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Documento DOUE-L-2007-80545

Decisión de la Comisión, de 12 de abril de 2007, sobre un impreso relativo a las disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera [notificada con el número C(2007) 1470].

Publicado en:
«DOUE» núm. 99, de 14 de abril de 2007, páginas 14 a 15 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-80545

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 2006/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre las condiciones mínimas para la aplicación de los Reglamentos (CEE) no 3820/85 y (CEE) no 3821/85 del Consejo en lo que respecta a la legislación social relativa a las actividades de transporte por carretera y por la que se deroga la Directiva 88/599/CEE del Consejo (1), y, en particular, su artículo 11, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con la Directiva 2006/22/CE, la Comisión debe elaborar un impreso, en formato electrónico e imprimible, que se utilizará en caso de que el conductor haya estado de baja por enfermedad o de vacaciones, o en caso de que haya conducido otro vehículo excluido del ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) no 3821/85 y (CE) no 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) no 3820/85 del Consejo (2).

(2) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité establecido por el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (CEE) no 3821/85 del Consejo (3).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El impreso a que se refiere el artículo 11, apartado 3, de la Directiva 2006/22/CE deberá ajustarse al anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 12 de abril de 2007.

Por la Comisión

Jacques BARROT

Vicepresidente

______________

(1) DO L 102 de 11.4.2006, p. 35.

(2) DO L 102 de 11.4.2006, p. 1.

(3) DO L 370 de 31.12.1985, p. 8. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1791/2006 (DO L 363 de 20.12.2006, p. 1).

ANEXO

IMAGEN OMITIDA EN PÁGINA 15

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 12/04/2007
  • Fecha de publicación: 14/04/2007
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE SUSTITUYE el anexo, por Decisión 2009/959, de 14 de diciembre (Ref. DOUE-L-2009-82434).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 11.3 de la Directiva 2006/22, de 15 de marzo (Ref. DOUE-L-2006-80634).
Materias
  • Certificaciones
  • Conductores de vehículos de motor
  • Formularios administrativos
  • Transportes internacionales
  • Transportes por carretera

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