Está Vd. en

Documento DOUE-L-2002-81844

Reglamento (CE) nº 1877/2002 de la Comisión, de 21 de octubre de 2002, que modifica el Reglamento (CE) nº 1898/97 por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen establecido en los Reglamentos (CE) nº 1727/2000, (CE) nº 2290/2000, (CE) nº 2433/2000, (CE) nº 2434/2000, (CE) nº 2435/2000 y (CE) nº 2851/2000 del Consejo y se derogan los Reglamentos (CEE) nº 2698/93 y (CE) nº 1590/94.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 284, de 22 de octubre de 2002, páginas 9 a 10 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-2002-81844

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1408/2002 del Consejo, de 29 de julio de 2002, por el que se establecen concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas, y con carácter autónomo y transitorio, se ajustan determinadas concesiones agrícolas previstas en el Acuerdo europeo con Hungría (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n° 1898/97 de la Comisión (2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1006/2001 (3), establece las disposiciones de aplicación, en el sector de la carne de porcino, del régimen previsto en los Acuerdos europeos. Procede modificar dicho Reglamento en consonancia con lo dispuesto respecto de los productos de carne de porcino en el Reglamento (CE) n° 1408/2002, que ha sustituido al Reglamento (CE) n° 1727/2000 del Consejo (4) y ha añadido nuevos productos con respecto al Reglamento derogado.

(2) Es preciso que el presente Reglamento se aplique, en paralelo al Reglamento (CE) n° 1408/2002, a partir del 1 de julio de 2002.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la carne de porcino.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE) n° 1898/97 se modificará como sigue:

1) El título se sustituirá por el texto siguiente:

"Reglamento (CE) n° 1898/97 de la Comisión, de 29 de septiembre de 1997, por el que se establecen las disposiciones de aplicación en el sector de la carne de porcino del régimen establecido en el marco de los Acuerdos europeos con Bulgaria, la República Checa, Eslovaquia, Rumania, Polonia y Hungría".

2) El anexo I.A se sustituirá por el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de julio de 2002.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de octubre de 2002.

Por la Comisión

Franz Fischler

Miembro de la Comisión

_______

(1) DO L 205 de 2.8.2002, p. 9.

(2) DO L 267 de 30.9.1997, p. 58.

(3) DO L 140 de 24.5.2001, p. 13.

(4) DO L 198 de 4.8.2000, p. 6.

ANEXO

"ANEXO I

A. PRODUCTOS ORIGINARIOS DE HUNGRÍA

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 10

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/10/2002
  • Fecha de publicación: 22/10/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 22/10/2002
  • Aplicable desde el 1 de julio de 2002.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Reglamento 2040/2005, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-2005-82487).
  • Fecha de derogación: 01/07/2005
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el título y el anexo I.A del Reglamento 1898/97, de 29 de septiembre (Ref. DOUE-L-1997-81854).
Materias
  • Carnes
  • Ganado porcino
  • Hungría
  • Importaciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid