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Documento DOUE-L-2017-80432

Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) nº 665/2013 de la Comisión, de 3 de mayo de 2013, que complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al etiquetado energético de las aspiradoras.

Publicado en:
«DOUE» núm. 59, de 7 de marzo de 2017, páginas 40 a 40 (1 pág.)
Departamento:
Unión Europea
Referencia:
DOUE-L-2017-80432

TEXTO ORIGINAL

En la página 6, en el anexo II, punto 1.1:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.1 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.1 del presente anexo.».

En la página 8, en el anexo II, punto 1.2:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.2 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.2 del presente anexo.».

En la página 9, en el anexo II, punto 1.3:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.3 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.3 del presente anexo.».

En la página 10, en el anexo II, punto 2.1:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.1 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.1 del presente anexo.».

En la página 10, en el anexo II, punto 2.2:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.2 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.2 del presente anexo.».

En la página 11, en el anexo II, punto 2.3:

donde dice:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 4.3 del presente anexo.»,

debe decir:

«El diseño de las etiquetas se ajustará al punto 3.3 del presente anexo.».

En la página 14, en el anexo II, punto 3.2:

donde dice:

«El diseño de la etiqueta se ajustará al punto 4.1 del presente anexo, salvo el número 9, que se sustituirá con el siguiente:»,

debe decir:

«El diseño de la etiqueta se ajustará al punto 3.1 del presente anexo, salvo el número 9, que se sustituirá con el siguiente:».

En la página 15, en el anexo II, punto 3.3:

donde dice:

«El diseño de la etiqueta se ajustará al punto 4.1 del presente anexo, salvo el número 10, que se sustituirá con el siguiente:»,

debe decir:

«El diseño de la etiqueta se ajustará al punto 3.1 del presente anexo, salvo el número 10, que se sustituirá con el siguiente:».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/03/2017
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Reglamento 665/2013, de 3 de mayo (Ref. DOUE-L-2013-81449).
Materias
  • Consumidores y usuarios
  • Consumo de energía
  • Electrodomésticos
  • Etiquetas

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