo se entenderá prorrogado hasta el primer día laborable siguiente, no considerando, a estos efectos, como laborable el sábado.
19.8 Cuando en el seno de un proceso judicial, la Autoridad judicial competente ordenase la suspensión del pago del premio correspondiente a un boleto, y con posterioridad transcurra la fecha límite para el abono de los boletos premiados, se ampliará el plazo hasta que se dicte sentencia firme, o la ONCE tenga certeza jurídica de la titularidad del boleto puesta en cuestión.
19.9 Transcurridas las fechas fijadas, no podrán comercializarse boletos ni pagarse los boletos premiados.
20.1 A los efectos de garantizar los derechos de los consumidores, en el reverso de cada boleto en soporte físico, deberá constar, al menos, un resumen de la estructura de premios, así como un extracto de las condiciones del Reglamento de mayor interés para los jugadores y la referencia a los lugares físicos y electrónicos donde puede obtenerse el Reglamento completo, así como el número de Apéndice del producto.
20.2 Asimismo, en las pantallas de compra del boleto electrónico en la página Web oficial de juego de la ONCE, aparecerá un link a la página donde está el texto del Reglamento completo.
20.3 El presente Reglamento y sus modificaciones, una vez que el Consejo de Protectorado de la ONCE haya verificado que se ajusta a lo dispuesto en el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, y a los procedimientos y criterios de control aplicables, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.
20.4 Los jugadores podrán presentar en los centros de la ONCE cualquier reclamación sobre las deficiencias en la prestación del servicio. Asimismo el comprador tendrá a su disposición el Reglamento de la «lotería instantánea de boletos de la ONCE», en los Centros de la ONCE y en la página Web oficial de juego de la ONCE.
20.5 Las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE», serán aprobadas por el Director General de la ONCE.
20.6 Las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE» deberán ajustarse a lo previsto en este Reglamento y a la legislación vigente. Dichas condiciones deberán prestar una garantía plena a los consumidores y usuarios, así como a la protección de los menores de edad.
20.7 Las citadas «Condiciones del contrato de juego de la ONCE» se publicarán en la página Web oficial de juego de la ONCE y se inscribirán en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación, como garantía de los consumidores.
21.1 Contra los actos de la Organización en relación con la «lotería instantánea de boletos de la ONCE», los interesados podrán formular reclamación ante el Director General de la ONCE, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación del acto.
21.2 Contra la resolución del Director General, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE, cuando la cuantía de la reclamación sea igual o inferior a treinta mil euros (30.000 €), o, ante el Consejo de Protectorado en caso contrario; recursos que agotarán la vía administrativa previa a la jurisdiccional. El plazo máximo para la interposición de este recurso será de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de la notificación de la resolución del Director General.
21.3 Tanto en fase de reclamación como de recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE se dictará resolución expresa.
21.4 El plazo máximo para la resolución de las reclamaciones y recursos por los órganos de la ONCE será de dos meses, contados a partir de su presentación. El plazo indicado quedará interrumpido por cualquier acto propio del procedimiento, incluida la práctica de elementos probatorios, cuya duración estimada resulte superior a un mes. La suspensión del procedimiento y la subsiguiente ampliación del plazo serán acordadas mediante resolución expresa y notificada al interesado, sin que, en ningún caso, la suspensión en sí misma conlleve una demora superior a tres meses.
21.5 Transcurrido el plazo de duración del procedimiento o ampliado, en su caso, sin que por la ONCE se hubiese dictado resolución, el recurso deberá entenderse desestimado, con la excepción de que el recurso de alzada ante el Consejo General de la ONCE se hubiese interpuesto contra la desestimación por transcurso del plazo sin que el Director General de la ONCE hubiese dictado una resolución sobre la reclamación presentada, en cuyo caso se deberá entender estimado el recurso.
21.6 Las reclamaciones deberán contener la identificación del código del boleto, del supuesto boleto premiado.
Para todas las cuestiones relativas a la comercialización de productos de lotería instantánea a través de la página Web oficial de juego de la ONCE que no se regulen en el presente Reglamento, se estará a lo dispuesto en las «Condiciones del contrato de juego de la ONCE». En caso de discrepancia entre dichas condiciones y este Reglamento, prevalecerá lo establecido en el Reglamento.
A la entrada en vigor del presente Reglamento queda derogado el Reglamento regulador de los productos de la modalidad de juego denominada «Lotería Instantánea de Boletos de la ONCE», publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 19 de septiembre de 2015 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 31 de julio de 2015, modificado por los siguientes Acuerdos del Consejo General:
– Acuerdo CEP 22/2015-3.3, de 21 de octubre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 4 de diciembre de 2015, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 19 de noviembre de 2015.
– Acuerdo CEP.26/2015-3.1, de 10 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 13 de febrero de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 26 de enero de 2016.
– Acuerdo CEP.3(E)/2016-2.1, de 8 de febrero, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 5 de marzo de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 15 de febrero de 2016.
– Acuerdo CEP. 6/2016-3.3, de 16 de marzo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 6 de mayo de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 15 de abril de 2016.
– Acuerdo CEP. 10/2016-3.1, de 18 de mayo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 1 de julio de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 13 de junio de 2016.
– Acuerdo CEP.17/2016-3.1, de 21 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 4 de noviembre de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 17 de octubre de 2016.
– Acuerdo CEP.19/2016-3.3, de 19 de octubre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 13 de diciembre de 2016, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 21 de noviembre de 2016.
– Acuerdo CEP.22/2016-2.6, de 12 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 3 de febrero de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 18 de enero de 2017.
– Acuerdos CEP.1/2017-4.3, de 25 de enero, y CEP.2(E)/2017-2.1, de 8 de febrero, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 7 de marzo de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 20 de febrero de 2017.
– Acuerdo CEP.4/2017-3.1, de 22 de marzo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 31 de mayo de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 18 de abril de 2017.
– Acuerdos CEP.6/2017-3.2, de 26 de abril, y CEP.7/2017-3.1, de 24 de mayo, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 28 de junio de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 30 de mayo de 2017.
– Acuerdos CEP.9/2017-3.3, de 21 de junio y CEP.9/2017-3.5, de 21 de junio, publicados en el «Boletín Oficial del Estado» de fecha 12 de agosto de 2017, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 17 de julio de 2017.
– Acuerdo CEP.13/2017-3.1, de 20 de septiembre, verificado por la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado el 16 de octubre de 2017 y pendiente de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
– Acuerdo CEP.14/2017-3.2, de 18 de octubre, pendiente de verificación por el Consejo de Protectorado y de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
El presente Reglamento entrará en vigor el día 1 de enero de 2018.
ÍNDICE
Número de Apéndice |
Descripción |
---|---|
1 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a un euro, clase 1. |
2 |
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en seis oportunidades» a un euro, clase 1. |
3 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 2. |
4 |
Normas de los productos «con mecánica encuentra 3 números iguales hasta en 7 oportunidades» a tres euros, clase 1. |
5 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 1. |
6 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 1. |
7 |
Normas de los productos «con mecánica tres de doce» a un euro, clase 1. |
8 |
Normas de los productos «con mecánica siete por siete» a dos euros, clase 1. |
9 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a cincuenta céntimos de euro, clase 1. |
10 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve a un euro, clase 2. |
11 |
Normas de los productos «con mecánica dos de diez» a dos euros, clase 1. |
12 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios símbolos ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 2. |
13 |
Normas de los productos «con mecánica tres de seis» a un euro, clase 4. |
14 |
Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 3. |
15 |
Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y cuatro mecánicas» a tres euros, clase 1. |
16 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 3. |
16 Bis |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 3 sobre 8» a tres euros, clase 4. |
17 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a setenta y cinco céntimos de euro, clase 1. |
18 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 5. |
19 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 1. |
20 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve en cinco oportunidades» a un euro, clase 1. |
21 |
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a cinco euros, clase 2. |
22 |
Normas de los productos «con mecánica crucigrama» a tres euros, clase 1. |
23 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 4. |
24 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 2 sobre 6» a dos euros, clase 5. |
25 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 12. |
26 |
Normas de los productos «con mecánica 7 de 39» a un euro, clase 1. |
27 |
Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 2. |
28 |
Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 3. |
29 |
Normas de los productos «con mecánica uno varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 14. |
30 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 15. |
31 |
Normas de los productos «con mecánica encuentra uno, dos o tres sietes» a tres euros, clase 1. |
32 |
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en ocho oportunidades» a cinco euros, clase 1. |
33 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 8. |
34 |
Normas de los productos «con mecánica tres de nueve» a dos euros, clase 1. |
35 |
Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 1. |
36 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 9. |
37 |
Normas de los productos «con mecánica reúne números iguales en 45 oportunidades» a cinco euros, clase 1. |
38 |
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en cinco oportunidades» a cinco euros, clase 1. |
39 |
Normas de los productos «con tres áreas de juego y tres mecánicas» a dos euros, clase 4. |
40 |
Normas de los productos «con mecánica reúne un conjunto de piezas en seis oportunidades» a dos euros, clase 1. |
41 |
Normas de los productos «con mecánica encuentra dos símbolos, hasta en 4 oportunidades» a un euro, clase 1. |
42 |
Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 5. |
46 |
Normas de los productos «con mecánica 7 de la suerte» a cincuenta céntimos de euro, clase 4. |
47 |
Normas de los productos «con mecánica siete y media» a un euro, clase 4. |
48 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 4. |
49 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a dos euros, clase 5. |
50 |
Normas de los productos «con mecánica reúne varias piezas iguales en 5 oportunidades» a tres euros, clase 1. |
51 |
Normas de los productos «con mecánica uno o varios números ganadores de 5 sobre 10» a cinco euros, clase 13. |
E-2018-01 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 2. |
E-2018-02 |
Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2. |
F-2018-01 |
Normas de los productos «con mecánica uno varios números ganadores de 1 sobre 4» a un euro, clase 2. |
F-2018-02 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a tres euros, clase 4. |
F-2018-03 |
Normas de los productos «con dos áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1. |
F-2018-04 |
Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a cinco euros, clase 1. |
F-2018-05 |
Normas de los productos «con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 1. |
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 549.225.
Importe de premios por serie: 1.160.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
25.000 |
2.ª |
3 |
1.000 |
3.ª |
15 |
250 |
4.ª |
30 |
100 |
5.ª |
500 |
50 |
6.ª |
1.000 |
25 |
7.ª |
1.800 |
20 |
9.ª |
2.800 |
13 |
8.ª |
3.000 |
10 |
10.ª |
5.800 |
8 |
12.ª |
14.300 |
5 |
11.ª |
15.000 |
4 |
13.ª |
60.000 |
3 |
14.ª |
144.975 |
2 |
15.ª |
300.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos y un bonus.
b) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar los nueve símbolos hay 3 importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
d) Un boleto sólo puede tener un conjunto de 3 importes iguales.
e) Si al desvelar el bonus aparece el símbolo especial se obtiene un premio de 3 euros.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 16 de agosto de 2017.
Fecha publicación en BOE: 28 de junio de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 561.946.
