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Documento DOUE-L-2007-81305

Reglamento (CE) nº 880/2007 de la Comisión, de 25 de julio de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2133/2001 por el que se establecen la apertura y el modo de gestión de determinados contingentes arancelarios comunitarios y de límites arancelarios en el sector de los cereales, en lo que atañe a un contingente arancelario comunitario para determinadas preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales del código NC 230990.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOUE» núm. 194, de 26 de julio de 2007, páginas 3 a 4 (2 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2007-81305

TEXTO ORIGINAL

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 2007/444/CE del Consejo, de 22 de febrero de 2007, relativa a la celebración de un Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá relativo a la celebración de negociaciones al amparo del artículo XXIV, apartado 6, del GATT (1), y, en particular, su artículo 2,

Visto el Reglamento (CE) no 1784/2003 del Consejo, de 29 de septiembre de 2003, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (2), y, en particular, su artículo 12, apartado 1,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 733/2007 del Consejo, de 22 de febrero de 2007, relativo a la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá relativo a la celebración de negociaciones al amparo del artículo XXIV, apartado 6, del GATT, por el que se modifica y completa el anexo I del Reglamento (CEE) no 2658/87 relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (3), prevé, por año civil, un contingente arancelario para la importación con un derecho de aduana del 7 % ad valorem de determinadas preparaciones del tipo de las utilizadas para la alimentación de los animales del código NC 2309 90.

(2) El Reglamento (CEE) no 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo por el que se establece el código aduanero comunitario (4), recopila las normas de gestión de los contingentes arancelarios previstos para ser utilizados siguiendo el orden cronológico de las fechas de declaración en aduana y para el seguimiento de las importaciones que se benefician de un régimen preferente. En aras de una gestión armonizada de este nuevo contingente arancelario con contingentes similares, su gestión debe integrarse en el dispositivo en cuestión.

(3) El Reglamento (CE) no 2133/2001 de la Comisión (5) debe modificarse en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de los cereales.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

En el anexo II del Reglamento (CE) no 2133/2001 se añade la línea siguiente:

TABLA OMITIDA EN PÁGINA 3

______________

(1) DO L 169 de 29.06.2007, p. 53.

(2) DO L 270 de 21.10.2003, p. 78. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 735/2007 (DO L 169 de 29.6.2007, p. 6).

(3) DO L 169 de 29.06.2007, p. 1.

(4) DO L 253 de 11.10.1993, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 214/2007 (DO L 62 de 1.3.2007, p. 6.)

(5) DO L 287 de 31.10.2001, p. 12. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1996/2006 (DO L 398 de 30.12.2006, p. 1).

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 25 de julio de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 25/07/2007
  • Fecha de publicación: 26/07/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 29/07/2007
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Reglamento 2020/1987, de 14 de julio; (Ref. DOUE-L-2020-81834).
  • Fecha de derogación: 01/01/2021
Referencias anteriores
Materias
  • Alimentos para animales
  • Canadá
  • Cereales
  • Contingentes arancelarios
  • Importaciones

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