En ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 14.g) de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes en su sesión de 26 de abril de 2023, aprobó definitivamente la modificación del artículo 63 de los Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, autorizando su inscripción en el Registro Estatal de Entidades Deportivas.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 45.4 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte y artículo 12.3 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre federaciones deportivas españolas, dispongo la publicación de la modificación de los Estatutos de la Federación Española de Deportes para Personas con Discapacidad Intelectual, contenida en el anexo a la presente Resolución.
Madrid, 18 de mayo de 2023.–El Presidente del Consejo Superior de Deportes, José Manuel Franco Pardo.
Artículo 63. La Gerencia tendrá la responsabilidad económico-administrativa. Se cuidará de que se lleven correctamente operaciones de cobros y pagos de la FEDDI. Llevará la contabilidad y ejercerá la inspección económica de todos los órganos de la FEDDI, firmará de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento del Código de Buen Gobierno federativo los documentos de movimiento de fondos, y formulará los balances periódicos para presentarlos a la Junta Directiva y el Presupuesto Anual cuyo proyecto redactará con la Vicepresidencia Económica.
La Gerencia será remunerada y tendrá la consideración de personal de alta dirección a los efectos del Estatuto de los Trabajadores.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid