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Documento DOUE-L-2000-80428

Reglamento (CE) nº 501/2000 del Consejo, de 14 de febrero de 2000, relativo a la gestión del sistema de doble control sin límites cuantitativos con respecto a la exportación de determinados productos siderúrgicos incluidos en los Tratados CE y CECA desde Ucrania a la Comunidad Europea en el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001 (prórroga del sistema de doble control).

Publicado en:
«DOCE» núm. 62, de 9 de marzo de 2000, páginas 1 a 14 (14 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2000-80428

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 133,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) El Acuerdo de colaboración y cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros y Ucrania entró en vigor el 1 de marzo de 1998 (1).

(2) Mediante un Canje de Notas (2), las Partes decidieron prorrogar el sistema de doble control sin límites cuantitativos con respecto a la exportación de determinados productos siderúrgicos incluidos en los Tratados CE y CECA de Ucrania a la Comunidad Europea en el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001.

(3) Por consiguiente, es necesario prorrogar la legislación de aplicación comunitaria establecida por el Reglamento (CE) n° 1526/97 del Consejo, de 26 de junio de 1997, relativo a la gestión del sistema de doble control sin límites cuantitativos con respecto a las exportaciones de determinados productos siderúrgicos incluidos en los Tratados CE y CECA, de Ucrania a la Comunidad Europea (3).

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) n° 1526/97 seguirá aplicándose durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001, de conformidad con lo dispuesto en la Decisión n° 2000/202/CE del Consejo, relativa a la celebración de un Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y Ucrania por el que se prorroga el sistema de doble control sin límites cuantitativos con respecto a las exportaciones de determinados productos siderúrgicos incluidos en los Tratados CE y CECA de Ucrania a la Comunidad Europea en el período comprendido entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2001.

Artículo 2

El Reglamento (CE) n° 1526/97 se modificará como sigue:

a) en el apartado 1 del artículo 1 y en el artículo 2 la mención "31 de diciembre de 1999" se sustituirá por la mención "31 de diciembre de 2001";

b) el anexo se sustituirá por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2000.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 14 de febrero de 2000.

Por el Consejo

El Presidente

J. GAMA

__________________

(1) DO L 49 de 19.2.1998, p. 3.

(2) Véase la página 25 del presente Diario Oficial.

(3) DO L 210 de 4.8.1997, p. 1.

ANEXO

"ANEXO

APÉNDICE I

Lista de productos sujetos al sistema de doble control sin límites cuantitativos

UCRANIA

Flejes laminados en frío de anchura no superior a 500 mm

7211 23 99

7211 29 50

7211 29 90

7211 90 90

Chapa de acero eléctrico de grano no orientado

7211 23 91

7225 19 10

7225 19 90

7226 19 10

7226 19 30

7226 19 90

Chapa de acero eléctrico de grano orientado

7226 11 90

APÉNDICE II

IMAGEN OMITIDA

COMUNIDAD EUROPEA/DOCUMENTO DE VIGILANCIA

1 Original para el destinatario 1

2 Original para la autoridad competente 2

1. Destinatario (nombre, dirección completa, país número de IVA)

2. Número de expedición

3. Lugar y fecha previstos para la importación

4. Autoridad competente de expedición (nombre, dirección y teléfono)

5. Declarante/representante (si procede) (nombre y apellidos, dirección completa)

6. País de origen (y número de geonomenclatura)

7. País de procedencia (y número de geonomenclatura)

8. Último día de vigencia

9. Designación de las mercancías

10. Código NC de las mercancías y categoría

11. Cantidad expresada en kilogramos (peso neto) o en unidad suplementaria

12. Valor cif en frontera CE en euros

13. Menciones complementarias

14. Visado de la autoridad competente

Fecha: ......................

Firma ........................

Sello .........................

15. IMPUTACIONES

Indicar en la casilla 1 de la columna 17 la cantidad disponible y en la casilla 2 la cantidad indicada.

16. Cantidad neta (peso neto u otra unidad de medida con indicación de la unidad)

17. En cifras

18. En letras para la cantidad imputada

19. Documento aduanero (modelo y número) o número de extracto fecha de imputación

20. Nombre, Estado miembro, firma y sello de la autoridad que efectúe la imputación

Fijar aquí eventuales añadidos.

APÉNDICE III

IMAGEN OMITIDA

DOCUMENTO DE EXPORTACIÓN

(productos siderúrgicos CE y CECA)

1. Exportador (nombre, dirección completa, país)

2. Número

3. Año

4. Categoría de productos

5. Destinatario (nombre, dirección completa, país)

6. País de origen

7. País de destino

8. Lugar y fecha de embarque - Medio de transporte

9. Indicaciones complementarias

10. Designación de las mercancías - Fabricante

11. Código NC

12. Cantidad (1)

13. Valor fob (2)

14. DECLARACIÓN DE LA AUTORIDAD COMPETENTE

15. Autoridad competente (nombre, dirección completa, país)

Fecha: ....................

Firma .......................

Sello ......................

________________

(1) Peso neto en kilogramos y cantidad en la unidad prevista para la categoría en caso de que esta unidad no sea el peso neto.

(2) En la moneda del contrato de venta.

APÉNDICE IV - TILLÆG IV - ANLAGE IV - TEXTO EN GRIEGO - APPENDIX IV - APPENDICE IV - APPENDICE IV - AANHANGSEL IV - APÊNDICE IV - LISÄYS IV - TILLÄGG IV

LISTA DE LAS AUTORIDADES NACIONALES COMPETENTES

LISTE OVER KOMPETENTE NATIONALE MYNDIGHEDER

LISTE DER ZUSTÄNDIGEN BEHÖRDEN DER MITGLIEDSTAATEN

TEXTO EN GRIEGO

LIST OF THE COMPETENT NATIONAL AUTHORITIES

LISTE DES AUTORITÉS NATIONALES COMPÉTENTES

ELENCO DELLE COMPETENTI AUTORITÀ NAZIONALI

LIJST VAN BEVOEGDE NATIONALE INSTANTIES

LISTA DAS AUTORIDADES NACIONAIS COMPETENTES

LUETTELO TOIMIVALTAISISTA KANSALLISISTA VIRANOMAISISTA

LISTA ÖVER BEHÖRIGA NATIONELLA MYNDIGHETER

BELGIQUE/BELGIË

Ministère des affaires économiques

Administration des relations économiques

Service licences

Rue Général Leman, 60

B - 1040 Bruxelles

Fax: (32-2) 230 83 22

Ministerie van Economische Zaken

Bestuur van de Economische Betrekkingen

Dienst Vergunningen

Generaal Lemanstraat 60

B - 1040 Brussel

Fax: (32-2) 230 83 22

DANMARK

Erhvervsfremme Styrelsen

Søndergade 25

DK - 8600 Silkeborg

Fax: (45) 87 20 40 77

DEUTSCHLAND

Bundesamt für Wirtschaft, Dienst 01

Postfach 5171

D - 65762 Eschborn 1

Fax: (49-61) 96 40 42 12

TEXTO EN GRIEGO

Fax: (30-1) 328 60 29/328 60 59/328 60 39

ESPAÑA

Ministerio de Economía y Hacienda

Dirección General de Comercio Exterior

Paseo de la Castellana, 162

E - 28046 Madrid

Fax: (34) 915 63 18 23/913 49 38 31

FRANCE

Service des industries manufacturières

3-5, rue Barbet-de-Jouy

F - 75357 Paris 07 SP

Fax: (33) 143 19 43 69

IRELAND

Licensing Unit

Department of Enterprise, Trade and Employment

Kildare Street

Dublin 2

Ireland

Fax: (353-1) 631 28 26

ITALIA

Ministero del Commercio con l'Estero

Direzione generale per la politica commerciale e per la gestione del regime degli scambi

Viale America 341

I - 00144 Roma

Fax: (39-6) 59 93 22 35/59 93 26 36

LUXEMBOURG

Ministère des affaires étrangères

Office des licences

BP 113

L - 2011 Luxembourg

Téléfax: (352) 46 61 38

NEDERLAND

Centrale Dienst voor In- en Uitvoer

Postbus 30003 , Engelse Kamp 2

9700 RD Groningen

Nederland

Fax: (31-50) 526 06 98

ÖSTERREICH

Bundesministerium für wirtschaftliche Angelegenheiten

Außenwirtschaftsadministration

Landstrasser Hauptstraße 55-57

A - 1030 Wien

Fax: (43-1) 715 83 47

PORTUGAL

Ministério da Economia

Direcção-Geral das Relações Económicas Internacionais

Avenida da República, 79

P - 1000 Lisboa

Fax: (351-21) 793 22 10

SUOMI/FINLAND

Tullihallitus/Tullstyrelsen

PL/PB 512

FIN - 00101 Helsinki/Helsingfors

Telekopio/Fax: (358-9) 614 28 52

SVERIGE

Kommerskollegium

Box 6803

S - 11386 Stockholm

Fax: (46-8) 30 67 59

UNITED KINGDOM

Department of Trade and Industry

Import Licensing Branch

Queensway House - West Precinct

Billingham, Cleveland

United Kingdom TS23 2NF

Fax: (44) 1642 533 557"

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 14/02/2000
  • Fecha de publicación: 09/03/2000
  • Fecha de entrada en vigor: 09/03/2000
  • Aplicable desde el 1 de enero de 2000.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 1.1 y 2 y SUSTITUYE el anexo del Reglamento 1526/97, de 26 de junio (Ref. DOUE-L-1997-81615).
Materias
  • Formularios administrativos
  • Importaciones
  • Productos siderúrgicos
  • Ucrania

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