Importe de premios por serie: 1.180.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 59,0 %.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
20.000 |
2.ª |
4 |
1.000 |
3.ª |
15 |
500 |
4.ª |
75 |
100 |
5.ª |
150 |
50 |
6.ª |
500 |
35 |
7.ª |
1.000 |
25 |
9.ª |
2.500 |
15 |
8.ª |
5.000 |
10 |
10.ª |
12.500 |
7 |
11.ª |
20.200 |
5 |
12.ª |
65.000 |
3 |
13.ª |
145.000 |
2 |
14.ª |
310.000 |
1 |
2. Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego y dos dados:
a) El «área de juego 1» situada en la parte derecha del boleto cuenta con 49 casillas dispuestas en forma de cuadrícula de 7 X 7, a través de las cuales se desplazará la ficha del jugador. Las casillas pueden tener varios colores o símbolos especiales.
b) El «área de juego 2» situada a la izquierda del boleto está formada por varias filas, con la tabla de premios posibles, y un cuadrado con el posible premio inmediato.
c) En la parte inferior izquierda del boleto, se muestran dos dados que se accionarán por el jugador para mover la ficha.
2.2 Funcionamiento:
a) Para jugar el jugador debe accionar los dados, contando con seis tiradas.
b) Con el número resultante de cada una de las tiradas la ficha avanzará por el tablero, siguiendo el número ordinal de las casillas, tantas veces como señale la tirada, pudiéndose dar los siguientes casos:
– Si la ficha cae en una casilla de color amarillo, correspondiente a los premios instantáneos, se traslada el premio al cuadro de premios instantáneos de la izquierda.
– Si la ficha cae en una casilla en la que aparece la cabeza de una serpiente, la ficha retrocede hasta la última casilla en la que está representada la cola de esa serpiente.
– Si la ficha cae en una casilla en la que está situada la parte inferior de una escalera, la ficha avanza hasta la casilla en la que esté situada la parte superior de la escalera.
– Si la ficha cae en una casilla que contiene un diamante, éste es trasladado a la tabla de premios de la izquierda.
c) Si una vez completadas las seis tiradas, en el área de premios se han completado todas las casillas asociadas a alguno de los premios, se gana dicho premio.
d) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 15 de marzo de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 3 de febrero de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 0,50 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 1.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 542.930.
Importe de premios por serie: 580.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0 %.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
10.000,00 |
2.ª |
3 |
500,00 |
3.ª |
15 |
100,00 |
4.ª |
30 |
50,00 |
5.ª |
500 |
20,00 |
6.ª |
5.000 |
10,00 |
7.ª |
14.530 |
5,00 |
8.ª |
20.000 |
2,00 |
9.ª |
60.000 |
1,50 |
10.ª |
142.850 |
1,00 |
11.ª |
300.000 |
0,50 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos.
b) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar los nueve símbolos hay tres importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
d) Un boleto sólo puede tener un conjunto de tres importes iguales.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 18 de mayo de 2016.
Fecha de publicación en el BOE: 5 de marzo de 2016.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 1.500.000.
Valor facial de la serie: 4.500.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 402.618.
Importe de premios por serie: 2.880.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
100.000 euros al contado + 5.000 euros al mes durante 12 meses. |
2.ª |
20 |
1.000 |
3.ª |
47 |
500 |
4.ª |
3.050 |
100 |
5.ª |
4.600 |
50 |
6.ª |
4.900 |
25 |
7.ª |
12.000 |
20 |
8.ª |
15.000 |
15 |
9.ª |
39.000 |
10 |
10.ª |
96.000 |
5 |
11.ª |
228.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
1.1 El boleto de este producto consta de un área de juego formada por siete jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada jugada consta de tres figuras dispuestas horizontalmente y a su derecha un elemento denominado «premio».
a) Al rascar, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras. También puede aparecer debajo de alguna figura un símbolo especial.
b) Al rascar el elemento denominado «premio», aparece una cantidad expresada en euros en cifras y letras.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar el área de juego, aparecen en alguna jugada tres números iguales, cada uno debajo de una figura, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
b) Si al rascar el área de juego, aparece en alguna jugada dos veces el símbolo especial, cada uno debajo de una figura, la jugada está premiada con el doble del importe expresado en euros de dicha jugada.
c) Si al rascar el área de juego, en alguna jugada aparece tres veces el símbolo especial, uno debajo de cada figura, la jugada está premiada con el premio de primera categoría.
d) Un mismo boleto podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
3.º Normas específicas del pago de premios.
El pago del premio correspondiente a la primera categoría se efectuará como sigue:
3.1 El importe de cien mil euros (100.000 €) al contado y el primer pago de cinco mil euros (5.000 €) se abonarán, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, contra la presentación del boleto premiado en alguno de los Centros de la ONCE o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 15 a 19 de este Reglamento.
3.2 El pago de las mensualidades desde la segunda a la decimosegunda, ambas inclusive, netas de retención fiscal, se ejecutará por la ONCE durante los once meses siguientes a la presentación al cobro del boleto. Dicho pago se efectuará coincidiendo con los días 15 de cada mes o día hábil siguiente.
3.3 Contra la entrega del boleto premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 3.1 anterior y un documento justificativo de su derecho a cobrar las mensualidades desde la segunda a la decimosegunda; simultáneamente, y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago.
3.4 Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 10 de enero de 2015.
Fecha de publicación en el BOE: 4 de noviembre de 2014.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 1.000.000.
Valor facial de la serie: 1.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 232.201.
Importe de premios por serie: 580.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
5.000 euros al contado + 6.000 euros al año durante 5 años. |
2.ª |
100 |
100 |
3.ª |
600 |
50 |
4.ª |
4.000 |
20 |
5.ª |
7.500 |
10 |
6.ª |
17.000 |
5 |
7.ª |
62.000 |
2 |
8.ª |
141.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego, dividida en dos zonas de juego denominadas «número ganador» y «tus números», esta última formada por cuatro jugadas independientes.
a) La zona de juego «número ganador» contiene una figura. Al rascar la zona, bajo la figura aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene cuatro figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También puede aparecer en una o más jugadas un símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en tres de las jugadas, el boleto está premiado con el premio de primera categoría.
b) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en dos de las jugadas, el boleto está premiado con 10 euros, adicionales a los premios que se puedan obtener en el resto de jugadas.
c) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con el «número ganador», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
d) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas.
e) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
3.º Normas específicas del pago de premios.
El pago del premio correspondiente a la primera categoría se efectuará como sigue:
3.1 El importe de cinco mil euros (5.000 €) al contado y el primer pago de seis mil euros (6.000 €) se abonarán, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, contra la presentación del boleto premiado en alguno de los Centros de la ONCE o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 15 a 19 de este Reglamento.
3.2 El pago de las anualidades desde la segunda a la quinta del premio, ambas inclusive, netas de retención fiscal, se ejecutará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los cuatro años siguientes a la presentación al cobro del boleto. Dicho pago se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente de los meses de febrero, mayo, agosto o noviembre de cada año, en función de que la presentación al cobro del boleto se produzca durante el primer, segundo, tercer o cuarto trimestre, respectivamente.
3.3 Contra la entrega del boleto premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 3.1 anterior y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la quinta; simultáneamente, y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para estos pagos.
3.4 La ONCE transferirá el importe del premio correspondiente a las anualidades desde la segunda a la quinta del premio, ambas inclusive, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, y liquidará con Hacienda la retención fiscal de dichas anualidades, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.
3.5 Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 6 de septiembre de 2017.
Fecha de publicación en el BOE: 12 de agosto de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 540.344.
Importe de premios por serie: 3.900.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
100.000 |
2.ª |
24 |
1.000 |
3.ª |
115 |
500 |
4.ª |
3.986 |
100 |
5.ª |
10.518 |
50 |
6.ª |
29.700 |
20 |
7.ª |
64.000 |
10 |
8.ª |
132.000 |
5 |
9.ª |
300.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «Escudos Ganadores» y «Tus Escudos».
b) La zona de juego «Escudos Ganadores» contiene tres figuras. Al rascar esta zona, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo.
c) La zona de juego «Tus Escudos» contiene ocho figuras, una para cada jugada. Al rascar esta zona, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También podría aparecer en una jugada el símbolo especial.
d) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «Tus Escudos» el escudo coincide con uno de los escudos de la zona «Escudos Ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece el símbolo especial, la jugada está premiada con 20 euros.
f) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 547.586.
Importe de premios por serie: 1.160.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
20.000 |
2.ª |
5 |
1.000 |
3.ª |
15 |
100 |
4.ª |
700 |
50 |
5.ª |
1.500 |
16 |
6.ª |
7.000 |
15 |
7.ª |
4.000 |
10 |
8.ª |
4.000 |
6 |
9.ª |
19.500 |
5 |
10.ª |
74.000 |
3 |
11.ª |
129.136 |
2 |
12.ª |
307.728 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego con 24 símbolos y una tabla de premios.
b) El jugador debe elegir y desvelar 12 símbolos.
c) Si una vez desvelados los símbolos, aparecen tres figuras iguales, se gana el premio correspondiente a dicha combinación que aparece en la tabla de premios.
d) En cada boleto puede aparecer más de una combinación ganadora, siendo acumulables los premios correspondientes.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 563.819.
Importe de premios por serie: 2.400.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
75.000 |
2.ª |
2 |
5.000 |
3.ª |
5 |
1.000 |
4.ª |
10 |
200 |
5.ª |
500 |
100 |
6.ª |
1.800 |
70 |
7.ª |
3.500 |
50 |
8.ª |
7.000 |
20 |
9.ª |
15.000 |
10 |
10.ª |
48.000 |
5 |
11.ª |
188.000 |
4 |
12.ª |
300.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con dos zonas de juego.
b) La primera zona está formada por 49 figuras descubiertas formando una cuadrícula de 7 por 7.
c) La segunda zona cuenta con doce símbolos.
d) El jugador debe desvelar 7 de los doce símbolos de la segunda zona, apareciendo en cada uno de ellos una figura.
e) Si tras ello, en la primera zona hay alguna línea horizontal, vertical o diagonal cuyas siete figuras coinciden una a una con alguna de las figuras de la segunda zona se gana el premio correspondiente que aparece al margen de dicha línea.
f) Cada boleto sólo puede tener una línea premiada.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de junio de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 6 de mayo de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 0,50 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 1.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 547.100.
Importe de premios por serie: 575.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 57,5%.
La estructura de premios por categoría es como sigue:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
10.000,00 |
2.ª |
3 |
500,00 |
3.ª |
15 |
100,00 |
4.ª |
30 |
50,00 |
5.ª |
500 |
25,00 |
6.ª |
1.000 |
15,00 |
7.ª |
1.800 |
10,00 |
8.ª |
2.800 |
6,50 |
9.ª |
3.000 |
5,00 |
10.ª |
5.800 |
4,00 |
11.ª |
14.300 |
2,50 |
12.ª |
15.000 |
2,00 |
13.ª |
60.000 |
1,50 |
14.ª |
142.850 |
1,00 |
15.ª |
300.000 |
0,50 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos y un bonus.
b) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar los nueve símbolos hay 3 importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
d) Un boleto sólo puede tener un conjunto de 3 importes iguales.
e) Si al desvelar el bonus aparece el símbolo especial se obtiene un premio de uno con cincuenta euros.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 23 de noviembre de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de noviembre de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 549.225.
Importe de premios por serie: 1.160.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
25.000 |
2.ª |
3 |
1.000 |
3.ª |
15 |
250 |
4.ª |
30 |
100 |
5.ª |
500 |
50 |
6.ª |
1.000 |
25 |
7.ª |
1.800 |
20 |
8.ª |
2.800 |
13 |
9.ª |
3.000 |
10 |
10.ª |
5.800 |
8 |
11.ª |
14.300 |
5 |
12.ª |
15.000 |
4 |
13.ª |
60.000 |
3 |
14.ª |
144.975 |
2 |
15.ª |
300.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos y un bonus.
b) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar los nueve símbolos hay 3 importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
d) Un boleto sólo puede tener un conjunto de 3 importes iguales.
e) Si al desvelar el bonus aparece el símbolo especial se obtiene un premio de 3 euros.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 558.239.
Importe de premios por serie: 2.400.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
2 |
10.000 |
3.ª |
5 |
1.000 |
4.ª |
20 |
200 |
5.ª |
300 |
100 |
6.ª |
2.210 |
50 |
7.ª |
3.000 |
25 |
8.ª |
9.600 |
20 |
9.ª |
4.000 |
15 |
10.ª |
2.000 |
12 |
11.ª |
16.000 |
10 |
12.ª |
6.000 |
7 |
13.ª |
17.100 |
5 |
14.ª |
198.000 |
4 |
15.ª |
300.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, formada por dos zonas denominadas tus números y números ganadores.
b) La zona de juego «números ganadores» contiene dos figuras. Al desvelar la zona en cada figura aparece un número.
c) La zona de juego «tus números» contiene diez jugadas cada una con una figura. Al desvelar la zona, en cada jugada aparece un número, y debajo del mismo, un importe en euros, que representa el posible premio de la jugada. También puede aparecer en una jugada, en lugar del número, el símbolo multiplicador X2.
d) Si en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada con el importe del premio que aparece en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece el símbolo multiplicador X2, la jugada tiene como premio el doble del importe que aparece en dicha jugada.
f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 6 de septiembre de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 12 de agosto de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 539.624.
Importe de premios por serie: 3.900.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
13 |
1.000 |
3.ª |
70 |
500 |
4.ª |
3.321 |
100 |
5.ª |
10.518 |
50 |
6.ª |
29.700 |
20 |
7.ª |
64.000 |
10 |
8.ª |
132.000 |
5 |
9.ª |
300.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «Escudos Ganadores» y «Tus Escudos».
b) La zona de juego «Escudos Ganadores» contiene tres figuras. Al desvelar esta zona, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo.
c) La zona de juego «Tus Escudos» contiene ocho figuras, una para cada jugada. Al desvelar esta zona, bajo cada una de las figuras aparece un símbolo y debajo del mismo un importe en euros, que representa el posible premio de la jugada. También podría aparecer en una jugada el símbolo especial.
d) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «Tus Escudos» el escudo coincide con uno de los escudos de la zona «Escudos Ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece el símbolo especial, la jugada está premiada con 20 euros.
f) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 24 de junio de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 14 de mayo de 2015.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 3.000.000.
Valor facial de la serie: 3.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 646.426.
Importe de premios por serie: 1.756.000.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
6 |
10.000 |
2.ª |
120 |
250 |
3.ª |
1.200 |
100 |
4.ª |
3.000 |
40 |
5.ª |
7.500 |
20 |
6.ª |
22.600 |
10 |
7.ª |
57.000 |
5 |
8.ª |
210.000 |
2 |
9.ª |
345.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego:
a) El área de juego está formada por seis figuras.
b) Al rascar el área de juego aparece bajo cada una de las seis figuras una cantidad en euros expresada en cifras y letras.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar el área de juego, tres de las cantidades son iguales, el boleto está premiado y se gana dicha cantidad expresada en euros.
b) Si entre las seis cantidades no aparecen tres iguales, el boleto no estará premiado y no se ganará cantidad alguna.
c) Cada boleto solo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 24 de junio de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 14 de mayo de 2015.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 3.000.000.
Valor facial de la serie: 3.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 660.921.
Importe de premios por serie: 1.757.250.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,6%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
6 |
7.500 |
2.ª |
115 |
750 |
3.ª |
800 |
75 |
4.ª |
3.000 |
40 |
5.ª |
6.000 |
20 |
6.ª |
24.000 |
10 |
7.ª |
66.000 |
5 |
8.ª |
195.000 |
2 |
9.ª |
366.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego con tres zonas independientes.
a) Una zona de nombre «banca» representada por dos figuras, otra llamada «tus cartas» con tres figuras y por último una zona denominada «premio».
b) Al rascar las dos figuras de la zona «banca», aparecen dos cantidades expresadas en números y letras, una por cada figura.
c) Al rascar las tres figuras de la zona «tus cartas», aparecen tres cantidades expresadas en números y letras, una por cada figura.
d) Por último, al rascar en la zona «premio» aparece una cantidad en euros expresada en números y letras.
e) Los números que pueden aparecer en las zonas «banca» y «tus cartas» están comprendidos entre el uno y el siete, y también puede aparecer una media.
2.2 Funcionamiento:
a) Si la suma de las cantidades de la zona «tus cartas» es superior a la suma de las cantidades de «banca» sin superar siete y media, el boleto estará premiado y se ganará la cantidad expresada en la zona « premio».
b) Cada boleto sólo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 12.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.209.078.
Importe de premios por serie: 7.440.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 62,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
150.000 |
2.ª |
6 |
5.000 |
3.ª |
25 |
1.000 |
4.ª |
45 |
500 |
5.ª |
1.200 |
100 |
6.ª |
1.000 |
60 |
7.ª |
1.800 |
50 |
8.ª |
8.000 |
30 |
9.ª |
2.000 |
25 |
10.ª |
4.000 |
24 |
11.ª |
7.500 |
20 |
12.ª |
13.500 |
18 |
13.ª |
9.000 |
16 |
14.ª |
29.250 |
15 |
15.ª |
10.000 |
13 |
16.ª |
40.000 |
12 |
17.ª |
36.000 |
10 |
18.ª |
28.000 |
9 |
19.ª |
320.000 |
6 |
20.ª |
97.750 |
5 |
21.ª |
600.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Cada boleto cuenta con cuatro áreas de juego y un bonus multiplicador.
b) Cada una de las áreas de juego cuenta con una mecánica diferente y con una o varias jugadas.
c) Una vez accionado el bonus, quedará fijado un valor comprendido entre el 1 y el 6.
d) En base a la mecánica descrita en cada área de juego y una vez desvelada, cada una de las jugadas del área puede estar premiada.
e) El premio de cada boleto será la suma de los premios de cada jugada premiada multiplicada por el valor del bonus.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 10 de enero de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 4 de noviembre de 2014.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 1.500.000.
Valor facial de la serie: 4.500.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 390.575.
Importe de premios por serie: 2.835.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
50.000 euros al contado + 18.000 euros al año durante 15 años. |
2.ª |
4 |
10.000 |
3.ª |
20 |
1.000 |
4.ª |
2.050 |
100 |
5.ª |
5.200 |
50 |
6.ª |
23.300 |
20 |
7.ª |
36.000 |
10 |
8.ª |
96.000 |
5 |
9.ª |
228.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego dividida en dos zonas de juego, denominadas «números ganadores» y «tus números», esta última formada por ocho jugadas independientes.
a) La zona de juego «números ganadores» contiene tres figuras. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene ocho figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También puede aparecer en una o más jugadas un símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en tres de las jugadas, el boleto está premiado con el premio de primera categoría.
b) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en dos de las jugadas, el boleto está premiado con 20 euros, adicionales a los premios que se puedan obtener en el resto de jugadas.
c) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
d) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas.
e) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
3.º Normas específicas del pago de premios.
El pago del premio correspondiente a la primera categoría se efectuará como sigue:
3.1 El importe de cincuenta mil euros (50.000 €) al contado y el primer pago de dieciocho mil euros (18.000 €) se abonarán, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, contra la presentación del boleto premiado en alguno de los Centros de la ONCE o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 15 a 19 de este Reglamento.
3.2 El pago de las anualidades desde la segunda a la decimoquinta del premio, ambas inclusive, netas de retención fiscal, se ejecutará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los catorce años siguientes a la presentación al cobro del boleto. Dicho pago se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente de los meses de febrero, mayo, agosto o noviembre de cada año, en función de que la presentación al cobro del boleto se produzca durante el primer, segundo, tercer o cuarto trimestre, respectivamente.
3.3 Contra la entrega del boleto premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 3.1 anterior y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la decimoquinta; simultáneamente, y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para estos pagos.
3.4 La ONCE transferirá el importe del premio correspondiente a las anualidades desde la segunda a la decimoquinta del premio, ambas inclusive, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, y liquidará con Hacienda la retención fiscal de dichas anualidades, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.
3.5 Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del producto: 1 de marzo de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 27 de febrero de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 1.500.000.
Valor facial de la serie: 4.500.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 390.575.
Importe de premios por serie: 2.835.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
50.000 euros al contado + 18.000 euros al año durante 15 años. |
2.ª |
4 |
10.000 |
3.ª |
20 |
1.000 |
4.ª |
2.050 |
100 |
5.ª |
5.200 |
50 |
6.ª |
23.300 |
20 |
7.ª |
36.000 |
10 |
8.ª |
96.000 |
5 |
9.ª |
228.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego dividida en dos zonas de juego, denominadas «números ganadores» y «tus números», esta última formada por ocho jugadas independientes.
a) La zona de juego «números ganadores» contiene tres figuras. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras.
b) La zona de juego «tus números» contiene ocho figuras, una para cada jugada. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras. También puede aparecer en una o más jugadas un símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al desvelar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en tres de las jugadas, el boleto está premiado con el premio de primera categoría.
b) Si al desvelar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en dos de las jugadas, el boleto está premiado con 20 euros, adicionales a los premios que se puedan obtener en el resto de jugadas.
c) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
d) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas.
e) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
3.º Normas específicas del pago de premios.
El pago del premio correspondiente a la primera categoría se efectuará como sigue:
3.1 El importe de cincuenta mil euros (50.000 €) al contado y el primer pago de dieciocho mil euros (18.000 €) se abonará, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, a través de la cuenta del usuario, según lo estipulado en los apartados 3 y 6 del artículo 15 de este Reglamento.
3.2 El pago de las anualidades desde la segunda a la decimoquinta del premio, ambas inclusive, netas de retención fiscal, se ejecutará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los catorce años siguientes. Dicho pago se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente de los meses de febrero, mayo, agosto o noviembre de cada año.
3.3 El agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 3.1 anterior según lo estipulado en el artículo 15.3 del Reglamento y, a través de la cuenta de correo electrónico facilitada en el momento del registro, un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades pendientes. Una vez recibido este documento, el usuario deberá, simultáneamente, y a través del formulario puesto a su disposición junto con el mencionado documento justificativo, otorgar recibo del primer pago, neto de retención fiscal y comunicar la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para los sucesivos pagos.
3.4 La ONCE transferirá el importe del premio correspondiente a las anualidades desde la segunda a la decimoquinta del premio, ambas inclusive, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, y liquidará con Hacienda la retención fiscal de dichas anualidades, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.
3.5 Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de junio de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 6 de mayo de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 0,75 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 1.500.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 614.620.
Importe de premios por serie: 870.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios es como sigue:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
15.000,00 |
2.ª |
3 |
500,00 |
3.ª |
15 |
100,00 |
4.ª |
100 |
50,00 |
5.ª |
3.500 |
20,00 |
6.ª |
8.000 |
10,00 |
7.ª |
16.000 |
5,00 |
8.ª |
40.000 |
2,00 |
9.ª |
100.000 |
1,50 |
10.ª |
147.000 |
1,00 |
11.ª |
300.000 |
0,75 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos.
b) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
c) Si al desvelar los nueve símbolos hay 3 importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
d) Un boleto sólo puede tener un conjunto de 3 importes iguales.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 10 de enero de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 4 de noviembre de 2014.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 30.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.809.760.
Importe de premios por serie: 20.400.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 68,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 euros al contado + 36.000 euros al año durante 20 años. |
2.ª |
8 |
10.000 |
3.ª |
230 |
1.000 |
4.ª |
1.520 |
500 |
5.ª |
15.000 |
100 |
6.ª |
41.000 |
50 |
7.ª |
152.000 |
20 |
8.ª |
100.000 |
15 |
9.ª |
420.000 |
10 |
10.ª |
1.080.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de un área de juego, dividida en dos zonas de juego denominadas «números ganadores» y «tus números», esta última formada por diez jugadas independientes.
a) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También puede aparecer en una o más jugadas un símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en tres de las jugadas, el boleto está premiado con el premio de primera categoría.
b) Si al rascar la zona de juego «tus números», aparece el símbolo especial en dos de las jugadas, el boleto está premiado con 50 euros, adicionales a los premios que se puedan obtener en el resto de jugadas.
c) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
d) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas.
e) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
3.º Normas específicas del pago de premios:
El pago del premio correspondiente a la primera categoría se efectuará como sigue:
3.1 El importe de cien mil euros (100.000 €) al contado y el primer pago de treinta y seis mil euros (36.000 €) se abonarán, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, contra la presentación del boleto premiado en alguno de los Centros ONCE o Entidades de Crédito Colaboradoras, conforme a lo indicado en los artículos 15 a 19 de este Reglamento.
3.2 El pago de las anualidades desde la segunda a la vigésima, ambas inclusive, netas de retención fiscal, se ejecutará por la Entidad de Crédito designada por el agraciado de entre las concertadas por la ONCE para el pago de estos premios, durante los diecinueve años siguientes a la presentación al cobro del boleto. Dicho pago se efectuará coincidiendo con los días 15 o día hábil siguiente de los meses de febrero, mayo, agosto o noviembre de cada año, en función de que la presentación al cobro del boleto se produzca durante el primer, segundo, tercer o cuarto trimestre, respectivamente.
3.3 Contra la entrega del boleto premiado, el agraciado recibirá el importe del primer pago indicado en el punto 3.1 anterior y un documento justificativo de su derecho a cobrar las anualidades desde la segunda a la vigésima; simultáneamente, y en el mismo documento, otorgará recibo del primer pago y comunicará la Entidad de Crédito designada de entre las concertadas por la ONCE para estos pagos.
3.4 La ONCE transferirá el importe del premio correspondiente a las anualidades desde la segunda a la vigésima del premio, ambas inclusive, una vez descontada la correspondiente retención fiscal, a la Entidad de Crédito designada por el agraciado, y liquidará con Hacienda la retención fiscal de dichas anualidades, quedando desde ese momento liberada de sus obligaciones de pago.
3.5 Para el caso de fallecimiento del agraciado, la ONCE se obliga a permitir que éste designe causahabientes ante la Entidad Colaboradora pagadora del premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de junio de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 6 de mayo de 2016.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.500.000.
Valor facial de la serie: 5.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 609.172.
Importe de premios por serie: 3.100.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 62,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
60.000 |
2.ª |
20 |
1.000 |
3.ª |
950 |
100 |
4.ª |
3.600 |
50 |
5.ª |
5.600 |
25 |
6.ª |
19.000 |
20 |
7.ª |
45.000 |
10 |
8.ª |
215.000 |
5 |
9.ª |
320.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) El «área de juego 1» está formada por dos zonas denominadas «tus números» y «número ganador».
b) La zona de juego «número ganador» contiene una figura. Al rascar el área, bajo dicha figura aparece un número expresado en cifras y letras.
c) La zona de juego «tus números» contiene cuatro figuras, una para cada jugada. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras.
d) Si en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con el número de la zona «número ganador», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
e) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) El «área de juego 2» contiene cinco figuras. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras, aparece un importe expresado en euros, en cifras y letras.
b) Si al rascar el «área de juego 2», aparecen tres veces el mismo importe expresado en euros, cada uno debajo de una figura, «el área de juego 2» está premiada con dicho importe.
c) Si entre los cinco importes no aparecen tres iguales, «el área de juego 2» no está premiada, y no se gana cantidad alguna en dicha área.
d) En el «área de juego 2» sólo puede haber un premio.
2.4 Aspectos comunes:
Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto, la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 23 de noviembre de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de noviembre de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 555.212.
Importe de premios por serie: 1.160.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
20.000 |
2.ª |
10 |
1.000 |
3.ª |
200 |
100 |
4.ª |
5.000 |
20 |
5.ª |
10.000 |
10 |
6.ª |
50.000 |
5 |
7.ª |
150.000 |
2 |
8.ª |
340.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, en la que aparecen nueve dados dispuestos en una cuadrícula de tres filas y tres columnas.
b) Para jugar el jugador debe lanzar los dados accionando el botón de lanzado.
c) Si tras ello, hay alguna línea horizontal, vertical o diagonal de la cuadrícula con tres dados iguales, se gana el premio correspondiente que aparece al margen de dicha línea.
d) El jugador dispone de cinco lanzamientos consecutivos.
e) Un mismo boleto podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio del boleto la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 6 de septiembre de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 12 de agosto de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.221.942.
Importe de premios por serie: 13.875.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,4%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
500.000 |
2.ª |
10 |
5.000 |
3.ª |
30 |
1.000 |
4.ª |
100 |
500 |
5.ª |
800 |
150 |
6.ª |
2.000 |
100 |
7.ª |
4.000 |
75 |
8.ª |
20.000 |
50 |
9.ª |
25.000 |
35 |
10.ª |
30.000 |
25 |
11.ª |
40.000 |
20 |
12.ª |
140.000 |
15 |
13.ª |
360.000 |
10 |
14.ª |
600.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego:
a) El «área de juego 1» situada en la parte central del boleto cuenta con seis columnas. Cada una de las columnas está compuesta por una casilla inferior en la que inicialmente aparece un símbolo de interrogación, unos bloques de colores y una casilla superior con un posible premio.
b) El «área de juego 2» situada a la derecha del boleto aparecen los «bonus» y los «premios instantáneos».
En la parte izquierda del boleto, se muestran el número de jugadas restantes y el botón «jugar».
2.2 Funcionamiento:
a) Para jugar, el jugador debe accionar el botón, contando inicialmente con cinco jugadas.
b) Cada vez que el jugador accione el botón «jugar», aparece un número o un símbolo, en cada una de las casillas inferiores de las columnas del «área de juego 1» pudiéndose dar los siguientes casos:
– Si aparece un número del 1 al 6, se destruirán en esa columna tantos bloques como indique el número. Para obtener el premio situado en la casilla superior de una columna deben destruirse la totalidad de los bloques de colores de dicha columna.
– Si aparece una estrella se rellenará una casilla de la columna «bonus estrella» del «área de juego 2». Si se completan cuatro casillas del «bonus estrella» se accede al juego «bonus estrella», donde se puede obtener una jugada extra, un premio instantáneo, destruir bloques de colores de alguna columna, o no obtener nada.
– Si aparece una flecha se rellenará una casilla de la columna «bonus flecha» del «área de juego 2», y se vuelven a rellenar las casillas del bloque de esa columna destruidos previamente. Si se completan cuatro casillas del «bonus flecha» se accede al juego «bonus flecha», donde se puede obtener una jugada extra, un premio instantáneo, destruir bloques de colores de alguna columna, o no obtener nada.
– Si aparece un círculo se rellenará una casilla de la columna «bonus círculo» del «área de juego 2». Si se completan cuatro o más casillas del «bonus círculo» se gana el premio correspondiente.
– Si aparece un premio instantáneo se obtiene dicho premio de forma directa, iluminándose la casilla correspondiente a dicho premio en el «área de juego 2».
c) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios obtenidos.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 566.305.
Importe de premios por serie: 3.720.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 62,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
3 |
1.000 |
3.ª |
1.000 |
100 |
4.ª |
8.900 |
50 |
5.ª |
20.000 |
25 |
6.ª |
78.000 |
10 |
7.ª |
158.400 |
5 |
8.ª |
300.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) El boleto de este producto consta de un área de juego, en la que están representadas 18 letras ocultas, un crucigrama en el que están representadas múltiples palabras y una tabla de premios.
b) Si al desvelar las 18 letras, se puede componer con ellas tres o más palabras de las que aparecen en el crucigrama, se obtiene premio.
c) El importe del premio será el correspondiente al número de palabras obtenidas, en base a la tabla de premios.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 4 de enero de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 13 de diciembre de 2016.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 12.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.477.199.
Importe de premios por serie: 7.679.975 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
100.000 |
2.ª |
31 |
1.000 |
3.ª |
2.235 |
100 |
4.ª |
11.807 |
50 |
5.ª |
16.125 |
25 |
6.ª |
67.000 |
20 |
7.ª |
144.000 |
10 |
8.ª |
360.000 |
5 |
9.ª |
876.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «números ganadores» y «tus números».
b) La zona de juego «números ganadores» contiene dos figuras. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
c) La zona de juego «tus números» contiene seis figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También puede aparecer en una o más jugadas, un símbolo multiplicador X2, X5 ó X10 en lugar del número.
d) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece un símbolo multiplicador X2, X5 ó X10, la jugada tiene como premio el importe que aparece en dicha jugada multiplicado por 2, 5 ó 10, respectivamente.
f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 4 de enero de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 13 de diciembre de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 8.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 982.340.
Importe de premios por serie: 5.119.960 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
20 |
1.000 |
3.ª |
1.290 |
100 |
4.ª |
5.624 |
50 |
5.ª |
10.736 |
25 |
6.ª |
44.668 |
20 |
7.ª |
96.000 |
10 |
8.ª |
240.000 |
5 |
9.ª |
584.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «números ganadores» y «tus números».
b) La zona de juego «números ganadores» contiene dos figuras. Al desvelar la zona en cada figura aparece un número.
c) La zona de juego «tus números» contiene seis jugadas cada una con una figura. Al desvelar la zona, en cada jugada aparece un número y debajo del mismo un importe en euros que representa el posible premio de la jugada. También puede aparecer en una o más jugadas, en lugar del número, un símbolo multiplicador X2, X5 ó X10.
d) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada con el importe del premio que aparece en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece un símbolo multiplicador X2, X5 ó X10, la jugada tiene como premio el importe que aparece en dicha jugada multiplicado por 2, 5 ó 10, respectivamente.
f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 4 de enero de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 13 de diciembre de 2016.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 30.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.828.390.
Importe de premios por serie: 20.850.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
500.000 |
2.ª |
9 |
10.000 |
3.ª |
340 |
1.000 |
4.ª |
1.540 |
500 |
5.ª |
21.500 |
100 |
6.ª |
55.000 |
50 |
7.ª |
70.000 |
25 |
8.ª |
100.000 |
20 |
9.ª |
520.000 |
10 |
10.ª |
1.060.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «números ganadores» y «tus números».
b) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
c) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras. También puede aparecer en una o más jugadas, en lugar del número, un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20.
d) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20, la jugada tiene como premio el importe que aparece en dicha jugada multiplicado por 2, 5, 10 ó 20, respectivamente.
f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 20 de diciembre de 2017.
Fecha de publicación en el BOE:
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 650.502.
Importe de premios por serie: 1.200.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
10.000 |
2.ª |
500 |
100 |
3.ª |
10.000 |
10 |
4.ª |
50.000 |
5 |
5.ª |
190.000 |
2 |
6.ª |
400.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, representada gráficamente como un tablero de cuatro filas por diez columnas y numeradas del 1 al 39. Además en la parte inferior existen dos zonas denominadas «tus números» y «números ganadores».
b) En el tablero pueden seleccionarse siete números o utilizar el botón «auto» por el cual se marcarán automáticamente los números necesarios para jugar (siete).
c) Para jugar, se debe accionar el botón «sorteo». En ese momento aparecerá un bombo con 39 bolas numeradas del 1 al 39 y la tabla de premios correspondiente al producto.
d) Una vez iniciado el sorteo y antes de proceder a la extracción de las bolas premiadas, aparecerá automáticamente, junto a la zona «tus números», una bola con un número entre el 0 y el 9, asignado automáticamente como posible reintegro.
e) Si alguna de las bolas extraídas coincide con las bolas que se muestran en el área «tus números» la bola cambia de color.
f) Una vez terminada la extracción de bolas, se obtiene el premio que muestra la tabla de premios en función de las bolas coincidentes entre el la zona «números ganadores» y la zona «tus números».
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 15 de marzo de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 3 de febrero de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 1.500.000.
Valor facial de la serie: 3.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 373.251.
Importe de premios por serie: 1.890.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
60.000 |
2.ª |
20 |
1.000 |
3.ª |
830 |
100 |
4.ª |
2.900 |
50 |
5.ª |
12.500 |
20 |
6.ª |
39.000 |
10 |
7.ª |
102.000 |
5 |
8.ª |
216.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con tres áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) Una vez rascada el «área de juego 1» se observa que contiene tres jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de dos elementos dispuestos horizontalmente denominados: «símbolo» y «premio».
b) En el elemento «símbolo» aparece un símbolo y su expresión en letras.
c) En el elemento «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
d) Si al rascar el «área de juego 1», en alguna de las jugadas aparece el símbolo de MotoGP, esa jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
e) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) Una vez rascada el «área de juego 2», se observa que contiene tres jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de tres elementos dispuestos horizontalmente denominados: «tu moto», «moto rival» y «premio».
b) En cada uno de los elementos «tu moto» y «moto rival» aparece un número, expresado en cifras y en letras.
c) En el elemento «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
d) Si al rascar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas el número de «tu moto» es superior al número de «moto rival», la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
e) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.4 Mecánica del «área de juego 3»:
a) Una vez rascada el «área de juego 3» se observa que contiene cuatro cantidades en euros, expresadas en cifras y letras.
b) Si al rascar el «área de juego 3», tres de las cantidades son iguales, el «área de juego 3» está premiada y se gana dicha cantidad expresada en euros.
c) Si entre las cuatro cantidades no aparecen tres iguales, «el área de juego 3» no estará premiada y no se ganará cantidad alguna en dicha área.
d) El «área de juego 3» sólo podrá contener un premio.
2.5 Aspectos comunes:
Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 15 de marzo de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 3 de febrero de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 1.500.000.
Valor facial de la serie: 3.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 373.251.
Importe de premios por serie: 1.890.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
60.000 |
2.ª |
20 |
1.000 |
3.ª |
830 |
100 |
4.ª |
2.900 |
50 |
5.ª |
12.500 |
20 |
6.ª |
39.000 |
10 |
7.ª |
102.000 |
5 |
8.ª |
216.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con tres áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) Una vez desvelada el «área de juego 1» se observa que contiene tres jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de dos elementos dispuestos horizontalmente denominados: «símbolo» y «premio».
b) En el elemento «símbolo» aparece un símbolo.
c) En el elemento «premio» aparece un importe, expresado en euros.
d) Si al desvelar el «área de juego 1», en alguna de las jugadas aparece el símbolo de MotoGP, esa jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
e) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) Una vez desvelada el «área de juego 2», se observa que contiene tres jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de tres elementos dispuestos horizontalmente denominados: «tu moto», «moto rival» y «premio».
b) En cada uno de los elementos «tu moto» y «moto rival» aparece un número expresado en cifras.
c) En el elemento «premio» aparece un importe, expresado en euros.
d) Si al desvelar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas el número de «tu moto» es superior al número de «moto rival», la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
e) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.4 Mecánica del «área de juego 3»:
a) Una vez desvelada el «área de juego 3» se observa que contiene cuatro cantidades en euros.
b) Si al desvelar el «área de juego 3», tres de las cantidades son iguales, el «área de juego 3» está premiada y se gana dicha cantidad expresada en euros.
c) Si entre las cuatro cantidades no aparecen tres iguales, «el área de juego 3» no estará premiada y no se ganará cantidad alguna en dicha área.
d) El «área de juego 3» sólo podrá contener un premio.
2.5 Aspectos comunes:
Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 11 de octubre de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 12 de agosto de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 3.000.000.
Valor facial de la serie: 15.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 939.449.
Importe de premios por serie: 10.425.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
250.000 |
2.ª |
7 |
10.000 |
3.ª |
290 |
1.000 |
4.ª |
7.150 |
100 |
5.ª |
32.000 |
50 |
6.ª |
110.000 |
20 |
7.ª |
220.000 |
10 |
8.ª |
570.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de dos zonas de juego, la primera denominada «números ganadores» y la segunda «tus números», esta última formada por diez jugadas independientes.
a) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Una de ellas con el nombre «Bonus». Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras y letras.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con el número «Bonus» de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el doble del importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Si al rascar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores» distinto del número «Bonus», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
c) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 11 de octubre de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 12 de agosto de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 3.000.000.
Valor facial de la serie: 15.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 939.449.
Importe de premios por serie: 10.425.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
250.000 |
2.ª |
7 |
10.000 |
3.ª |
290 |
1.000 |
4.ª |
7.150 |
100 |
5.ª |
32.000 |
50 |
6.ª |
110.000 |
20 |
7.ª |
220.000 |
10 |
8.ª |
570.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de dos zonas de juego, la primera denominada «números ganadores» y la segunda «tus números», esta última formada por diez jugadas independientes.
a) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Una de ellas con el nombre «Bonus». Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras.
b) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras, y debajo del mismo un importe expresado en euros en cifras.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con el número «Bonus» de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el doble del importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Si al desvelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores» distinto del número «Bonus», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
c) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 600.150.
Importe de premios por serie: 3.720.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 62,0 %.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
150.000 |
2.ª |
2 |
10.000 |
3.ª |
6 |
1.000 |
4.ª |
10 |
500 |
5.ª |
20 |
200 |
6.ª |
80 |
150 |
7.ª |
80 |
120 |
8.ª |
90 |
100 |
9.ª |
900 |
60 |
10.ª |
750 |
50 |
11.ª |
750 |
45 |
12.ª |
750 |
40 |
13.ª |
4.000 |
30 |
14.ª |
4.500 |
25 |
15.ª |
2.000 |
21 |
16.ª |
9.140 |
20 |
17.ª |
11.550 |
15 |
18.ª |
2.500 |
13 |
19.ª |
2.500 |
11 |
20.ª |
18.000 |
10 |
21.ª |
21.000 |
9 |
22.ª |
7.000 |
8 |
23.ª |
99.000 |
6 |
24.ª |
121.520 |
5 |
25.ª |
294.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) El boleto de este producto consta de un área de juego con 7 jugadas, cada una de ellas con cuatro figuras.
b) Una vez desvelada cada jugada, en las tres primeras figuras aparece un número o un símbolo especial y en la cuarta figura aparece el posible premio de la jugada.
c) Si en una jugada aparece un siete la jugada está premiada.
d) Si en una jugada aparecen dos o tres sietes, la jugada está premiada con el doble o con el triple del premio, respectivamente.
e) Si en alguna jugada aparece el símbolo especial, todas las jugadas están premiadas.
f) Un boleto puede tener varias jugadas premiadas, siendo el premio la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de octubre de 2015.
Fecha de publicación en BOE: 19 de septiembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.253.373.
Importe de premios por serie: 13.000.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
300.000 |
2.ª |
3 |
5.000 |
3.ª |
5 |
1.250 |
4.ª |
10 |
1.000 |
5.ª |
150 |
250 |
6.ª |
500 |
150 |
7.ª |
1.800 |
100 |
8.ª |
8.500 |
70 |
9.ª |
19.000 |
50 |
10.ª |
30.000 |
25 |
11.ª |
63.000 |
20 |
12.ª |
43.444 |
15 |
13.ª |
486.959 |
10 |
14.ª |
600.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con dos zonas de juego y un dado:
– Una de las zonas se denomina «zona de premios» y está formada por varias filas, cada una de un color, con la tabla de premios y los posibles premios inmediatos.
– La otra zona se denomina «Zona de color» y cuenta con 60 casillas dispuestas en forma de cuadrícula 6 X 10. Las casillas pueden tener varios colores o símbolos especiales.
b) El jugador debe accionar el dado ocho veces.
c) Cada vez que se acciona el dado aparece un color en el mismo, y las casillas de la fila o filas inferiores de la «zona de color» que forman un bloque de casillas iguales del mismo color que el obtenido por el dado, pasan a la fila de la «zona de premios» de dicho color.
A estos efectos un bloque de casillas del color x está formado por una o más casillas de dicho color x que cumplan alguna de las siguientes condiciones:
– La casilla del color x está en la fila inferior.
– La casilla del color x está justamente encima, a la izquierda o a la derecha de alguna casilla de dicho color x, que forme parte del bloque.
– Los huecos dejados se cubren por las casillas superiores.
d) Si alguna de las casillas que forman un bloque contiene un importe, se obtiene un premio por dicho importe de forma inmediata, y si contiene una tirada adicional da derecho a tirar el dado de nuevo.
e) Si una vez completadas las ocho o más tiradas, en la zona de premios se ha completado alguna fila y color, se gana el premio correspondiente a dicha fila y color.
f) Un boleto puede tener más de un premio, siendo acumulables los premios correspondientes.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 30.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.848.766.
Importe de premios por serie: 20.700.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
500.000 |
2.ª |
15 |
10.000 |
3.ª |
750 |
1.000 |
4.ª |
1.500 |
500 |
5.ª |
16.500 |
100 |
6.ª |
50.000 |
50 |
7.ª |
200.000 |
20 |
8.ª |
500.000 |
10 |
9.ª |
1.080.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, formada por dos zonas denominadas «tus números» y «números ganadores».
a) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al rascar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe expresado en euros, en cifras y letras. También puede aparecer en alguna jugada el símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Si al rascar la zona de juego «tus números», en alguna de las jugadas aparece el símbolo especial, esa jugada está premiada con el doble del importe expresado en euros que aparece indicado en dicha jugada.
c) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 572.155.
Importe de premios por serie: 2.400.000 de euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
3 |
10.000 |
3.ª |
10 |
500 |
4.ª |
15 |
200 |
5.ª |
500 |
100 |
6.ª |
1.250 |
50 |
7.ª |
1.500 |
40 |
8.ª |
2.000 |
25 |
9.ª |
3.500 |
20 |
10.ª |
5.000 |
15 |
11.ª |
6.000 |
10 |
12.ª |
8.000 |
9 |
13.ª |
15.000 |
7 |
14.ª |
60.000 |
5 |
15.ª |
159.375 |
4 |
16.ª |
310.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, que está formada por nueve símbolos y un bonus.
a) Al desvelar cada uno de los símbolos aparece un importe expresado en euros.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al desvelar los nueve símbolos hay 3 importes iguales, se obtiene como premio dicho importe.
b) Un boleto sólo puede tener un conjunto de 3 importes iguales.
c) Si al desvelar el bonus aparece el símbolo especial se obtiene un premio de 5 euros.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 589.485.
