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Documento DOUE-L-2014-83018

Corrección de errores del Reglamento (UE) nº 59/2014 de la Comisión, de 23 de enero de 2014, que modifica el anexo II del Reglamento (CE) nº 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo en cuanto a la utilización de dióxido de azufre y sulfitos (E 220-228) en productos aromatizados a base de vino.

Publicado en:
«DOUE» núm. 290, de 4 de octubre de 2014, páginas 12 a 14 (3 págs.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2014-83018

TEXTO ORIGINAL

En la página 11, en el anexo que modifica la parte E del anexo II del Reglamento (CE) no 1333/2008, en los puntos 1, 2 y 3, relativos a las categorías de alimentos 14.2.7.1 «Vinos aromatizados», 14.2.7.2 «Bebidas a base de vino aromatizado» y 14.2.7.3 «Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas» respectivamente, en la nota número 3 (que aparece tres veces, una por cada categoría) correspondiente a los aditivos alimentarios E 220-228:

donde dice: «no se tiene en cuenta un contenido en SO2 inferior a 10 mg/kg o a 10 mg/l.»,

debe decir: «no se tiene en cuenta un contenido en SO2 inferior o igual a 10 mg/kg o a 10 mg/l.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 04/10/2014
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 59/2014, de 23 de enero (Ref. DOUE-L-2014-80093).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Comercialización
  • Productos alimenticios
  • Vinos

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