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Documento DOUE-L-1994-81901

Reglamento (CE) nº 3083/94 de la Comisión, de 16 de diciembre de 1994, por el que se modifican los límites máximos indicativos establecidos con arreglo al mecanismo complementario de intercambio (MCI) en el Reglamento (CEE) nº 1112/93 para los intercambios comerciales con España y Portugal en el sector de la carne de vacuno.

Publicado en:
«DOCE» núm. 325, de 17 de diciembre de 1994, páginas 42 a 43 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81901

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista el Acta de adhesión de España y de Portugal y, en particular, su

artículo 83 por lo que se refiere a España y su artículo 251 por lo que se

refiere a Portugal,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 1112/93 de la Comisión (1), cuya

última modificación la constituye el Reglamento (CE) nº 2506/94 (2),

estableció para 1994 las disposiciones de aplicación del mecanismo

complementario de los intercambios en el sector de la carne de vacuno y, en

particular, los límites máximos indicativos para determinados grupos de

productos que España y Portugal podían importar de la Comunidad en su

composición de 31 de diciembre de 1985;

Considerando que, a la vista de la evolución de los mercados español y

portugués, es necesario aumentar de manera sensible esos límites máximos

para 1995 con objeto de favorecer la integración de ambos mercados en el

mercado comunitario;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan

al dictamen del Comité de gestión de la carne de vacuno,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Los Anexos del Reglamento (CEE) nº 1112/93 se sustituyen por el Anexo del

presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su

publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 16 de diciembre de 1994.

Por la Comisión

René STEICHEN

Miembro de la Comisión

(1) DO nº L 113 de 7. 5. 1993, p. 10.

(2) DO nº L 267 de 18. 10. 1994, p. 1.

ANEXO

«ANEXO I

----------------------------------------------------------------------------

Grupos |Código |Designación de la mercancía |Límite máximo indicativo

|NC | |para 1995

----------------------------------------------------------------------------

1 |0102 90 |Animales vivos de la especie |445 000 cabezas

| |bovina distintos de los |

| |reproductores de raza pura |

| |y de los animales para |

| |corridas (en número de |

| |cabezas) |

| | |enero-febrero: 70 000

| | |marzo-abril: 80 000

| | |mayo-junio: 80 000

| | |julio-agosto: 65 000

| | |septiembre-octubre: 75 000

| | |noviembre-diciembre: 75 000

| | |

----------------------------------------------------------------------------

ANEXO II

----------------------------------------------------------------------------

Grupos |Código NC |Designación de la |Límite máximo indicativo

| |mercancía |para 1995

----------------------------------------------------------------------------

1 |ex 0102 90 |Animales vivos de la |33 000 cabezas

| |especie bovina de las |

| |especies domésticas |

| |, distintos de los |

| |animales para corridas |

| |(en número de cabezas) |

| | |enero-febrero: 6 500

| | |marzo-abril: 6 500

| | |mayo-junio: 3 500

| | |julio-agosto: 3 500

| | |septiembre-octubre: 6 500

| | |noviembre-diciembre: 6 500

| | |

³[L76]

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 16/12/1994
  • Fecha de publicación: 17/12/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 20/12/1994
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE los Anexos del Reglamento 1112/93, de 6 de mayo (Ref. DOUE-L-1993-80649).
Materias
  • Carnes
  • España
  • Ganado vacuno
  • Mecanismo Complementario para Intercambios
  • Portugal

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