Importe de premios por serie: 2.400.000 de euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 60,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
3 |
5.000 |
3.ª |
10 |
1.000 |
4.ª |
20 |
500 |
5.ª |
300 |
100 |
6.ª |
450 |
80 |
7. |
800 |
60 |
8.ª |
1.800 |
50 |
9.ª |
1.900 |
30 |
10.ª |
2.400 |
25 |
11.ª |
2.800 |
20 |
12.ª |
7.800 |
15 |
13.ª |
3.000 |
12 |
14.ª |
8.000 |
10 |
15.ª |
8.000 |
7 |
16.ª |
18.200 |
5 |
17.ª |
96.000 |
4 |
18.ª |
148.000 |
3 |
19.ª |
290.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Cada boleto cuenta con tres áreas de juego.
a) Cada una de las áreas de juego cuenta con una mecánica diferente y con varias jugadas.
2.2 Funcionamiento:
a) En base a la mecánica descrita en cada área de juego y una vez desvelada, cada una de las jugadas del área puede estar premiada.
b) El premio del boleto será la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 30.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.848.766.
Importe de premios por serie: 20.700.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
500.000 |
2.ª |
15 |
10.000 |
3.ª |
750 |
1.000 |
4.ª |
1.500 |
500 |
5.ª |
16.500 |
100 |
6ª |
50.000 |
50 |
7.ª |
200.000 |
20 |
8.ª |
500.000 |
10 |
9.ª |
1.080.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego, formada por dos zonas denominadas «tus números» y «números ganadores».
a) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al desvelar la zona en cada figura aparece un número.
b) La zona de juego «tus números» contiene diez juzgadas cada una con una figura. Al desvelar la zona, en cada jugada aparece un número, y debajo del mismo, un importe en euros, que representa el posible premio de la jugada. También puede aparecer en una jugada el símbolo especial.
2.2 Funcionamiento:
a) Si en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Si al desvelar la zona de juego «tus números», en alguna de las jugadas aparece el símbolo especial, esa jugada está premiada con el doble del importe expresado en euros que aparece indicado en dicha jugada.
c) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.166.255.
Importe de premios por serie: 13.000.000 de euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
250.000 |
2.ª |
3 |
5.000 |
3.ª |
10 |
2.000 |
4.ª |
40 |
500 |
5.ª |
900 |
200 |
6.ª |
1.900 |
120 |
7.ª |
1.900 |
100 |
8.ª |
1.900 |
90 |
9.ª |
1.900 |
80 |
10.ª |
3.800 |
70 |
11.ª |
9.000 |
60 |
12.ª |
21.000 |
50 |
13.ª |
35.000 |
25 |
14.ª |
123.500 |
20 |
15.ª |
299.200 |
10 |
16.ª |
666.200 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con cuatro zonas de juego, representadas gráficamente como cuadrículas de cinco filas y cinco columnas cada una, con 24 números y una figura en la posición central de la cuadrícula.
a) Igualmente se representa un bombo y 6 patrones de coincidencia.
b) Cada patrón cuenta con un premio determinado, y está formado por un cuadro de 25 casillas (5X5) con un dibujo sombreado en él, siendo el más básico una línea en cualquiera de los sentidos.
2.2 Funcionamiento:
a) Al iniciar la jugada se extraen automáticamente 45 bolas del bombo con numeración del 1 al 75, iluminándose en las 4 cuadrículas de la zona de juego las posiciones que contengan alguno de los números extraídos.
b) Al concluir la extracción de las bolas, si en alguna de las cuatro cuadrículas de la zona de juego se ha formado alguna figura similar a la de cualquiera de los patrones de coincidencia, se ganará el premio correspondiente a ese patrón. A estos efectos, la figura central se considera siempre como acierto, haciendo las veces de comodín.
c) En una misma cuadrícula sólo puede haber un premio. En caso de que en una cuadrícula se formen varios patrones ganadores, se obtendrá el premio del patrón con mayor premio.
d) Un boleto puede tener más de una cuadrícula premiada, siendo el premio total la suma de los premios de dichas cuadrículas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 27 de enero de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 4 de diciembre de 2015.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.259.712.
Importe de premios por serie: 13.000.000 de euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
500.000 |
2.ª |
10 |
10.000 |
3.ª |
200 |
1.000 |
4.ª |
2.500 |
100 |
5.ª |
27.000 |
50 |
6.ª |
60.000 |
25 |
7.ª |
100.000 |
15 |
8.ª |
350.000 |
10 |
9.ª |
720.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos zonas de juego y un dado:
a) Una de las zonas está formada por varias filas, cada una de un color, con un premio asignado.
b) La otra zona cuenta con 84 bolas de diferentes colores dentro de un círculo dividido en seis sectores de 14 bolas cada uno. El sector superior se denomina «área de recarga» y el sector inferior «área de recogida».
c) Igualmente existen cuatro espacios para los Bonus.
2.2 Funcionamiento:
a) El jugador debe accionar el dado cinco veces.
b) Cada vez que se acciona el dado, se desplazan los sectores del círculo en el sentido de las agujas del reloj, tantas veces como el número que represente el dado. Cuando el círculo se detiene, se vacían todas las bolas del sector del «área de recogida», colocándose dichas bolas en la zona de premios, cada una en la fila correspondiente a su color.
c) Si al desplazarse el círculo, queda situado en el «área de recarga» un sector sin bolas en su interior, el sistema recargará ese sector con 14 bolas nuevas.
d) Si al desplazarse el círculo, queda situado en el «área de recogida» un sector sin bolas en su interior, se obtiene un «Bonus». Al obtener 3 Bonus se consigue un premio de 5 €. Si se obtienen cuatro Bonus se ganan 25 €. Los premios de 5 € y 25 € no son acumulables.
e) Si una vez completadas las cinco tiradas, en la zona de premios se ha completado alguna fila, se gana el premio correspondiente a dicha fila.
f) Un boleto puede tener más de una fila premiada, siendo el premio la suma de todas las filas premiadas, más el posible premio conseguido por los Bonus.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 10 de mayo de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 7 de marzo de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 500.241.
Importe de premios por serie: 2.560.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
60.000 |
2.ª |
40 |
1.000 |
3.ª |
1.020 |
100 |
4.ª |
3.680 |
50 |
5.ª |
19.500 |
20 |
6.ª |
44.000 |
10 |
7.ª |
160.000 |
5 |
8.ª |
272.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con tres áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) El «área de juego 1» contiene tres jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada una de las jugadas consta de dos iconos dispuestos horizontalmente y a su derecha un elemento denominado «premio».
b) Al rascar el «área de juego 1», debajo de cada uno de los iconos aparece un símbolo y su expresión en letras. Debajo del elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
c) Si al rascar el «área de juego 1», en alguna de las jugadas, aparecen dos símbolos iguales, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
d) El «área de juego 1» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) El «área de juego 2» contiene seis figuras.
b) Al rascar el «área de juego 2» aparece bajo cada una de las figuras una cantidad en euros, expresada en cifras y letras.
c) Si al rascar el «área de juego 2», tres de las cantidades son iguales, el boleto está premiado y se gana dicha cantidad expresada en euros.
d) Si entre las seis cantidades no aparecen tres iguales, el «área de juego 2» no estará premiada y no se ganará cantidad alguna.
e) El «área de juego 2» sólo podrá contener una jugada premiada.
2.4 Mecánica del área de juego «bonus»:
a) El área de juego «bonus» contiene una figura.
b) Al rascar el área de juego «bonus», debajo de la figura aparece un símbolo y una cantidad en euros, expresada en cifras y letras.
c) Si al rascar el área de juego «bonus», el símbolo que aparece coincide con el símbolo ganador que aparece junto al área de juego, el boleto está premiado y se gana la cantidad expresada en euros en dicha área de juego.
2.5 Aspectos comunes:
Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 10 de mayo de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 7 de marzo de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 535.145.
Importe de premios por serie: 2.560.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
60.000 |
2.ª |
3 |
10.000 |
3.ª |
40 |
500 |
4.ª |
100 |
125 |
5.ª |
300 |
100 |
6.ª |
700 |
75 |
7.ª |
1.500 |
50 |
8.ª |
5.000 |
25 |
9.ª |
5.000 |
20 |
10.ª |
52.500 |
10 |
11.ª |
30.000 |
6 |
12.ª |
40.000 |
5 |
13.ª |
145.000 |
4 |
14.ª |
255.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego y dos dados:
a) El «área de juego 1» presenta una vista completa del tablero del juego Monopoly, en adelante «tablero», en el que se pueden distinguir las distintas casillas que lo componen a través de las cuales se desplazará la ficha del jugador. En el centro del «tablero» están posicionadas las cartas de «Caja de Comunidad» y las de «Suerte».
b) El «área de juego 2» se denomina área de premios con varias zonas de premios. Cada una de las zonas de premios tiene un premio y está asociada a unas determinadas casillas que deben completarse para obtener dicho premio.
c) En la parte inferior derecha del boleto, se muestran dos dados que se accionarán por el jugador para mover la ficha.
2.2 Funcionamiento:
a) Para jugar el jugador debe accionar los dados, contando con seis tiradas.
b) Con el número resultante de cada una de las tiradas la ficha avanzará por el tablero, en el sentido de las agujas del reloj, tantas veces como señale la tirada, pudiéndose dar los siguientes casos:
– Si la ficha cae en una casilla del tablero correspondiente a una propiedad, se completan todas las casillas de las zonas de premios que tienen el mismo color que dicha propiedad.
– Si la ficha cae en el servicio de agua o luz, se completa la casilla de la zona de premios que tiene dicho servicio.
– Si la ficha cae en una estación de tren, se completa una casilla de tren de la zona de premios.
– Si la ficha cae en una de las esquinas del tablero se acciona un juego de cartas o de dados, con la posibilidad de obtener un premio instantáneo, una tirada extra, avanzar a otra casilla o de no obtener nada.
– Si la ficha cae en una casilla de impuestos se gana el premio instantáneo asociado a dicho impuesto.
– Si la ficha cae en las casillas «Caja de Comunidad» (representada por un cofre) o «Suerte» (representada por un signo de interrogación) se desvela una carta de «Caja de Comunidad» o de «Suerte», según proceda, y en el resultado de la carta existe la posibilidad de obtener un premio instantáneo, una tirada extra o de avanzar a otra casilla.
c) Si una vez completadas las seis o más tiradas, en alguna zona de premios se han completado todas las casillas asociadas a alguno de los premios, se gana dicho premio.
d) Un boleto puede tener más de un premio, siendo el premio del boleto la suma de los premios de las zonas premiadas más los premios instantáneos obtenidos.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 1 de septiembre de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 1 de julio de 2016.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 464.192.
Importe de premios por serie: 1.170.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 58,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
8.000 |
2.ª |
190 |
100 |
3.ª |
2.000 |
35 |
4.ª |
8.000 |
20 |
5.ª |
17.000 |
10 |
6.ª |
43.000 |
5 |
7.ª |
126.000 |
2 |
8.ª |
268.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con un área de juego, que comprende cuatro jugadas independientes dispuestas verticalmente. Cada jugada consta de dos figuras dispuestas horizontalmente y a su derecha un elemento denominado «premio».
a) Una vez rascada el área de juego, debajo de cada figura aparece un símbolo y su expresión en letras.
b) Una vez rascado el elemento premio, aparece una cantidad expresada en euros en cifras y letras.
2.2 Funcionamiento:
a) Si al rascar el área de juego, en alguna jugada aparecen dos símbolos iguales, uno debajo de cada figura, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
b) Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 14 de junio de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 31 de mayo de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 0,50 euros.
Boletos por serie: 10.000.000.
Valor facial de la serie: 5.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 2.774.820.
Importe de premios por serie: 2.750.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 55,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
20 |
3.000,00 |
2.ª |
800 |
100,00 |
3.ª |
10.000 |
10,00 |
4.ª |
44.000 |
5,00 |
5.ª |
220.000 |
2,00 |
6.ª |
200.000 |
1,50 |
7.ª |
800.000 |
1,00 |
8.ª |
1.500.000 |
0,50 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) El boleto de este producto consta de dos áreas de juego denominadas «tus números» y «premio».
b) El área «tus números» consta de cinco figuras, y el área «premio» de una figura.
c) Al rascar el área de juego «tus números», debajo de cada una de las figuras aparece un número y su expresión en letras. También puede aparecer debajo de alguna de las figuras un símbolo especial.
d) Al rascar el área de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
e) Si al rascar el área de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el número siete, el boleto está premiado y se gana el premio expresado en el área de juego «premio».
f) Si al rascar el área de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el símbolo especial, el boleto está premiado con 1,50 euros, con independencia del importe que aparezca en el área «premio».
g) Cada boleto sólo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 19 de agosto de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 1 de julio de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 0,50 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 1.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 601.123.
Importe de premios por serie: 575.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 57,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
3 |
3.000,00 |
2.ª |
45 |
100,00 |
3.ª |
1.600 |
10,00 |
4.ª |
8.800 |
5,00 |
5.ª |
49.975 |
2,00 |
6.ª |
41.700 |
1,50 |
7.ª |
179.000 |
1,00 |
8.ª |
320.000 |
0,50 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego denominadas «tus números» y «premio»:
a) Si al desvelar el área de juego «tus números» aparece el número siete, el boleto está premiado y se gana el importe del premio expresado en el área «premio».
b) Si al desvelar el área de juego «tus números» aparece una figura determinada, el boleto está premiado y se gana el importe del premio de sexta categoría, 1,5 euros, con independencia del importe que aparezca en el área «premio».
2.2 Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 19 de agosto de 2016.
Fecha de publicación en BOE: 1 de julio de 2016.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 454.367.
Importe de premios por serie: 1.180.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 59,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
7.500 |
2.ª |
20 |
750 |
3.ª |
320 |
75 |
4.ª |
2.025 |
40 |
5.ª |
8.000 |
20 |
6.ª |
17.000 |
10 |
7.ª |
42.000 |
5 |
8.ª |
120.000 |
2 |
9.ª |
265.000 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego dividida en tres zonas: «banca», «tus cartas» y «descubre tu premio»:
a) Si al desvelar el área de juego, la suma de las cartas del área «tus cartas» es mayor que la suma de las cartas del área «banca», sin superar siete y media, se gana el premio expresado en el área «descubre tu premio».
2.2 Cada boleto de este producto sólo puede tener un premio.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 14 de junio de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 31 de mayo de 2017.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 490.541.
Importe de premios por serie: 2.520.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
50.000 |
2.ª |
40 |
1.000 |
3.ª |
1.020 |
100 |
4.ª |
3.680 |
50 |
5.ª |
4.800 |
25 |
6.ª |
13.000 |
20 |
7.ª |
12.000 |
15 |
8.ª |
24.000 |
10 |
9.ª |
160.000 |
5 |
10.ª |
272.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) El «área de juego 1» contiene dos zonas de juego denominadas «tus números» y «premio».
b) La zona «tus números» consta de tres figuras, y la zona «premio» de una figura.
c) Al rascar la zona de juego «tus números», debajo de cada una de las figuras aparece un número y su expresión en letras.
d) Al rascar la zona de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
e) Si al rascar la zona de juego «tus números», bajo alguna de las figuras aparece el número siete, el área de juego está premiada y se gana el premio expresado en la zona de juego «premio».
f) El «área de juego 1» sólo puede tener un premio.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) El «área de juego 2» contiene tres jugadas independientes dispuestas horizontalmente. Cada una de las jugadas consta de dos iconos dispuestos horizontalmente y debajo un elemento denominado «premio».
b) Al rascar el «área de juego 2», debajo de cada uno de los iconos aparece un número y su expresión en letras. Debajo del elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros, en cifras y letras.
c) Si al rascar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas, la suma de los dos números que aparecen debajo de los iconos es igual a siete, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
d) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.4 Aspectos comunes: Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 14 de junio de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 31 de mayo de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 2 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 4.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 489.822.
Importe de premios por serie: 2.520.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 63,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
50.000 |
2.ª |
40 |
1.000 |
3.ª |
720 |
100 |
4.ª |
3.300 |
50 |
5.ª |
4.760 |
25 |
6.ª |
13.000 |
20 |
7.ª |
12.000 |
15 |
8.ª |
24.000 |
10 |
9.ª |
160.000 |
5 |
10.ª |
272.000 |
2 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego.
2.2 Mecánica del «área de juego 1»:
a) El «área de juego 1» contiene dos zonas de juego denominadas «tus números» y «premio».
b) La zona de juego «tus números» consta de tres figuras, y la zona de juego «premio» de una figura.
c) Al desvelar la zona de juego «tus números», en cada una de las figuras aparece un número.
d) Al desvelar la zona de juego «premio» aparece un importe, expresado en euros.
e) Si al desvelar la zona de juego «tus números», en alguna de las figuras aparece el número siete, el área de juego está premiada y se gana el premio expresado en la zona de juego «premio».
f) El «área de juego 1» sólo puede tener un premio.
2.3 Mecánica del «área de juego 2»:
a) El «área de juego 2» contiene tres jugadas independientes dispuestas horizontalmente. Cada una de las jugadas consta de dos iconos dispuestos horizontalmente y debajo un elemento denominado «premio».
b) Al desvelar el «área de juego 2», en cada uno de los iconos aparece un número. En el elemento «Premio» aparece un importe, expresado en euros.
c) Si al desvelar el «área de juego 2», en alguna de las jugadas, la suma de los dos números que aparecen en los iconos es igual a siete, la jugada está premiada y se gana el premio expresado en dicha jugada.
d) El «área de juego 2» podrá contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total de esta área la suma de los premios de cada una de las jugadas premiadas.
2.4 Aspectos comunes. Un mismo boleto podrá contener una o varias áreas de juego premiadas, siendo el premio total del boleto la suma de los premios de cada una de las áreas de juego.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 14 de junio de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 31 de mayo de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 555.135.
Importe de premios por serie: 3.840.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 64,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
150.000 |
2.ª |
3 |
1.000 |
3.ª |
30 |
150 |
4.ª |
700 |
100 |
5.ª |
900 |
75 |
6.ª |
1.000 |
50 |
7.ª |
5.000 |
30 |
8.ª |
7.500 |
20 |
9.ª |
25.000 |
16 |
10.ª |
10.000 |
13 |
11.ª |
40.000 |
10 |
12.ª |
40.000 |
9 |
13.ª |
160.000 |
6 |
14.ª |
265.000 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 El boleto de este producto cuenta con dos áreas de juego y dos dados uno blanco y otro negro:
a) El área situada a la derecha del boleto es el área de premios y está formada por varias zonas de premio dispuestas en filas. Cada una de las zonas de premio está asociada a un color determinado con unas casillas que deben completarse para obtener el premio. En esta área también se encuentran dos círculos, cada uno de los cuales se encuentra asociado a un posible premio instantáneo y una zona de premios acumulados.
b) El área situada en la parte central del boleto cuenta con 36 casillas dispuestas en forma de cuadricula de 6 X 6. Las casillas pueden tener diferentes colores y símbolos. El color de fondo de cada casilla puede coincidir con el color del símbolo o ser amarillo.
2.2 Funcionamiento:
a) Para jugar, el jugador debe accionar los dados cinco veces, indicando el dado blanco el valor de la fila y el dado negro el de la columna. Cada vez que se accionan los dados, aparece un valor en cada dado, determinando la intersección de los valores de fila y columna, una casilla.
b) Dicha casilla, junto con las adyacentes del mismo símbolo forman un «bloque de casillas iguales» que por su color van completando las casillas correspondientes del área de premios. A estos efectos un «bloque de casillas iguales», está formado por las casillas adyacentes del mismo símbolo que se encuentren arriba, abajo o en los laterales de la casilla determinada por la combinación numérica indicada por los dados, además de las contiguas a cualquiera de ellas que tengan también el mismo símbolo.
c) Tras cada tirada de dados, los huecos dejados se cubren por las casillas superiores y en las superiores que quedan vacías aparecen nuevos símbolos.
d) Si alguna de las casillas del «bloque de casillas iguales» tiene el fondo amarillo, dicha casilla completa dos casillas del área de premios: una casilla de la zona de premios acumulados asociada al color amarillo y una casilla del color de su símbolo.
e) Si una vez completadas las cinco tiradas, se completan tres casillas de la zona de premios acumulados se consigue un premio de 3 €, si fueran cuatro, un premio de 20 € y si fueran cinco, un premio de 75 €, no siendo acumulativos entre sí estos premios.
f) Si la casilla de intersección coincide con un símbolo que representa una moneda, se obtiene un premio directo que se trasladará al círculo de premios instantáneos del área de premios.
g) Si una vez completadas las cinco tiradas, en el área de premios del boleto se han completado todas las casillas del mismo color de una zona de premios, se gana el premio correspondiente a dicha zona.
h) Un boleto puede tener más de un premio, siendo acumulables los premios correspondientes.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 4 de julio de 2017.
Fecha de publicación en BOE: 28 de junio de 2017.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.237.522.
Importe de premios por serie: 13.900.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5 %.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
500.000 |
2.ª |
20 |
10.000 |
3.ª |
250 |
1.000 |
4.ª |
750 |
500 |
5.ª |
12.500 |
100 |
6.ª |
33.000 |
50 |
7.ª |
26.000 |
25 |
8.ª |
60.000 |
20 |
9.ª |
360.000 |
10 |
10.ª |
745.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
a) Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas denominadas «números ganadores» y «tus números».
b) La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al revelar el área, bajo cada una de las figuras aparece un número.
c) La zona de juego «tus números» contiene diez figuras, una para cada jugada. Al revelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número y debajo del mismo un importe en euros que representa el posible premio de la jugada. También puede aparecer en una o más jugadas, en lugar del número, un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20.
d) Si al revelar las dos zonas de juego, en alguna jugada de la zona «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona «números ganadores», la jugada está premiada con el importe del premio que aparece en dicha jugada.
e) Si en alguna jugada aparece un símbolo multiplicador X2, X5, X10 ó X20, la jugada tiene como premio el importe que aparece en dicha jugada multiplicado por 2, 5, 10 ó 20, respectivamente.
f) Un mismo boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 20.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.335.464.
Importe de premios por serie: 13.900.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
500.000 |
2.ª |
2 |
10.000 |
3.ª |
20 |
1.000 |
4.ª |
40 |
500 |
5.ª |
5.400 |
100 |
6.ª |
40.000 |
50 |
7.ª |
140.000 |
20 |
8.ª |
350.000 |
10 |
9.ª |
800.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego, la primera formada por las zonas de juego «números ganadores» y «tus números», y la segunda área denominada «Bonus 20 €»:
a) Área de juego 1:
– La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al desvelar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras.
– La zona de juego «tus números» contiene diez figuras cada una con una jugada. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras, que representa el premio de la jugada. También puede aparecer en una jugada el símbolo especial.
b) Área de juego «Bonus 20 €». Al desvelar el área aparecen dos números.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
– Si al desvelar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
– Si al desvelar la zona de juego «tus números», en alguna de las jugadas aparece el símbolo especial, la jugada tiene como premio el doble del importe que aparece en dicha jugada.
b) Mecánica del área de juego «Bonus 20 €». Si al desvelar el área de juego aparecen dos números iguales, el área tiene como premio 20 euros.
c) Aspectos comunes:
– Un mismo boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Electrónico.
Precio por boleto: 10 euros.
Boletos por serie: 4.000.000.
Valor facial de la serie: 40.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.541.425.
Importe de premios por serie: 29.600.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 74,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
1.000.000 |
2.ª |
3 |
10.000 |
3.ª |
10 |
1.000 |
4.ª |
52 |
500 |
5.ª |
2.854 |
250 |
6.ª |
29.998 |
100 |
7.ª |
117.987 |
50 |
8.ª |
401.616 |
20 |
9.ª |
988.903 |
10 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con cuatro áreas de juego, la primera área está formada por dos zonas de juego denominadas «números ganadores» y «tus números». La segunda, tercera y cuarta áreas se denominan «Bonus 50 €», «Bonus 100 €» y «Bonus 250 €», respectivamente
a) Área de juego 1:
– La zona de juego «números ganadores» contiene seis figuras. Al desvelar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras.
– La zona de juego «tus números» contiene doce figuras cada una con una jugada. Al desvelar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras, que representa el premio de la jugada. También puede aparecer en una jugada un símbolo especial.
b) Área de juego «Bonus 50 €». Al desvelar el área aparecen dos números.
c) Área de juego «Bonus 100 €». Al desvelar el área aparecen dos números.
d) Área de juego «Bonus 250 €». Al desvelar el área aparecen dos números.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
– Si al desvelar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
– Si al desvelar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» aparece el símbolo especial «Lingote», la jugada tiene como premio diez veces el importe que aparece en dicha jugada.
– Si al desvelar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» aparece el símbolo especial «BILLETES», la jugada tiene como premio 100 euros.
b) Mecánica del área de juego «Bonus 50 €». Si al desvelar el área de juego aparecen dos números iguales, el área tiene como premio 50 euros.
c) Mecánica del área de juego «Bonus 100 €». Si al desvelar el área de juego aparecen dos números iguales, el área tiene como premio 100 euros.
d) Mecánica del área de juego «Bonus 250 €». Si al desvelar el área de juego aparecen dos números iguales, el área tiene como premio 250 euros.
e) Aspectos comunes:
– Un mismo boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 1 euro.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 2.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 443.987.
Importe de premios por serie: 1.180.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 59,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
4 |
10.000 |
2.ª |
493 |
100 |
3.ª |
1.500 |
40 |
4.ª |
4.210 |
20 |
5.ª |
23.660 |
10 |
6.ª |
59.160 |
4 |
7.ª |
118.300 |
2 |
8.ª |
236.660 |
1 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con un área de juego formada por dos zonas de juego, la primera denominada «número ganador» y la segunda denominada «tus números»:
a) La zona de juego «número ganador» contiene una figura. Al rascar la figura aparece un número expresado en cifras y letras.
b) La zona de juego «tus números» contiene cuatro figuras cada una con una jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras y letras, que representa el premio de la jugada.
2.2 Funcionamiento:
a) Si en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con el número de la zona de juego «número ganador», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Un boleto puede contener una o varias jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 3 euros.
Boletos por serie: 2.000.000.
Valor facial de la serie: 6.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 555.709.
Importe de premios por serie: 3.930.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 65,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
100.000 |
2.ª |
10 |
1.000 |
3.ª |
69 |
500 |
4.ª |
800 |
100 |
5.ª |
12.548 |
40 |
6.ª |
36.010 |
20 |
7.ª |
77.610 |
10 |
8.ª |
160.650 |
5 |
9.ª |
268.010 |
3 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
1.1 El boleto de este producto consta de dos áreas de juego:
a) Área de juego 1, está formada por dos zonas de juego, una primera denominada «números ganadores» y una segunda denominada «tus números»:
– La zona de juego «números ganadores» contiene tres figuras. Al rascar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras y letras.
– La zona de juego «tus números» contiene ocho figuras cada una con una jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras y letras, que representa el premio de la jugada.
b) El área de juego 2 contiene seis figuras. Al rascar el área de juego bajo cada una de las figuras aparece una cantidad en euros, expresada en cifras y letras.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
– Si en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Mecánica del área de juego 2:
– Si al rascar el área de juego tres de las cantidades son iguales, se gana dicha cantidad expresada en euros.
– El área de juego 2 sólo puede tener un premio.
c) Aspectos comunes:
– Un boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 30.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 1.868.766.
Importe de premios por serie: 20.850.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
500.000 |
2.ª |
15 |
10.000 |
3.ª |
750 |
1.000 |
4.ª |
1.500 |
500 |
5.ª |
16.500 |
100 |
6.ª |
50.000 |
50 |
7.ª |
200.000 |
20 |
8.ª |
510.000 |
10 |
9.ª |
1.090.000 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con dos áreas de juego, la primera formada por las zonas de juego «números ganadores» y «tus números», y la segunda área denominada «Bonus 20 €»:
a) Área de juego 1:
– La zona de juego «números ganadores» contiene cinco figuras. Al rascar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras y letras.
– La zona de juego «tus números» contiene diez figuras cada una con una jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras y letras, que representa el premio de la jugada. También puede aparecer en una jugada el símbolo especial.
b) Área de juego «Bonus 20 €». Al rascar el área aparecen dos números.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
– Si al rascar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
– Si al rascar la zona de juego «tus números», en alguna de las jugadas aparece el símbolo especial, la jugada tiene como premio el doble del importe que aparece en dicha jugada.
b) Mecánica del área de juego «Bonus 20 €». Si al rascar el área de juego aparecen dos números iguales, el área tiene como premio 20 euros.
c) Aspectos comunes:
– Un mismo boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 5 euros.
Boletos por serie: 3.000.000.
Valor facial de la serie: 15.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 995.362.
Importe de premios por serie: 10.425.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 69,5%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
2 |
250.000 |
2.ª |
18 |
5.000 |
3.ª |
93 |
1.000 |
4.ª |
188 |
500 |
5.ª |
1.051 |
100 |
6.ª |
4.594 |
50 |
7.ª |
9.380 |
30 |
8.ª |
21.396 |
25 |
9.ª |
60.680 |
20 |
10.ª |
156.120 |
15 |
11.ª |
246.460 |
10 |
12.ª |
495.380 |
5 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con cuatro áreas de juego. La primera área está formada por dos zonas de juego denominadas «números ganadores» y «tus números». La segunda, tercera y cuarta áreas de juego se denominan «Bonus», «Bonus Extra» y «Super Bonus», respectivamente.
a) Área de juego 1:
− La zona de juego «números ganadores» contiene cuatro figuras. Al rascar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras y letras.
− La zona de juego «tus números» contiene doce figuras cada una con una jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras y letras, que representa el premio de la jugada.
b) Área de juego «Bonus». Al rascar el área aparece un número.
c) Área de juego «Bonus Extra». Al rascar el área aparece un número.
d) Área de juego «Super Bonus». Al rascar el área aparece un número.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
− Si al rascar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
b) Mecánica del área de juego «Bonus». Si al rascar el área de juego aparece el número diez, el área tiene como premio 10 euros.
c) Mecánica del área de juego «Bonus Extra». Si al rascar el área de juego aparece el número veinte, el área tiene como premio 20 euros.
d) Mecánica del área de juego «Super Bonus». Si al rascar el área de juego aparece el número cincuenta, el área tiene como premio 50 euros.
e) Aspectos comunes:
– Un mismo boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
1.º Aspectos generales.
Las características generales de los productos regulados en el presente Apéndice son las siguientes:
Vigencia del grupo de productos: 17 de enero de 2018.
Fecha publicación en BOE: –.
Soporte de comercialización: Físico.
Precio por boleto: 10 euros.
Boletos por serie: 6.000.000.
Valor facial de la serie: 60.000.000 de euros.
Número de boletos premiados por serie: 2.272.563.
Importe de premios por serie: 44.400.000 euros.
Porcentaje de premios sobre el valor de la serie: 74,0%.
La estructura de premios por categoría es la siguiente:
Categorías de premios |
Boletos premiados por cada serie |
Premio unitario por boleto (en euros) |
---|---|---|
1.ª |
1 |
1.000.000 |
2.ª |
15 |
10.000 |
3.ª |
51 |
1.000 |
4.ª |
202 |
500 |
5.ª |
4.994 |
250 |
6.ª |
50.000 |
100 |
7.ª |
204.150 |
50 |
8.ª |
651.050 |
20 |
9.ª |
1.362.100 |
10 |
2.º Mecánica de funcionamiento.
2.1 Los boletos de este producto cuentan con cuatro áreas de juego, la primera área está formada por dos zonas de juego denominadas «números ganadores» y «tus números». La segunda, tercera y cuarta áreas de juego se denominan «Bonus 50 €», «Bonus 100 €» y «Bonus 250 €», respectivamente.
a) Área de juego 1:
– La zona de juego «números ganadores» contiene seis figuras. Al rascar la zona debajo de cada figura aparece un número expresado en cifras y letras.
– La zona de juego «tus números» contiene doce figuras cada una con una jugada. Al rascar la zona, bajo cada una de las figuras aparece un número, expresado en cifras y letras, y debajo del mismo un importe en euros, expresado en cifras y letras, que representa el premio de la jugada. También pueden aparecer en una jugada un símbolo especial.
b) Área de juego «Bonus 50 €». Al rascar el área aparecen dos números.
c) Área de juego «Bonus 100 €». Al rascar el área aparecen dos números.
d) Área de juego «Bonus 250 €». Al rascar el área aparecen dos números.
2.2 Funcionamiento:
a) Mecánica del área de juego 1:
– Si al rascar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» el número coincide con uno de los números de la zona de juego «números ganadores», la jugada está premiada y se gana el importe expresado en euros en dicha jugada.
– Si al rascar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» aparece el símbolo especial «Lingote», la jugada tiene como premio diez veces el importe que aparece en dicha jugada.
– Si al rascar el área de juego en alguna jugada de la zona de juego «tus números» aparece el símbolo especial «Billetes», la jugada tiene como premio 100 euros.
b) Mecánica del área de juego «Bonus 50 €». Si al rascar el área de juego aparecen dos números iguales el área tiene como premio 50 euros.
c) Mecánica del área de juego «Bonus 100 €». Si al rascar el área de juego aparecen dos números iguales el área tiene como premio 100 euros.
d) Mecánica del área de juego «Bonus 250 €». Si al rascar el área de juego aparecen dos números iguales el área tiene como premio 250 euros.
e) Aspectos comunes:
– Un mismo boleto puede contener una o varias áreas y/o jugadas premiadas, siendo el premio total la suma de los premios de las áreas y/o jugadas premiadas.
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